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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (24/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

Pág. 228812 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de agosto de 2002 las siguientes cuotas tendrán fecha de vencimiento cada 30 días calendario y cuando éste sea inhábil, el primer día hábil siguiente. Cuando los obligados incumplan con la cancela- ción de dos (2) cuotas consecutivas en los plazos estableci- dos se declarará la pérdida del beneficio, restituyéndose el monto original de la deuda tributaria con los intereses y re- ajustes a la fecha de vencimiento de la cuota que originó la pérdida del fraccionamiento de pago. Las cuotas que se hayan cancelado hasta el momento de la pérdida del bene- ficio, serán considerados como pago a cuenta de la deuda tributaria que determine la Administración Tributaria. Artículo 11º .- Por excepción las deudas que se encuen- tren en ejecución coactiva están exonerados del pago de las costas procesales. Artículo 12º .- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones necesarias, complementa- rias y ampliatorias para la debida ejecución y cumplimien- to de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 15200 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Disponen tener por recibidas obras de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000420-2002-MDLM-DDU. La Molina 7 de agosto de 2002 VISTO: El Expediente Nº 06966-1-2002, organizado por la COOPERATIVA DE VIVIENDA MAGISTERIAL “JOSÉ CAR- LOS MARIÁTEGUI” Ltda. Nº 526 - COVIMA, mediante el cual solicita la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana apro- bada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Re- solución Nº 526-2001-MML-DMDU del 23 de noviembre del 2001, de conformidad al Plano Nº 045-2001-MML-DMDU-DHU, para el terreno de 567,836.50 m2 constituido por la acumula- ción de área del Lote Nº 1 y Nº 2 del Ex Fundo Granados, del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 526-2001-MML-DMDU del 23 de noviembre del 2001 y de conformidad al Plano Nº 045- 2001-MML-DMDU-DHU la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana del terreno de 567,836.50m2 constituido por la acumulación de área del Lote Nº 1 y Nº 2 del ex Fundo Granados, del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la COOPERATIVA DE VIVIENDA MAGISTERIAL “JOSÉ CAR- LOS MARIÁTEGUI” Ltda. Nº 526 - COVIMA; Que, con Resolución Directoral Nº 1427-77-VC-5500 del 30 julio de 1977, se aprobó los Estudios Preliminares de habilitación urbana del terreno de 566,549.00 m² para uso de vivienda y mediante la Resolución Directoral Nº 386- 78-VC-5500 del 6 octubre de 1978 se autorizó la ejecu- ción de las obras de habilitación urbana con construc- ción simultánea, la misma que fue modificada con Reso- lución de Alcaldía Nº 3349-MLM del 26 de julio de 1982;Que, con Resolución de Alcaldía Nº 3540-2000 del 19 de abril del 2000 se aprobó la suscripción de un convenio tripartito entre la Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Distrital de La Molina y la COOPERATIVA DE VIVIENDA MAGISTERIAL “JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI” LTDA Nº 526 COVIMA, referente a la deuda que correspon- dería abonar a COVIMA a favor de la Municipalidad por con- ceptos de beneficios de cambio de zonificación, calificación de multa y déficit de aportes por el proceso de habilitación urbana del predio sub materia, a fin de que ésta sea com- pensada con el valor afecto a vía metropolitana (Av. Javier Prado), haciéndose las partes mutua y recíproca concesión a cualquier diferencia entre los montos que se adeuden; Que, el área bruta del terreno submateria se incrementa de 566,549.00 m2 a 567,836.50 m2, debido a la compensación de áreas y modificación de linderos celebrada por la COOPE- RATIVA DE VIVIENDA MAGISTERIAL “JOSÉ CARLOS MA- RIÁTEGUI” LTDA Nº 526 e INMOBILIARIA SANTA FELICIA S.A. I ETAPA DE LA URB. SANTA PATRICIA; COMPAÑÍA CONSTRUCTORA INDUSTRIAL Y COMERCIAL VULCANO S.A. - III ETAPA DE LA URB. SANTA PATRICIA; Y SRA. RA- QUEL SOTO AHANNO VDA. DE MEIGGS - I ETAPA URB. SANTA RAQUEL; la misma que fue aprobado por la Municipa- lidad Metropolitana de Lima mediante Resolución Nº 526-2001- MLM-DMDU del 23 de noviembre del 2001 y de conformidad con el Plano Nº 044-2001-MML-DMDU-DHU; Que, mediante la Resolución precitada se declaró cum- plida por COVIMA, de conformidad con el Plano el Nº 045- 2001-MML-DMDU-DHU, la ejecución de las obras de ha- bilitación del terreno de 567,836.50 m2, dejando como car- ga inscrita en los Registros Públicos los Lotes del 01 al 17 y del 24 al 40 de la Mz. C-1 y Lotes del 10 al 39 de la Mz. D1 como garantía por el pago de los déficit de aportes; la misma que fue subsanada mediante Resolución Nº 132- 2002-MML-DMDU del 23 de marzo del 2002, con la que se dispone el levantamiento de la carga contenida en el artículo Cuarto de la Resolución Nº 526-2001-MML-DMDU; Que, mediante Informe Nº 176-2002-MDLM-DDU-DOPHU del 5 de julio del 2002, la División de Obras Privadas y Habi- litaciones Urbanas de esta Municipalidad, indica que las obras de calzadas, aceras, rampas peatonales, de agua potable, alcantarillado y electrificación se han ejecutado en un 100%; asimismo se han efectuado las verificaciones del cuadro de áreas de la habilitación sub materia y de los aportes corres- pondientes, los mismos que coinciden con las consignadas en la Resolución Nº 526-2001-MLM-DMDU, y el Plano Nº 045- 2001-MML-DMDU-DHU, debiendo incorporarse en ella lo in- dicado en el anterior considerando, es decir dejar sin efecto la garantía por déficit de aportes, así como, consignar que los lotes con frente a la Av. Separadora Industria, Lotes del 13 al 24 de la Mz. A y los Lotes del 49 al 64 de la Mz. E, de acuerdo a la zonificación vigente aprobado por la Municipalidad Me- tropolitana de Lima con Ordenanza Nº198 del 28 de Julio de 1998 tienen la zonificación de R5, y no R3; y los lotes Nºs. 18 y 19 de la Mz. C-1 queden con zonificación residencial R3 y no C-2 como aparece en el Plano Nº 045-2001-MML-DMDU- DHU; cuyos datos técnicos son: Cuadro General de Áreas: §Área Bruta :567,836.50 m² §Área Útil :321,089.85 m² §Área de Recreación Pública : 31,851.11 m² §Área de vía metropolitana Av. Javier Prado : 31,053.00 m² §Área de Otros Usos “OU” - Huaca Granados : 20,734.00 m² §Área de Circulación y Vías :163,108.54 m² Cuadro de Aportes Descripción R3 (470,415.42m²) R5 (16,240.00m²) Aportes % R.N.C. Proyecto Déficit % R.N.C. Proyecto Déficit Total (m²) (m²) Déficit Recreación 8 37,633.23 31,851.11 5782.12 24 3,897.60 -.- 3,897.60 9,679.72 Pública Ministerio de 2 9,408.31 7,344.51 2,063.80 2 324.80 -.- 324.80 2,388.60 Educación (*) Otros Fines 2 9,408.31 8,251.60 1,156.71 4 649.60 -.- 649.60 1,806.31 Serpar 1 4,704.15 -.- 4,704.15 1 162.40 162.40 162.40 4,866.55 (*) (*)Redimido en dinero: Factura 001 Nº 005804 por S/. 16,425.60, cancelada el 11 de abril del 2001. (**)Redimiendo en dinero: Recibo Nº 029248 por S/. 10,173.91, cancelado el 29 de octubre de 1998.