Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (15/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 228220 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de agosto de 2002 Artículo 4º.- Sancionar a la servidora señorita Esmel- da Mena Alvarado, ex Jefa de la Unidad de Compras de la Oficina de Logística de la Dirección General de Adminis- tración, aplicándole un cese temporal de treinta y un (31) días, sin goce de remuneraciones, por haber incurrido en faltas tipificadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 5º.- Notifíquese la presente Resolución a los servidores antes mencionados, a través de la Oficina de Recursos Humanos y de ser necesario a través de la pu- blicación en el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 14554 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Proyecto "Prevención del Con- sumo de Drogas en la Formación Profe- sional" realizado con la Confederación Suiza DECRETO SUPREMO Nº 075-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Proyecto "Prevención del Consumo de Dro- gas en la Formación Profesional" entre el Gobierno de la República del Perú, ejecutado a través del Ministerio de Educación y CONTRADROGAS, y la Confederación Sui- za, ejecutado a través de la Agencia Suiza para el Desa- rrollo y la Cooperación (COSUDE); fue realizado mediante intercambio de Notas, Nota Nº 10CT/2002 de la Embajada de la Confederación Suiza en la República del Perú, de fecha 10 de abril de 2002 y Nota Re (OCI) Nº 6-27/22 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, de fecha 1 de julio de 2002; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar, ratificar o adherirse a éstos, sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase en vía de regularización el Pro- yecto "Prevención del Consumo de Drogas en la For- mación Profesional" entre el Gobierno de la República del Perú, ejecutado a través del Ministerio de Educación y CONTRADROGAS, y la Confederación Suiza, ejecutado a través de la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Coope- ración (COSUDE), realizado mediante intercambio de No- tas, Nota Nº 10CT/2002 de la Embajada de la Confedera- ción Suiza en la República del Perú, de fecha 10 de abril de 2002 y Nota Re (OCI) Nº 6-27/22 del Ministerio de Relacio- nes Exteriores de la República del Perú, de fecha 1 de julio de 2002. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de agosto del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones ExterioresNOTA RE (OCI) Nº 6-27/22 Honorable señor Benedict Gubler Encargado de Negocios a.i. Embajada de la Confederación Suiza Ciudad.- Lima, Señor Encargado de Negocios a.i.: Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Señoría para acu- sar recibo de su atenta Nota Nº 10 CT / 2002, de fecha 10 de abril del 2002, en la que tuvo a bien manifestar lo si- guiente: "Excelentísimo Señor Ministro: Con referencia al Acuerdo de Cooperación Técnica sus- crito entre nuestros Gobiernos el 9 de setiembre de 1964, tengo el honor de proponer a Vuestra Excelencia, en nom- bre del Gobierno de la Confederación Suiza, el siguiente Convenio Subsidiario para la ejecución del proyecto "Pre- vención del Consumo de Drogas en la Formación Pro- fesional" (en adelante Proyecto) , en los siguientes tér- minos: "Durante la reunión del Grupo Consultivo llevada a cabo el 10 y 11 de noviembre de 1998, el Gobierno de la Confederación Suiza se comprometió a apoyar los es- fuerzos de lucha contra el consumo de drogas realiza- dos por el Gobierno del Perú. Desde el año 1997, el Perú dispone de una Comisión Nacional de Lucha contra las Drogas (CONTRADROGAS), que está a cargo de la con- cretización de este apoyo. El aporte del Gobierno suizo será canalizado a la prevención y la rehabilitación de personas dependientes de drogas legales (principal- mente alcohol) así como ilegales a través de dos proyec- tos, siendo uno de ellos el proyecto "Prevención del Con- sumo de Drogas en la Formación Profesional", el cual consistirá en realizar actividades de prevención del con- sumo de drogas en los Centros Educativos Ocupacio- nales (CEOs) que vienen siendo apoyados por el Progra- ma de Capacitación Laboral (CAPLAB), ejecutado por la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (CO- SUDE), el Ministerio de Educación y el Ministerio de Tra- bajo y Promoción Social. 1. El respeto de los principios democráticos y de los derechos fundamentales del hombre, tales como han sido enunciados, entre otros, en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, inspira las políticas internas e inter- nacionales de las dos Partes y orientan la consecución de los objetivos del presente Convenio. 2. Para los fines del presente Convenio Subsidiario, el Gobierno de la Confederación Suiza estará representado por la Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (en adelante COSUDE) . El Gobierno de la República del Perú estará represen- tado por el Ministerio de Educación y por la Comisión Nacional de Lucha contra las Drogas (CON- TRADROGAS) . 3. Los objetivos del Proyecto, las metas y la programa- ción de actividades, así como los compromisos asumidos por las entidades participantes, están detallados en el Do- cumento de Proyecto "Prevención del Consumo de Drogas en la Formación Profesional" - Lima, Febrero 2002 , que forma parte integrante del presente Convenio Subsidiario. 4. Para el cumplimiento del presente Convenio Subsi- diario, las partes contratantes constituirán: Un Comité Directivo , que se reunirá obligatoriamente por lo menos dos veces al año, en forma ordinaria y en forma extraordinaria cuando lo solicite una de las partes contratantes y/o la Dirección del Proyecto. El Comité Di- rectivo será presidido rotativamente por COSUDE, el Mi- nisterio de Educación y CONTRADROGAS y estará con- formado por: