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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (24/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 31

PÆg. 235837 NORMAS LEGALES Lima, martes 24 de diciembre de 2002 "Las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Pla- nes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que su- peren las tres (3) UIT, deberán ser autorizadas por el Ti- tular de la entidad mediante la resolución correspondien- te, la misma que se publicará en la respectiva página WEB de la entidad" ; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo artículo 11º inciso c) del Reglamento de Organización yFunciones de RENIEC aprobado por Resolución Jefatu-ral Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de adjudi- cación directa la contratación para prorrogar el plazo delContrato de Arrendamiento Nº 1970-2001-05-00-02 parael funcionamiento del Núcleo Registral de Barranca. Artículo Segundo.- Autorizar, en vías de regulariza- ción, la contratación para prorrogar el plazo del contratode arrendamiento citado en el artículo precedente por elperíodo de seis meses, contados a partir del primero deagosto del dos mil dos, por un monto total de S/. 9,000.00(nueve mil y 00/100 nuevos soles). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil, poner la presente resolución en conocimientode la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 22829 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 851-2002-JEF/RENIEC Lima, 13 de diciembre 2002 VISTO: El informe técnico emitido por la División de Servicios Generales e Infraestructura mediante InformeNº 087-2002-GAD-DSGI del 26 de noviembre del 2002,el informe emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídicamediante Memorándum Nº 2753-2002/GAJ/RENIEC del2 de diciembre del 2002; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es un organismo autónomo que cuenta con perso- nería jurídica de derecho público interno y goza de atri- buciones en materia registral, técnica, administrativa,económica y financiera, según la Ley Orgánica Nº 26497; Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para la atención del público usuario cuenta con agen-cias a nivel nacional que funcionan en locales arrenda- dos, por no contar con locales propios o cedidos en uso; Que, el quince de noviembre del dos mil se suscribió el Contrato de Arrendamiento Nº 5549-2000-05-00-00respecto al inmueble ubicado en Galerías Fercast LocalNº 110, Calle Junín Nº 408 y 412, Distrito de Ilo, Provin-cia de Ilo, Departamento de Moquegua para el funciona- miento del Núcleo Registral de Ilo, con vigencia hasta el quince de noviembre del dos mil dos; Que, el Núcleo Registral de Ilo hasta la fecha viene brindando servicios a los ciudadanos en el citado inmueblesiendo necesario continuar con el uso del local a fin decubrir la demanda de trámites de los pobladores de di- cha provincia; Que, el egreso que generará la prórroga del arrenda- miento del local antes mencionado está considerado enel Presupuesto Institucional para el Ejercicio 2002 en lafuente de financiamiento de recursos directamente re-caudados; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobado por DecretoSupremo Nº 012-2001-PCM publicado el 13 de febrerodel 2001 en su artículo 19º señala que : " Están exonera- das de los procesos de Licitación Pública, Concurso Pú-blico o Adjudicación Directa, según sea el caso, las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen : g) Para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de in- muebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de precios al por mayor "; Que, el artículo 20º de la citada norma señala que : " Las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el artículo precedente se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Todas las exoneraciones, salvo la previs- ta en el literal b) del Artículo 19º, se aprobarán mediante : a) Resolución del Titular del Pliego de la Entidad"; Que, el Jefe Nacional ejerce la titularidad del pliego del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, talcomo lo señala el artículo 11º de la Ley Nº 26497 y elartículo 11º inciso d) del Reglamento de Organización yFunciones de RENIEC aprobado por Resolución Jefatu-ral Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002; Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 publicado el 20 de junio del 2002 establece en su artículo 5º que :" Las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Pla- nes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que su- peren las tres (3) UIT, deberán ser autorizadas por el Ti- tular de la entidad mediante la resolución correspondien- te, la misma que se publicará en la respectiva página WEB de la entidad" ; Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el artículo 11º inciso c) del Reglamento de Organización y Funcio-nes de RENIEC aprobado por Resolución Jefatural Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Exonerar del proceso de adjudi- cación de menor cuantía la contratación para prorro- gar el plazo del Contrato de Arrendamiento Nº 5549- 2000-05-00-00 para el funcionamiento del Núcleo Re-gistral de Ilo. Artículo Segundo.- Autorizar, en vías de regulariza- ción, la prorroga del contrato de arrendamiento, citadoen el artículo precedente, por el período de un año con- tados a partir del dieciséis de noviembre del dos mil dos, por un monto total de US $ 3,000.00 (tres mil y 00/100dólares americanos). Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración del Registro Nacional de Identificación y Esta-do Civil, poner la presente resolución en conocimiento de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 22830 Autorizan a procurador a interponer acciones judiciales contra presunto res-ponsable de la comisión de delito con-tra el patrimonio RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 852-2002-JEF/RENIEC Lima, 13 de diciembre de 2002 Vistos, el Informe Nº 935-2002-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante el Memorándum Nº 0188-2002-SP, se informa que el 30 de junio del 2002, el señor Gustavo Rafael Falcón LLanos, culminó su relación contractual conel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, sin embargo, por error involuntario ha sido con-siderado en la relación de pago del mes de julio del per-sonal contratado bajo la modalidad de locación de servi- cios;