Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2002 (29/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 29 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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c) Coordinar y supervisar el MORDAZA de formulacion y asignacion de recursos presupuestales del Ministerio; d) Formular y evaluar el Plan Operativo; e) Conducir las acciones de cooperacion tecnica internacional; f) Conducir y evaluar las acciones de racionalizacion administrativa para optimizar las funciones del Ministerio y su desarrollo organico; g) Conducir el Sistema Nacional de Inversion Publica del Sector; h) Asesorar y coordinar a las dependencias del Ministerio, Organismos Publicos Descentralizados, Proyectos y Comisiones del Sector en materia de planeamiento, formulacion presupuestal, cooperacion tecnica internacional, inversiones, racionalizacion y en los procesos de desconcentracion y descentralizacion administrativa; i) Coordinar y apoyar a las Direcciones Regionales Sectoriales en materias de su competencia; j) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General. Articulo 23º .- La Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo cuenta con las siguientes unidades organicas, cada una de las cuales a cargo de un Director: - Oficina de Planificacion y Presupuesto. - Oficina de Racionalizacion. - Oficina de Cooperacion Tecnica e Inversion Publica. CAPITULO IV OFICINA DE DEFENSA NACIONAL Articulo 24º.- La Oficina de Defensa Nacional es la encargada de conducir y ejecutar las acciones referidas a la defensa nacional y civil en el Ministerio, en concordancia con los intereses estrategicos y planes previstos en los Sistemas de Defensa Nacional y Civil. Se encuentra a cargo de un Director, quien depende de la Secretaria General. Son funciones de la Oficina de Defensa Nacional las siguientes: a) Planear, programar, ejecutar y evaluar las acciones de defensa nacional incluyendo la defensa civil, inherentes al ambito de competencia del Sector, de acuerdo a las orientaciones tecnico - normativas emitidas por la Secretaria de Defensa Nacional y por el Instituto Nacional de Defensa Civil, proyectando las mismas hacia la comunidad; b) Asesorar a la Alta Direccion en asuntos relacionados con la Defensa Nacional; c) Formular los objetivos y politicas sectoriales, regionales y locales de defensa nacional en concordancia con las normas tecnicas de la Secretaria de Defensa Nacional; d) Programar y efectuar acciones de capacitacion sobre defensa nacional y civil entre el personal del Ministerio; e) Participar en la difusion de la doctrina de seguridad y defensa nacional; f) Elaborar y difundir normas de seguridad sobre defensa civil; g) Coordinar con las Direcciones Nacionales, la aplicacion de los conceptos de defensa nacional y civil compatibilizandolos con el desarrollo Sectorial; h) Coordinar con la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio, para compatibilizar los planes de defensa con los de desarrollo, a fin de incorporar al presupuesto fiscal las acciones de especificas de defensa nacional; i) Coordinar, elaborar y conducir los Planes de Movilizacion y Desmovilizacion en el Ministerio; j) Promover y participar en la formacion civico patriotica de la poblacion; k) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General. TITULO VII DE LOS ORGANOS DE APOYO CAPITULO I OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Articulo 25º.-La Oficina General de Administracion es la encargada de asegurar la unidad, racionalidad, eficien-

cia y eficacia de los procesos de administracion de los recursos humanos, materiales y financieros del Ministerio. Se encuentra a cargo de un Director General, quien depende de la Secretaria General. Articulo 26º .- Son funciones de la Oficina General de Administracion las siguientes: a) Dirigir y supervisar el adecuado funcionamiento de los sistemas administrativos a su cargo; b) Administrar los recursos economicos y financieros en concordancia con el plan estrategico y el plan operativo; c) Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos tecnicos de personal, contabilidad, tesoreria, abastecimiento y de tramite documentario y archivo, de conformidad con las normas tecnicas y legales vigentes; d) Participar en la formulacion del presupuesto del Ministerio, en coordinacion con la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo; e) Controlar la ejecucion del presupuesto; f) Proveer de los recursos financieros y logisticos en apoyo a las diferentes dependencias del Ministerio para el mejor cumplimiento de sus funciones; g) Proponer a la Alta Direccion los lineamientos en materia de la administracion de los recursos humanos, materiales y financieros del pliego Ministerial; h) Ejecutar el control previo de las operaciones economicas del Ministerio, asi como el correcto uso de los bienes patrimoniales asignados; i) Asesorar a los organos del Ministerio en los asuntos relacionados con la administracion de recursos humanos, materiales y financieros; j) Emitir las Resoluciones Directorales referentes a los aspectos de su competencia; k) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y normas reglamentarias de los Sistemas Administrativos de su competencia; l) Evaluar y velar por el cumplimiento de los convenios y contratos bajo su competencia; m) Asegurar la disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones y presentar propuestas de racionalidad del gasto; n) Cumplir las funciones a que se refiere la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica; o) Las demas funciones que le asigne la Secretaria General. Articulo 27º .- La Oficina General de Administracion cuenta con las siguientes unidades organicas, cada una de las cuales a cargo de un Director: Oficina de Control Previo. Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares. Oficina de Personal. Oficina de Administracion Financiera. Oficina de Tramite Documentario y Archivo. CAPITULO II OFICINA GENERAL DE INFORMATICA Y ESTADISTICA Articulo 28º.- La Oficina General de Informatica y Estadistica es la encargada de conducir los Sistemas de Informatica y Estadistica del Ministerio. Se encuentra a cargo de un Director General, quien depende de la Secretaria General. Articulo 29º.- Son funciones de la Oficina General de Informatica y Estadistica las siguientes: a) Formular el Plan Estrategico Informatico; b) Conducir, evaluar y supervisar el funcionamiento de los Sistemas de Informatica y Estadistica; c) Supervisar la sistematizacion y procesamiento de la informacion para la toma de decisiones; d) Brindar servicios de informatica y administrar los servicios de comunicacion interna y externa; e) Dirigir y supervisar el diseno y actualizacion del MORDAZA del Ministerio (pagina Web) y mantener la informacion actualizada, en coordinacion con las dependencias que la generan; f) Supervisar el uso eficiente de la capacidad instalada, gestion y mantenimiento de la infraestructura informatica;

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