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PÆg. 235921 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de diciembre de 2002 a. Elaborar mecanismos para definir las necesidades de información en forma periódica, sistematizada y estan-darizada. b. Elaborar un Plan Integral de Inversión en Diseño e Implementación de Sistemas de Información, desarrollode software y adquisición de equipamiento que se pue-da ejecutar en forma coordinada y descentralizada.Asimismo, en los casos que se justifiquen se diseñará ydesarrollará proyectos conjuntos con recursos humanospertenecientes a diferentes áreas y dependencias parael logro de sistemas de uso común. 6) La Oficina General de Estadística e Informática con- juntamente con el Instituto de Desarrollo de RecursosHumanos y las Direcciones Generales que correspon-dan, establecerán un Programa de Capacitación perma-nente en: el procesamiento y análisis de información,sistemas de información de salud y herramientas de in-formática. 22977 Aceptan renuncia de Jefe de la Unidad de Logística del Hospital Huacho Huau- ra Oyón-Servicios BÆsicos de Salud de la Dirección de Salud III Lima Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1956-2002-SA/DM Lima, 24 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO:Que el señor Denis García Cobos, presenta renuncia con fecha 15 de noviembre del 2002 al cargo de Jefe dela Unidad de Logística del Hospital Huacho Huaura Oyón;la que fue puesta de conocimiento del Despacho Minis-terial mediante Oficio número 1456-2002-DISA-III-LN-HHHO-SBS-D.E. cursado por el Director Ejecutivo delHospital Huacho Huaura Oyón; De conformidad con lo previsto en el Artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Artículo 185º del Decreto Su-premo Nº 005-90-PCM y el Artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, la renuncia formulada por el señor DENIS GARCÍA COBOS, al cargo de Jefe de laUnidad de Logística del Hospital Huacho Huaura Oyón -Servicios Básicos de Salud de la Dirección de Salud IIILima Norte; con eficacia al día de su presentación, esdecir al 15 de noviembre del 2002, dándosele las gra-cias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 22972 Aceptan renuncia de Jefe del `rea de Adquisiciones del Hospital Huacho Huaura Oyón-Servicios BÆsicos de Sa- lud de la Dirección de Salud III LimaNorte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1957-2002-SA/DM Lima, 24 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que el señor Rómulo Torre Vargas formula renuncia al cargo de Jefe del Área de Adquisiciones del Hospitalde Huacho Huaura Oyón, con fecha 15 de noviembre del 2002, la que fue puesta en conocimiento al Despa-cho Ministerial mediante Oficio número 1445-2002-DISA-III-LN-HHHO-SBS-D.E. cursado por el Director Ejecuti-vo del Hospital Huacho Huaura Oyón; De conformidad con lo previsto en el Artículo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Artículo 185º del Decreto Su-premo Nº 005-90-PCM y el Artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, la renuncia formulada por el señor RÓMULO TORRE VARGAS, al cargo de Jefedel Área de Adquisiciones del Hospital Huacho HuauraOyón-Servicios Básicos de Salud de la Dirección deSalud III Lima Norte; con eficacia al día de su presenta-ción, es decir al 15 de noviembre del 2002, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 22973 VIVIENDA Autorizan a procuradora interponer ac- ciones para que se declare la nulidad de laudo arbitral de derecho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2002-VIVIENDA Lima, 26 de diciembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1181-2002-INADE-PERC-7201, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Río Cachi y elInforme Legal Nº 012-2002-INADE-7204/OAJ de la Ofi-cina de Asesoría Jurídica del citado Proyecto Especial;y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del proceso de Liquidación de contrato para la ejecución de la Presa CuchoqueseraDiques Laterales y Obras Conexas, suscrito entre laConstructora Norberto Odebrecht S.A. - Sucursal Trujilloy el Proyecto Especial "Río Cachi" se ha dado inicio a unproceso arbitral producto del desacuerdo surgido entreambos respecto a la formulación de las liquidacionespracticadas por las partes, dicho proceso arbitral ha con-cluido con fecha 12 de diciembre del 2002 mediante Lau-do de Derecho en el que se declaró fundada la demandade la contratista; Que, el mencionado laudo ha sido emitido sin tener en cuenta la materia de controversia, ni los hechos invo-cados y sometidos a arbitraje por las partes ya que sepronuncia sobre un acto administrativo anterior al proce-so, con lo que se estaría vulnerando el principio de con-gruencia y el derecho a la defensa, ya que la parte con-siderativa no guarda relación con la parte resolutiva dellaudo, pronunciándose sobre un hecho extra procesal,resolviendo además sobre un aspecto "Extra - petita" alconsiderarse que en la demanda se tiene que el montopeticionado por la demandante asciende a la suma deS/. 6 980 204.43 y lo ordenado por el Tribunal Arbitralpara que sea pagado por el Proyecto Especial Río Cachiasciende a la suma de S/. 7 020 660.50 es decir un mon-to superior a lo solicitado por la demandante lo cual cons-tituye un pronunciamiento contrario al principio de con-gruencia; Que, durante el proceso arbitral se han presentado pruebas y documentos pertinentes al caso materia decontroversia que no han sido considerados por el Tribu-nal al momento de emitir el laudo y estando las causalespara la interposición del recurso debidamente demos-tradas pues se ha evidenciado hechos contrarios al de-