Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2002 (19/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 19 de agosto de 2002

Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 57297 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A" mediante el Informe Nº DESF "C" 103-OT/2002, y con el visto MORDAZA del Departamento Legal; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenacion de los inmuebles senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Wiese Sudameris debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-20752000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca ANEXO Inmuebles recibidos en dacion de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris la prorroga del plazo para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y la Circular SBS N° B-2075-2000.
FECHA DE ADJUDICACION VALOR EN LIBROS PRORROGA (En Nuevos DE Soles) TENENCIA

Senor Intendente de la Aduana Presente.Asunto : Restitucion de las subpartidas arancelarias del Apendice I del D.S. Nº 055-99-EF y sus modificatorias. Referencia : Procedimiento: "Aplicacion de Tributos, Derechos Antidumping y Compensatorios" INTA-PE.01.08 (Version 1) y Circular Nº INTA-CR041-2001 Mediante la presente se hace de conocimiento del personal de Aduanas, que el articulo 1º de la Ley Nº 27800 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 27.07.2002, ha restituido las subpartidas arancelarias contenidas en el literal A) del Apendice I del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo aprobado con Decreto Supremo Nº 05599-EF y sus modificatorias; encontrandose exoneradas del Impuesto General a las Ventas desde el 28.07.2002 al 31.12.2002 la importacion de las subpartidas arancelarias cuya correlacion en merito al Decreto Supremo Nº 239-01-EF se encuentra en el MORDAZA de Aduanas www.aduanet.gob.pe. En ese sentido, se deja sin efecto la Circular Nº INTACR.09.2002 del 26.01.2002 y se restituye en su integridad la vigencia de la Circular Nº INTA-CR.041-2001 del 21.07.2001. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera 14700

CONASEV
Inscriben los valores mobiliarios denominados "Primera Emision de Bonos de Titulizacion - Ransa" de Credititulos Sociedad Titulizadora S.A. en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 055-2002-EF/94.11 MORDAZA, 14 de agosto de 2002 VISTOS: El expediente Nº 2002/01312 presentado por CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., asi como el Memorandum Nº 154-2002-EF/94.45, de fecha 14 de agosto de 2002, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los Articulos 301º y 314º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002EF, en virtud del fideicomiso de titulizacion la Sociedad Titulizadora que actua como fiduciario debe realizar la emision de valores respaldados con el patrimonio fideicometido; Que, mediante Juntas Generales de Accionistas de RANSA COMERCIAL S.A. de fechas 30 de marzo y 16 de octubre de 2001, y Sesion de Directorio de esta sociedad de fecha 28 de enero de 2002, se aprobo llevar a cabo un MORDAZA de titulizacion por un monto MORDAZA de hasta Veinte Millones y 00/100 Dolares Americanos (US$ 20 000 000,00), basado en la transferencia a un patrimonio fideicometido de los derechos de cobro sobre documentos de credito y demas activos generados como consecuencia de las ventas y/o prestaciones de servicios que realice la sociedad; Que, con fecha 11 de junio de 2002, RANSA COMERCIAL S.A. y CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., con la intervencion del BANCO DE CREDITO DEL PERU, suscribieron el Acto Constitutivo de Fideicomiso

MORDAZA DE BIEN

DESCRIPCION/ UBICACION

Inmueble MORDAZA MORDAZA N° 503- 08.08.01 S/. 127 260,00 08.02.2003 505 Urb. Valdivieso distrito de Ate-Vitarte, provincia y departamento de MORDAZA Inmueble Coricancha N° 106 Mz Q1 08.08.01 S/. 211 500,00 08.02.2003 Lt 7 Sector 1 distrito de La MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de MORDAZA Inmueble Sector N° 2, Fundo Ciene- 31.08.01 S/. 987 356,58 28.02.2003 guilla distrito de Cieneguilla, provincia y departamento de MORDAZA TOTAL S/. 1 326 116,58

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ADUANAS
Aprueban circular referida a la restitucion de subpartidas arancelarias del Apendice I del D.S. Nº 055-99 y sus modificatorias
CIRCULAR Nº INTA-CR-58-2002 Callao, 13 de agosto de 2002

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