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PÆg. 236009 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de diciembre de 2002 LA GERENCIA GENERAL DEL SERVICIO DE PARQUES HA EXPEDIDO LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: Visto el Informe Nº 005-2002/SERPAR-LIMA/CEPAD/ MML; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Gerencia General Nº 677-2002 de fecha 4 de noviembre del 2002 se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al ex servidor Beder Antonio Obando Alva, en su condición de ex administrador del Par-que Zonal Sinchi Roca por las irregularidades administrati- vas que se le imputan, la misma que le fue notificada se- gún consta en el cargo de notificación que obra a folios 79; Que, cumplido el plazo de ley el servidor investigado no ha cumplido con presentar ante esta Comisión Especial su informe de descargo ni pruebas a su favor que desvirtúe,los cargos en su contra; Que, por consiguiente y a mérito de los documentos que corren a folios 01 al 03, del 05 al 20, del 45 al 54, los cargos porlos cuales se le instaura Proceso Administrativo al ex adminis- trador del Parque Zonal Sinchi Roca, señor Beder Antonio Obando Alva han quedado inalterables por lo tanto ha incum-plido obligaciones que le impone el servicio público en los inci- sos a), b) del Decreto Legislativo Nº 276; esto es cumplir per- sonal y diligentemente los deberes que impone el servicio pú-blico, salvaguardar los intereses del Estado y emplear austera- mente los recursos públicos; configurando tales actuaciones grave falta de carácter disciplinario compatibles con los previs-tos en los incisos a), f), h), del Artículo 28º del Decreto Legisla- tivo Nº 276, vale decir que el ex funcionario incumplió delibera- damente las normas del Decreto Legislativo Nº 276, sureglamento y las disposiciones administrativas internas sobre administración, procedimiento y control de los ingresos del Parque que estaba bajo su Administración; utilización o dispo-sición de los bienes del Servicio a beneficio propio; y el uso de la función con fines de lucro, como ha quedado firmemente establecido que el faltante en los ingresos en el Parque ZonalSinchi Roca por el importe de S/. 23,539.00 producido siste- máticamente en el período de enero al 19 de agosto del 2002 es única y exclusiva responsabilidad del procesado; Que, en concordancia con la recomendación de la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, Artículos 150º, 151º, 153º, 154º, inciso d) del Artículo 155ºdel Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Con la visación del Presidente de la Comisión y a la delegación concedida a la Gerencia General por Acuerdode Consejo Administrativo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- SANCIONAR con destitución de la Administración Pública en el Servicio de Parques de Lima,Organismo Descentralizado de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima a don Beder Antonio Obando Alva en su con- dición de Administrador del Parque Zonal Sinchi Roca. Artículo Segundo.- El funcionario destituido está im- posibilitado de regresar a la Administración hasta después de un período de cinco años. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Asesoría Le- gal el inicio, seguimiento de las acciones penales y civiles a que hubieran lugar. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO VILLANUEVA GUERRERO Gerente General 23072 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Aprueban el Presupuesto Institucional de Apertura 2003 ACUERDO DE CONCEJO Nº 023-2002/MJM Jesús María, 13 de diciembre de 2002EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 06-2002-CPEP/MJM de la Comisión de Planificación, Eco- nomía y Presupuesto, sobre aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presu- puestaria del Estado, establece en su Artículo 22º que los Gobiernos Locales formulan sus respectivos presupues-tos conforme a las directivas que emita la Dirección Nacio- nal de Presupuesto Público; Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, ha aprobado mediante Resolución Directoral Nº 042-2002-EF/ 76.01, la Directiva Nº 008-2002-EF/76.01, correspondiente a la Programación, Formulación y Aprobación de los Pre-supuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2003; En uso a las atribuciones conferidas por los artículos 10º y 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; el Concejo Municipal, con el voto Mayoritario de los señores Regidores; con dispensa del trámite de lectura yaprobación de acta, adoptó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto Institu- cional de Apertura 2003 de la Municipalidad de Jesús Ma-ría, hasta por la suma de S/. 30'884,160.00 (Treinta Millo- nes Ochocientos Ochenticuatro Mil Ciento Sesenta y 00/ 100 Nuevos Soles), el mismo que en cuerpo anexo formaparte del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Presu- puesto y Planificación, la remisión del Presupuesto Ins-titucional aprobado a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 23020 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Fijan período de vacaciones de emplea- dos administrativos nombrados DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2002-MDLO/ALC Los Olivos, 20 de diciembre del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: Los Informes Nº 574-2002-MDLO/OAL de la Oficina de Asesoría Legal, Nº 776-2002-DA/UP de la Uni-dad de Personal, Memorándum Nº 1128-2002-MDLO/DM de Dirección Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 121-2002-PCM la Presidencia del Consejo de Ministros fijó excepcionalmente el período comprendido entre el 16 de diciembre del 2002al 3 de enero del 2003 para el goce de vacaciones de los funcionarios y servidores públicos de los Pliegos y Unida- des Ejecutoras del Poder Ejecutivo; asimismo, el artículo5º del citado dispositivo establece que los Gobiernos Lo- cales, podrán adoptar, según estimen conveniente y no existan disposiciones legales que regulen sus períodosvacacionales de manera particular, medidas de similar fin en el marco de sus competencias y funciones. Finalmente, dispone el artículo 6º que las entidades deben, bajo res-ponsabilidad de su titular, asignar el personal necesario para garantizar la continuidad de los servicios públicos básicos y las labores indispensables de la institución;