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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (29/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 229086 NORMAS LEGALES Lima, jueves 29 de agosto de 2002 necesarias para el cumplimiento de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 14713 Sancionan con destitución a servidora de la PNP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1553-2002-IN/PNP Lima, 19 de agosto del 2002 VISTO, el Acta Nº 59-2002-COPEPROAD-PNP de 19.JUN.2002, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en relación a la conclu- sión del proceso administrativo disciplinario instaurado a la EC PC PNP Ana Cecilia MEDINA SALCEDO. CONSIDERANDO: Que, mediante R.D. Nº 3709-DIRPER-PNP del 30.ABR.2002, se instauró proceso administrativo disci- plinario a la EC PC PNP Ana Cecilia MEDINA SALCEDO, por la presunta comisión de faltas disciplinarias graves, al establecerse que cuando prestó servicios en el Hospital PNP "AUGUSTO B. LEGUÍA", a fin de justificar sus inasis- tencias presentó el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) Nº 2473, expedido en el Policlínico "CHINCHA", ESSALUD, con el cual se le otorgaba perío- do de incapacidad del 7 al 13.JUL.2001, en canje del Des- canso Médico por (3) días otorgado por el Dr. Augusto RODRÍGUEZ FLORES; con el Certificado Médico Nº 203968 de fecha 14.JUL.2001, expedido supuestamente por el citado Médico, por (3) días de descanso médico; con el CITT Nº 2249, expedido en el Policlínico "CHIN- CHA", por incapacidad del 28.AGO al 4.SET.2001 y, nue- vamente, con el CITT Nº 2249 por incapacidad del 4 al 12.SET.2001; manifestando sobre el particular el Dr. Au- gusto RODRÍGUEZ FLORES, quien es Mayor Médico SPNP, con relación a los documentos expedidos a favor de la referida EC, no haberlos expedidos, siendo falsos totalmente en su contenido, sellos y firmas, y no haber laborado nunca en el Policlínico "CHINCHA" de ESSA- LUD; asimismo, mediante Carta Nº 1302-DIR-CCHI-GDLI- EsSalud-2001 de 8.NOV.2001, adjuntándose la Carta Nº 387-JSMQX-CCH-GD-LIMA-ESSALUD-2001 de 8.NOV.2001, el Director del Policlínico "CHINCHA" acre- ditó como válido únicamente el CITT Nº 2473, no habien- do expedido su representada los demás documentos, los cuales habrían sido falsificados; Que, efectuada la notificación de la indicada Resolu- ción Directoral y transcurrido el plazo establecido, la pro- cesada presentó su descargo escrito y efectuó su informe oral, sin desvirtuar las imputaciones efectuadas en su con- tra; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes al proceso seguido contra la refe- rida servidora, al que se contrae la presente Resolución, observando las garantías y procedimientos establecidos, habiéndose determinado que las acciones realizadas constituyen faltas disciplinarias graves, acordando por una- nimidad recomendar al Despacho Ministerial se le impon- ga la sanción de Destitución; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Incs. "a", "j" y "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aproba- do por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policía Nacional del Perú, en el Acta Nº 59- 2002-COPEPROAD-PNP de 18.JUN.2002;Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Sancionar a la EC PC PNP Ana Cecilia MEDINA SALCEDO, con Destitución por faltas discipli- narias (Incumplimiento de normas, abandono de cargo y actos de inmoralidad). Artículo 2º.- Entiéndase notificada la presente Reso- lución a la interesada, a partir del día siguiente de su pu- blicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- Disponer se remita copia de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GINO COSTA SANTOLALLA Ministro del Interior 14965 JUSTICIA Exceptúan a Agentes Titulares y Alter- nos designados para la defensa del Es- tado Peruano ante la Corte Interameri- cana de Derechos Humanos de lo dispuesto en numeral del artículo 3º del D.U. Nº 030-2002 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 169-2002-JUS Lima, 28 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 21º del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, aprobado mediante Resolución Nº 448, adoptada por la Asamblea General de la OEA, establece que los Estados que sean parte en un caso, estarán representados por un Agente, quien a su vez, podrá ser asistido por cualesquiera perso- nas de su elección; Que, asimismo, el numeral 3 del citado artículo, seña- la que podrá acreditarse un Agente Alterno, quien asistirá al Agente en ejercicio de sus funciones y lo suplirá en sus ausencias temporales; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 27401, se encarga al Poder Ejecutivo a realizar todas las acciones necesarias para dejar sin efecto los resultados que haya generado la Resolución Legislativa Nº 27152, restable- ciéndose a plenitud para el Estado Peruano la Compe- tencia Contenciosa de la Corte Interamericana de Dere- chos Humanos; Que, en ese contexto, se han designado a diversos agentes titulares y alternos del Estado Peruano, a efectos que ejerzan la defensa de éste en los procesos que se encuentren en trámite ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002, de fecha 14 de junio de 2002, se aprueban medidas comple- mentarias de austeridad y racionalidad en el gasto públi- co para el año fiscal 2002, con la finalidad de ajustar la ejecución del gasto público a las reales posibilidades fi- nancieras del Estado, en el marco de la disciplina fiscal imperante; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2002, de fecha 27 de junio de 2002, se establece que las excepcio- nes para la aplicación de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, serán aprobadas me- diante Resolución Suprema a ser refrendada por el Minis- tro del Sector correspondiente; Que, con la finalidad de garantizar el oportuno desa- rrollo de las funciones encomendadas a los distintos Agen- tes Titulares y Alternos del Estado Peruano, resulta perti-