Norma Legal Oficial del día 07 de diciembre del año 2002 (07/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, sabado 7 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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cion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra Wilder MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Urrutia MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Jefe Nacional (e) 21532

forme Nº 1163-2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes dicen llamarse MORDAZA Kano MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Riega y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente; han inducido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Guzman; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Jefe Nacional (e) 21530

RESOLUCION JEFATURAL Nº 800-2002-JEF/RENIEC
MORDAZA, 29 de noviembre 2002 Visto el Memorandum Nº 1303-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 220, 224, 251, 226-2001/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 1162 -2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que las personas no identificadas que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Escurra MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo, con el objetivo de usurpar la identidad de los verdaderos ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Escurra MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Rodriguez; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438° del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulte responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Jefe Nacional (e) 21531

RESOLUCION JEFATURAL Nº 802-2002-JEF/RENIEC
MORDAZA, 29 de noviembre 2002 Visto el Memorandum Nº 519/2000/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 045-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 0312002-GAJ/PPU/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 20 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA Guarnes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Negron MORDAZA, MORDAZA Caysahuana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Olave MORDAZA, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA Kitsuta Guarnes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Takemoto MORDAZA, Lhia MORDAZA Caysahuana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Loli Watanabe y MORDAZA MORDAZA Ono Apoloni, respectivamente, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los

RESOLUCION JEFATURAL Nº 801-2002-JEF/RENIEC
MORDAZA, 29 de noviembre 2002 Visto el Memorandum Nº 1097-2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nºs. 184, 191, 187-2001/OHC/DCP/GO y el In-

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