Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2002 (30/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
ANEXO VI FRV: FACTOR DE RETORNO EN VACIO APLICABLE A MAS DE 200 KM VIRTUALES CARGAS AFECTAS A ESTE FACTOR

MORDAZA, lunes 30 de diciembre de 2002

1.2.3.4.5.-

CONTENEDORES LLENOS EN UN SENTIDO Y VACIOS EN EL OTRO SENTIDO PRODUCTOS LIQUIDOS EN CISTERNAS. PRODUCTOS A GRANEL, EN TOLVAS CON MECANISMO DE DESCARGA PROPIO. PRODUCTOS EN FURGONES REFRIGERADOS. PRODUCTOS PELIGROSOS: 5.1.- Explosivos y sus accesorios. 5.2.- Gases inflamables, no inflamables, no toxicox y toxicos. 5.3.- Liquidos inflamables. 5.4.- Solidos inflamables. 5.5.- Oxcidantes y Peroxidos organicos. 5.6.- Toxicos agudos (venenosos) y agentes infeciosos. 5.7.- Radioactivos. 5.8.- Corrosivos. 5.9.- Miscelaneos y residuos peligrosos.

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Modifican la RAP 135 "Explotadores de Servicio de Transporte Aereo no Regular y Operacion Conmuter"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 283-2002-MTC/12 MORDAZA, 9 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), conforme lo senala el literal c) del Articulo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru; y, el articulo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, por su parte el articulo 7º del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, en cumplimiento del referido articulo, mediante R.D. Nº 235-2002-MTC/15.16, publicada el 28 de octubre de 2002, se aprobo la difusion del proyecto de modificacion de la RAP 135- "EXPLOTADORES DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO NO REGULAR Y OPERACION COMMUTER", el cual ha recibido los comentarios, sugerencias y observaciones del publico interesado; Que, habiendose efectuado la evaluacion de los mismos dentro del MORDAZA permanente de revision de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, es necesario expedir el acto administrativo que aprueba la modificacion de la RAP senalada; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la modificacion de la RAP 135 - "EXPLOTADORES DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO NO REGULAR Y OPERACION COMMUTER", cuyo texto forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL REGULACIONES AERONAUTICAS DEL PERU R A P - 135 EXPLOTADORES DE SERVICIO DE TRANSPORTE AEREO NO REGULAR Y OPERACION COMMUTER REFERENCIAS: ANEXO 6 (OACI) OPERACION DE AERONAVES ANEXO 8 (OACI) AERONAVEGABILIDAD CAPITULO VII: SUBPARTE A: 135.1 135.3 135.5 135.7 135.9 135.11 135.13 135.15 135.16 135.17 135.18 135.19 135.21 135.23 135.25 135.27 135.29 135.31 135.33 135.35 135.37 OPERADORES DE AVIACION COMERCIAL Y AEROPUERTOS GENERALIDADES

Aplicabilidad. Reglas aplicables a las operaciones sujetas a esta Parte. Certificados y Especificaciones de Operacion requeridas. Aplicabilidad de las reglas a operadores no autorizados. Duracion del Certificado de Explotador Aereo (AOC). Solicitud y emision del Certificado de Explotador Aereo y de las Especificaciones de Operacion. Requisitos para obtener un Certificado de Explotador Aereo y las Especificaciones de Operacion. Enmiendas al Certificado de Explotador Aereo. Cumplimiento de un Certificado de Explotador Aereo. Enmiendas a las Especificaciones de Operacion. Emision o negacion de un Certificado de Explotador Aereo. Operaciones de emergencia. Manuales y listas de verificacion requeridos. Contenido de los manuales. Requisitos de la aeronave. Oficina principal y base de operaciones. Uso de nombres comerciales. Publicidad. Limitaciones de areas de operacion. Finalizacion de las operaciones. Personal de direccion requerido.

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