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Pág. 229194 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de agosto de 2002 cuando menos hasta diez días después de adjudicada la buena pro. Las garantías entregadas por los postores que no resulten ganadores de la buena pro, serán devueltas a partir del día si- guiente de suscrito el contrato de locación de servicios confor- me a lo indicado en el título de las Bases relativo al contrato. b.3) Proyecto de contrato El proyecto de contrato de fideicomiso contenido en el Anexo Nº 9 debidamente visado en cada una de sus páginas, en señal de haber tomado conocimiento de su contenido. Los postores que no cumplan con presentar la informa- ción tal y como lo solicitan las Bases, lo cual incluye seguir fielmente el modelo de los Anexos, serán automáticamente descalificados y quedarán fuera del Concurso Público. X. ACTO PÚBLICO DE RECEPCIÓN DE PROPUES- TAS Y APERTURA DEL SOBRE Nº 1 Los postores que concurran al acto público de presen- tación de propuestas y apertura del sobre Nº 1 (propues- ta técnica), deberán concurrir debidamente representa- dos, lo que se acreditará mediante carta poder simple que se presentará ante el Comité de Evaluación al inicio del acto conforme se indica en los párrafos siguientes. El acto público se inicia cuando el Presidente del Comité de Evaluación empieza a llamar a los postores en el orden en que adquirieron las Bases para que entreguen los sobres Nº1 y Nº 2 que contienen sus propuestas, verificando en cada caso la identidad del representante de la empresa postora mediante la carta poder simple indicada anteriormente. Si al momento de ser llamado el postor no se encontrare, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si alguno de los postores es omitido, podrá acreditar su participación con la presentación del comprobante de pago de las Bases. El postor es responsable de que toda la documenta- ción presentada dentro de cada sobre, esté foliada, sella- da y firmada por el representante legal en las páginas que contengan información. Los postores cuyas propues- tas presenten borraduras o enmendaduras serán descali- ficados, quedando fuera del Concurso Público. Es obligatoria la presentación de todos los documen- tos requeridos por las Bases, de lo contrario el Comité de Evaluación procederá de acuerdo a lo indicado en el ru- bro "Contenido de las Propuestas" y, de ser el caso, de- volverá los documentos al postor en dicho acto. En el caso que el postor exprese su disconformidad con la decisión del Comité de Evaluación, deberá dejar constancia de ello en el Acta que se levante en dicho acto público y suscribir la misma a efectos de poder presentar una impugnación en su oportunidad. En este caso, el Notario autenticará una copia de la propuesta, la cual mantendrá en su poder. El Comité de Evaluación examinará cuidadosamente las propuestas, para verificar si cumplen con los requisi- tos establecidos. En caso los miembros del Comité de Eva- luación consideren que la información y/o documentación proporcionada por los postores no contiene las formalida- des requeridas, tendrán por no presentada la propuesta. De ser el caso, deliberarán en el acto para resolver cual- quier duda que pudiera presentarse, comunicando la de- cisión adoptada a los participantes presentes en el acto. Culminada la revisión, el Presidente del Comité dará lectura a la relación de empresas que han pasado esta etapa de evaluación formal, que pasarán a la evaluación técnica. El Notario Público rubricará y sellará cada pági- na de los documentos contenidos en cada uno de los so- bres que contienen la propuesta de los postores. Si no se presentasen al menos 2 propuestas válidas, el Concurso Público será declarado desierto. El Notario Público levantará un acta de todo lo actua- do, consignando en forma sintética las observaciones que hubieren formulado los postores respecto al acto. XI. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS El Comité evaluará las propuestas de acuerdo con los crite- rios de evaluación que se detallan en el Anexo Nº11. Al momen- to de evaluar la propuesta técnica, los postores deberán alcan- zar un puntaje mínimo de treinta (30) puntos, de lo contrario no pasarán a la etapa de evaluación de la propuesta económica. El ganador de la buena pro del Concurso Público será aquel postor que obtenga el mayor puntaje total en la eva- luación (puntaje obtenido en la propuesta técnica + pun- taje obtenido en la propuesta económica). En la eventualidad de un empate, se preferirá al postor que haya recibido mayor calificación en la propuesta técnica, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo Nº 11 de las Bases.El documento que contenga los puntajes finales de la evaluación, será publicado en la vitrina de la Superinten- dencia ubicada en el local de Prescott 185, San Isidro. Asimismo, los postores que hayan sido evaluados podrán recabar una copia simple de dicho documento a partir del día siguiente de la adjudicación de la buena pro en Los Laureles 214, quinto piso. XII. ACTO PÚBLICO DE APERTURA DEL SOBRE Nº 2 Y ADJUDICACIÓN DE BUENA PRO El segundo acto público se iniciará con la comunica- ción por parte del Presidente del Comité de los puntajes obtenidos por los postores en la Propuesta Técnica. El proceso prosigue con la apertura de los sobres Nº 2, respetándose el orden en que fueron entregados en el acto público anterior. Si los documentos presentados en el sobre Nº 2 no se encuentran conforme a las Bases, el postor será eliminado del proceso. En el caso que el pos- tor exprese su disconformidad con la decisión del Comité de Evaluación, deberá dejar constancia de ello en el Acta que se levante en dicho acto público y suscribir la misma a efectos de poder presentar una impugnación en su opor- tunidad. En este caso, el Notario autenticará una copia de la propuesta, la cual mantendrá en su poder. De encontrarse los documentos presentados confor- me a las Bases, el Presidente del Comité de Evaluación procederá a comunicar en voz alta los montos propuestos por concepto de Propuesta Económica. Luego de obte- nerse los puntajes de las propuestas económicas presen- tadas por los postores conforme a los criterios de evalua- ción indicados en el Anexo Nº 11, se comunicará el pun- taje obtenido por cada postor en la propuesta económica. El puntaje mínimo necesario para ser declarado como ad- judicatario de la buena pro es de sesenta (60) puntos. Finalmente, se obtendrán los puntajes totales obtenidos por cada postor, los que el Presidente del Comité de Evalua- ción pondrá en conocimiento de los presentes en el acto públi- co, declarando como ganador de la buena pro del Concurso Público al postor que haya obtenido el mayor puntaje total en la evaluación (propuesta técnica + propuesta económica). El Notario Público levantará un acta del acto público, de- jando constancia del puntaje obtenido por cada postor en la propuesta técnica y económica así como el puntaje total de cada uno de ellos y el nombre del ganador de la buena pro. Los postores que se encuentren disconformes con el resul- tado, deberán dejar constancia de ello en el Acta que se levante en dicho acto público y suscribir la misma a efectos de poder presentar una impugnación en su oportunidad. El Comité de Evaluación procederá a publicar en el Diario Oficial El Peruano y en otros dos de circulación na- cional, dentro de los dos días siguientes a la adjudicación de la buena pro, el resultado del Concurso Público. XIII. IMPUGNACIONES Las discrepancias relacionadas con los actos admi- nistrativos realizados desde la convocatoria al Concurso Público y hasta la suscripción del contrato, podrán dar lu- gar a la presentación de recursos de reconsideración y apelación, y se regirán por las siguientes disposiciones: Los recursos se presentan hasta las 6 p.m. del día si- guiente de ocurrido el acto impugnado, adjuntando la do- cumentación e información que la sustente y, previo pago de un monto equivalente al 10% de una UIT. El recurso de reconsideración se presentará ante el Co- mité de Evaluación el que los resolverá mediante Resolu- ción firmada por el Presidente del Comité. El recurso de ape- lación se presentará ante del Comité de Evaluación, corres- pondiendo a su Presidente elevarlo al Superintendente de Banca y Seguros para su absolución. Dichos recursos se- rán resueltos en un plazo no mayor de tres (3) días contado a partir del día siguiente de su presentación, siendo dicha resolución inimpugnable en la vía administrativa. La presentación de los indicados recursos no suspende- rán el Concurso Público, salvo que, a criterio de la autoridad que deba resolver el recurso, deba suspenderse para evitar causar un perjuicio de imposible o difícil reparación. En la medida que las Bases del Concurso Público son aprobadas por resolución emitida por el Titular antes de su inicio, no podrán impugnarse de acuerdo a estas reglas sino bajo la Ley del Procedimiento Administrativo General. XIV. DEL CONTRATO El contrato se compone de su texto, sus anexos y las Bases integradas del Concurso Público. Los últimos ofi-