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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (24/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 70

Pág. 228808 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de agosto de 2002 rán firmar un compromiso de reserva con OSITRAN se- gún el modelo que se adjunta en el Anexo Nº 1 del presen- te Reglamento. Artículo 17º.- Registro de la Información Reservada y de su Acceso. La Gerencia de Asesoría Legal de OSI- TRAN llevará una relación en la que consten las Solicitudes de Información Reservada que se han tramitado y el detalle de la documentación que se ha calificado como tal. Asimismo, contará con un registro de acceso a la in- formación reservada en el que constará como mínimo (i) la relación de funcionarios de OSITRAN o de los miem- bros del Consejo Directivo, Cuerpo Colegiado y Tribunal de Solución de Controversias que hayan tenido acceso a información reservada, (ii) la información a la que hayan tenido acceso; (iii) el trabajo o proyecto de resolución para el cual fue necesario acceder a la información; (iv) el período en que se tuvo acceso a la información; y, (v) la relación de copias emitidas. Artículo 18º.- Obligación de reserva.- La obligación de reserva debe mantenerse tanto para los funcionarios del OSITRAN, como para los miembros del Consejo Di- rectivo, Cuerpo Colegiado y Tribunal de Solución de Con- troversias, que hayan tenido acceso a información reser- vada, aún después del cese de sus funciones en dicho organismo, y mientras dicha información mantenga su carácter de reserva. CAPÍTULO V LEVANTAMIENTO DEL CARÁCTER DE INFORMACIÓN RESERVADA Artículo 19º.- Plazo para mantener reservada la in- formación.- La condición de reserva se mantendrá hasta que la información ya no cumpla con las condiciones en virtud a la cual fue declarada como tal. La pérdida de la calificación de reserva a la que se refiere el párrafo anterior, se hará de manera automática y sólo pue- de ser determinada por el Gerente General mediante resolu- ción expresa. En el caso de información presentada dentro de un procedimiento de solución de controversias correspon- derá al Tribunal de Solución de Controversias. En ambos ca- sos, la información que ha dejado de tener el carácter de re- servado, pasará a formar parte del Archivo de OSITRAN. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Para todo lo no previsto en el presente Re- glamento rigen las normas sobre la materia, Decreto Su- premo Nº 018-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 032-2001- PCM en lo que fuere aplicable o en su defecto la Política sobre Información Reservada de OSITRAN aprobada me- diante Acuerdo Nº 198-73-01-CD-OSITRAN de la Sesión de Consejo Directivo de fecha 14 de noviembre de 2001. ANEXO Nº 1 COMPROMISO DE RESERVA Conste por el presente documento el compromiso de reserva que suscribe .................................con documento de identidad Nº ............... y domicilio en ..........................., a favor del ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVER- SIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO - OSITRAN con domicilio en Av. Bolivia Nº 144 Piso 19 Torre del Centro Cívico de Lima, Cercado de Lima, en adelante OSITRAN , en los términos siguientes: 1.0 ANTECEDENTES 1.1 Con fecha ...........................del presente se emitió la declaración de Información Reservada de los documen- tos .............................. 1.2 Con fecha ....................., se puso en conocimien- to de ............... la documentación que ha sido declarada como Información Reservada a que hace referencia el párrafo anterior, a efectos de utilizarla en la elaboración de ......................... 2.0 ALCANCES DEL COMPROMISO En virtud del presente documento, ....................... se compromete a:2.1 No divulgar ni entregar a terceros, la información obtenida, salvo previa consulta y no objeción del Geren- te General. 2.2 Guardar absoluta reserva y confidencialidad de la información obtenida. 3.0 RESPONSABILIDADES 3.1 OSITRAN está facultado a sancionar a ...............por el incumplimiento de cualesquiera de los compromisos asumidos, en virtud de lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 12º del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por Acuerdo Nº 92-37-00-CD de la Se- sión de Consejo Directivo de fecha 04 de julio de 2000. Se suscribe el presente compromiso con carácter de Declaración Jurada, en Lima a los.................. ——————————————— Nombre Nº de documento de identidad 15068 SUNARP Convocan a Concurso interno entre los trabajadores de la SUNARP para defi- nir el nuevo nombre de la Revista Institucional RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 333-SUNARP/SN Lima, 22 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Escuela de Capacitación, mediante Oficio Nº 589-2002-SUNARP-ECR, presentó al Superintenden- te Nacional de los Registros Públicos el proyecto de relan- zamiento de la revista institucional de los Registros Pú- blicos, el mismo que ha sido debidamente aprobado; Que, es necesario que dicha revista cuente con un nom- bre adecuado reuniendo los requisitos suficientes de re- gistrabilidad y de distintividad para identificar y diferen- ciar a nuestra revista en el mercado; Que, es política de la SUNARP la participación democrática de todos los estamentos en la toma de deci- siones; incentivando así, su identificación con la institución a través de concursos, entre otras actividades, que permi- tan su participación; De conformidad con el literal v) del artículo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Convocar a Concurso interno entre los tra- bajadores de la SUNARP, para definir el nuevo nombre de la Revista Institucional de la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos. Artículo 2º.- Aprobar las Bases del Concurso, las mis- mas que constan de 10 puntos y que en anexo forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Establecer como fecha límite para la pre- sentación de las respectivas propuestas, el día lunes 02 de setiembre de 2002; conforme a lo señalado en el pun- to 3 de las bases del concurso. Las mismas que se en- contrarán a disposición de los interesados, a partir de la publicación de la presente resolución, en cada uno de los órganos desconcentrados de la SUNARP. Artículo 4º.- Designar al Jurado Calificador del Concurso señalado en el artículo anterior, el mismo que estará conformado de la siguiente manera: - Ronald Cárdenas Krenz, Superintendente Adjunto de la SUNARP, quien lo presidirá. - Hermann Montalván Pérrigo, Gerente General de la SUNARP. - Pedro Grández Castro, Director de la Escuela de Capacitación de la SUNARP.