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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (15/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

Pág. 228221 NORMAS LEGALES Lima, jueves 15 de agosto de 2002 - El/la Viceministro(a) de Gestión Institucional del Mi- nisterio de Educación o su suplente, con voz y voto. - Un(a) representante de la Comisión Nacional de Lu- cha contra las Drogas (CONTRADROGAS), con voz y voto. - El/la Consejero(a) de la Agencia Suiza para el Desa- rrollo y la Cooperación (COSUDE) en el Perú o su suplen- te, con voz y voto. - El/la Director(a) Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica (DINESST), o su suplente, con voz pero sin voto. - Un(a) representante de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SECTI), de la Presi- dencia del Consejo de Ministros, con voz pero sin voto. - El/la Director(a) del Programa CAPLAB, con voz pero sin voto. - El/la Coordinar(a) del Proyecto, con voz pero sin voto, quien fungirá de Secretario(a). También podrán participar - a invitación del Comité Directivo otras entidades y/o personas, con voz pero sin voto. Todas las decisiones serán tomadas por consenso. El Comité Directivo tendrá como funciones: - Aprobar los Planes Operativos Anuales (POAs). - Aprobar los informes de avance operativos. - Asegurar la disponibilidad de recursos financieros de acuerdo a los requerimientos establecidos en los POAs. - Asegurar la adecuada canalización de los recursos financieros. - Convocar al Comité Consultivo según necesidad. - Asegurar la sostenibilidad del Proyecto. - Ratificar anualmente al/a la Coordinador(a) del Pro- yecto. La Dirección del Proyecto, que estará a cargo del/de la Director(a) del Programa CAPLAB, con sede en las ofici- nas del Programa, tendrá como funciones: - Supervisar la planificación, organización y ejecución de las principales acciones y programas dirigidos al cum- plimiento de los objetivos del Proyecto. - Supervisar la elaboración y presentación de los Pla- nes Operativos Anuales (POAs) al Comité Directivo. - Supervisar la elaboración y presentación de los infor- mes operativos y financieros al Comité Directivo. - Convocar y coordinar con el Comité Directivo así como con el Comité Consultivo. - Supervisar el desarrollo de relaciones inter-institu- cionales a nivel nacional e internacional. - Administración de los recursos financieros y de los bienes puestos a disposición por COSUDE. Un(a) Coordinador(a) que será el/la responsable directo(a) del Proyecto, con sede en la Dirección del Pro- grama de Capacitación Laboral (CAPLAB), actuará bajo la dirección del/de la Director(a) del Proyecto y tendrá como funciones: - Presentar los Planes Operativos Anuales (POAs) al Comité Directivo. - Presentar los informes operativos y financieros al Comité Directivo. - Desarrollar relaciones inter-institucionales a nivel na- cional e internacional. - Representar al Proyecto en las actividades en su área de competencia a nivel nacional e internacional. - Supervisar y monitorear el proyecto a tiempo comple- to. - Supervisar los procesos de evaluación y selección de profesionales a ser contratados. Un Comité Consultivo , que tendrá como función asesorar al Proyecto en caso sea solicitado por alguna de las instancias del mismo. Estará conformado por COSUDE, el Ministerio de Educación, CONTRADRO- GAS, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del De- sarrollo Humano (PROMUDEH), el Ministerio de Salud (MINSA) y ONGs involucradas con la problemática de drogas.El Comité Consultivo se reunirá también a convocato- ria del Comité Directivo o del/de la Director(a) del Proyec- to. 5. Mientras dure el presente Convenio, los recursos fi- nancieros puestos a disposición por COSUDE serán ad- ministrados por COSUDE según sus Normas de Manejo Financiero-Contable y Administrativo. La Dirección del Pro- yecto, se encargará de la recuperación del Impuesto Ge- neral a las Ventas (IGV), según lo prevé la legislación pe- ruana relativa a la devolución de impuestos pagados en las compras de bienes y servicios efectuadas con financia- ción de donaciones y cooperación técnica internacional no reembolsable. Para tal fin, el Proyecto se guiará por las Normas para recuperar el IGV elaboradas por COSUDE, que se ajustan a la legislación peruana. 6. Para el cumplimiento de los objetivos del Proyec- to, el Gobierno de la Confederación Suiza, de acuerdo a su Plan de Desembolsos, se compromete a otorgar como aporte no reembolsable la cantidad de USD 167,700 (Ciento sesenta y siete mil setecientos y 00/100 Dó- lares americanos) , siempre y cuando esta suma no ex- ceda el monto total de CHF 292,000 (Doscientos noven- ta y dos mil y 00/100 Francos Suizos). El aporte suiza no podrá ser destinado a gastos del Impuesto General a las Ventas (IGV). El IGV recuperado será considerado como parte del aporte comprometido por COSUDE. Asi- mismo, los intereses generados en las cuentas banca- rias del Proyecto, serán registrados contablemente como ingresos y deducidos del último desembolso, no consti- tuyendo fondos adicionales. El detalle de los aportes de COSUDE, al igual que el cronograma de desembolsos, figura en los presupuestos anexados al Documento de Proyecto "Prevención del Con- sumo de Drogas en la Formación Profesional" - Lima, Fe- brero 2002. Los desembolsos al Proyecto, serán efectua- dos por la Oficina de Coordinación de COSUDE en Lima. 7. CONTRADROGAS, se compromete a difundir los resultados del Proyecto. 8. El/la Coordinador/a del Proyecto presentará semes- tralmente informes operativos y financieros al Comité Di- rectivo. Los informes serán entregados a más tardar en el transcurso del segundo mes siguiente a la conclusión de cada semestre de ejecución del Proyecto. Las institucio- nes involucradas se comprometen a cooperar con el/la Coordinar/a del Proyecto en la elaboración de dichos infor- mes. 9. En caso de existir la necesidad de adquirir en el exterior material, equipos o vehículos para el Proyecto, con cargo al aporte de COSUDE, la importación se hará a través de la Embajada de Suiza en el Perú. Para es- tos casos, el Gobierno del Perú se compromete a dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo Octavo del Convenio Marco, suscrito entre los Gobiernos del Perú y la Confederación Suiza 09 de setiembre de 1964, que hace referencia a la liberación de gravámenes de im- portación. Los bienes adquiridos con fondos de COSUDE, inclusi- ve las guías y manuales, son de propiedad de COSUDE y deberán ser inventariados y utilizados exclusivamente para el propósito y las finalidades fijadas en este Convenio. La administración de los bienes estará a cargo de la Direc- ción del Proyecto. Al término del presente Convenio, CO- SUDE, previa consulta al Ministerio de Educación y Con- tradrogas, decidirá sobre la liquidación o el traspaso de los bienes a las instituciones que aseguren la sostenibilidad del Proyecto. De otro lado, el Gobierno peruano se compromete a conceder los privilegios legales acordados para los exper- tos de los organismos de cooperación técnica internacio- nal, al personal extranjero que haya sido aceptado por el Gobierno de la República del Perú para asesorar el Pro- yecto objeto de este Convenio, durante el tiempo de su permanencia en el país, conforme a lo estipulado en el Acuerdo de Cooperación Técnica firmado el 09 de setiem- bre de 1964 entre ambos Gobiernos. 10. Se llevará a cabo una evaluación externa antes de finalizar la fase del Proyecto. Los gastos de la evaluación están incluidos en el aporte de COSUDE y asimismo, se- rán administrados por COSUDE.