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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (30/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 102

PÆg. 236196 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de diciembre de 2002 (b) La información de localización del vuelo debe ser retenida en el centro principal de operaciones del posee-dor del AOC, o cualquier otro lugar designado por éste,hasta la culminación del vuelo. (c) Cada poseedor de un AOC debe proporcionar al representante de la DGAC asignado a él una copia de sus procedimientos de localización de vuelos y de cual- quier cambio o adición, a menos que esos procedimien-tos sean incluidos en los manuales requeridos por estaParte. 135.81 Suministro de información operacional ac- tualizada al personal Cada poseedor de un AOC debe informar a cada inte- grante de su personal de las Especificaciones de Opera-ción y la Carta de Cumplimiento de las Regulaciones queson aplicables a las obligaciones y deberes de esa per-sona, y debe tener disponible para cada tripulante bajo su servicio el siguiente material actualizado: (a) El AIP - Perú; (b) Las Partes 135 y 91 de las Regulaciones Aero- náuticas del Perú; (c) El Manual de Vuelo emitido por el fabricante (AFM o RFM), o el Manual de Operaciones de la Aeronave (AOM o ROM); y (d) Para operaciones en el extranjero el AIP, o una publicación comercial aceptada por la DGAC que con-tenga la información concerniente a los requerimientosoperacionales y requisitos de entrada del país extranjero o países involucrados. 135.83 Información operacional requerida (a) El explotador de cada aeronave debe proveer, en forma apropiada y actualizados, accesibles a los pilotosdesde su asiento, y éstos deben usar, los siguientes materiales: (1) Una lista de verificación de procedimientos nor- males; (2) Una lista de verificación de procedimientos anor- males; (3) Una lista de verificación de procedimientos de emergencia conteniendo los procedimientos requeridospor el párrafo (c) de esta Sección, según corresponda; (4) Las cartas aeronáuticas pertinentes;(5) Para operaciones IFR, las cartas pertinentes de navegación en ruta, de área terminal, de aproximación y aterrizaje y de rodaje; (6) Para aeronaves multimotores, datos de performance de ascenso con un motor inoperativo; y si laaeronave está aprobada para volar en IFR o sobre el te-cho de nubes, los datos deben ser suficientes como parapermitir a los pilotos el cumplimiento del párrafo 135.181(a)(2). (b) Cada lista de verificación requerida por el párrafo (a)(1) de esta Sección debe estar de acuerdo al Manualde Vuelo de la Aeronave y contener, como mínimo, lossiguientes procedimientos: (1) Inspección exterior e interior antes del vuelo; (2) Antes y después del arranque;(3) Antes y después del despegue;(4) Ascenso;(5) Crucero; (6) Descenso; (7) Antes y después del aterrizaje; y(9) Apagado de motor. (c) Cada lista de verificación de emergencia requeri- da por el párrafo (a)(3) de esta Sección debe estar de acuerdo al Manual de Vuelo de la Aeronave y contener los siguientes procedimientos, según corresponda: (1) Operación de emergencia de los sistemas de com- bustible, hidráulico, eléctrico y mecánico. (2) Operación de emergencia de instrumentos y con- troles. (3) Procedimientos para motor inoperativo.(4) Cualquier otro procedimiento de emergencia ne- cesario para la seguridad.135.85 Transporte de personas, fuera de las dispo- siciones referentes al transporte de pasajeros de esta Parte Las siguientes personas pueden ser llevadas a bordo de una aeronave, sin cumplir con los requerimientos de esta Parte referentes al transporte de pasajeros: (a) Un miembro de la tripulación u otro empleado del poseedor del AOC. (b) Una persona necesaria para la manipulación se- gura de animales en la aeronave. (c) Una persona necesaria para la manipulación se- gura de mercancías peligrosas. (d) Una persona efectuando servicio como guardia de seguridad o de honor acompañando un embarque hecho por o bajo la autoridad del Gobierno de la República Pe-ruana. (e) Un inspector de la DGAC conduciendo una ins- pección en ruta. (f) Una persona autorizada por la DGAC realizando un trabajo relacionado con una operación de carga del poseedor del AOC. 135.87 Transporte de carga, incluyendo el equipa- je de mano Ninguna persona puede llevar carga, incluyendo equi- paje de mano, en una aeronave a menos que: (a) Sea llevada en un bastidor de carga, depósito o compartimento aprobado, instalado en la aeronave; (b) Esté fijada por medios aprobados; o(c) Esté transportada de acuerdo a lo siguiente: (1) Que la carga esté apropiadamente fijada por un cinturón de seguridad u otra amarra que tenga suficiente resistencia para eliminar la posibilidad de movimiento en todas las condiciones normalmente anticipadas en vueloy en tierra; y que el equipaje de mano esté asegurado como para prevenir su movimiento durante un vuelo en aire turbulento. (2) Que esté embalada o cubierta para evitar posibles daños a los ocupantes. (3) Que no imponga ninguna carga sobre los asientos o la estructura del piso, que exceda los límites de carga para estos componentes. (4) Que no esté colocada en una posición que obsta- culice el acceso a o el uso de una salida de emergencia o regular, o el uso del pasillo entre la cabina de mando y la cabina de pasajeros, o que esté colocada en una posi-ción que obstruya a los pasajeros la visión del aviso de “ajustarse los cinturones”, del aviso de "no fumar" o de cualquier otro aviso requerido de salida, a menos que unletrero auxiliar esté provisto para notificar apropiadamente a los pasajeros. (5) Que no esté colocada directamente sobre ocupan- tes sentados. (6) Que esté ubicada, de acuerdo a esta sección, para despegue y aterrizaje. (7) Para operaciones de carga solamente, el párrafo (c)(4) de esta sección no es aplicable si la carga está alojada de tal modo que por lo menos una salida de emer-gencia o regular, esté disponible para todos los ocupan- tes, de modo que puedan salir de la aeronave sin obstá- culos al ocurrir una emergencia. (d) Todo asiento de pasajeros debajo del cual se aloje el equipaje, deberá proveer condiciones tales queel equipaje no pueda deslizarse bajo impactos o cho- ques severos suficientes para inducir las fuerzas de inercia máxima especificadas en las regulaciones deaterrizaje de emergencia, bajo las que la aeronave fue certificada. (e) Cuando la carga es transportada en un compartimento de carga diseñado para permitir la entra- da de un miembro de la tripulación para extinguir cual- quier fuego que pueda ocurrir durante el vuelo, la cargadebe estar colocada de tal modo que permita al tripulan- te alcanzar efectivamente todas las partes del compartimento con el contenido de un extintor de fuegomanual. 135.89 Requerimientos del piloto: Uso de oxígeno (a) Aeronaves no presurizadas: Cada tripulante aé- reo de una aeronave no presurizada debe usar oxígeno continuo cuando vuele: