Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2002 (09/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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CAPITULO II DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
Articulo 4º.- Direccion del Fondo MIVIVIENDA El Directorio es el organo de direccion del Fondo MIVIVIENDA. Establece la politica institucional y supervisa la aplicacion de esta. Para el cumplimiento de sus fines, el Directorio cuenta con una Secretaria Ejecutiva, que depende directamente de este. Articulo 5º.- Composicion y reuniones del Directorio El Directorio estara conformado por: a) El Ministro de Economia y Finanzas o su representante, quien lo presidira; b) El Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion o su representante; c) El Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales o su representante; d) El Ministro de la Presidencia o su representante; e) El Ministro de Trabajo y Promocion Social o su representante; f) El Ministro de Justicia o su representante; g) Un representante de la Corporacion Financiera de Desarrollo - COFIDE; h) Dos representantes del Sector Privado, elegidos entre una terna propuesta por la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas - CONFIEP. Los miembros del Directorio senalados en los literales a., b., c., d., e. y f. anteriores, son designados por Resolucion Ministerial expedida por los Ministros correspondientes, y los senalados en los literales g. y h. son nombrados por Resolucion Suprema refrendada por los Ministros de Economia y Finanzas, de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Presidencia, de Trabajo y Promocion Social y de Justicia. El Directorio se reunira obligatoriamente en forma trimestral. Adicionalmente, podra reunirse cuando lo solicite el Presidente, dos de sus miembros o el Secretario Ejecutivo. Sus decisiones se tomaran por mayoria simple del numero legal de miembros, siendo el MORDAZA del Presidente dirimente en caso de empate. Articulo 6º.- Domicilio Legal El domicilio legal del Fondo MIVIVIENDA es en la MORDAZA de MORDAZA, pudiendo establecer oficinas descentralizadas en todo el territorio nacional, segun lo disponga el Directorio. Articulo 7º.- Funciones del Directorio Son funciones del Directorio: a) Establecer las politicas para el manejo, la administracion y el destino de los recursos del Fondo MIVIVIENDA; b) Tomar las medidas necesarias en el desempeno de sus funciones con la finalidad de proteger el valor de los recursos del Fondo MIVIVIENDA, en especial en lo que respecta a la intangibilidad del mismo; c) Aprobar las condiciones financieras para las lineas de credito que se extenderan a las IFIs para financiamiento hipotecario; d) Determinar las condiciones y limitaciones que considere pertinente sobre la cobertura de riesgo a los prestamos, asi como a la garantia sobre los creditos o titulos valores que emitan o gestionen las empresas del sistema financiero o sociedades titulizadoras, segun el Articulo 14º del presente Reglamento; e) Determinar esquemas de incentivo financiero directo e indirecto en relacion a los Beneficiarios, tales como el Premio al Buen Pagador; f) Aprobar los convenios mediante los cuales se designe a uno o mas Organismos Ejecutores que se encarguen de la canalizacion de recursos del Fondo MIVIVIENDA a las IFIs; g) Promover la participacion del sector privado y de organismos internacionales en el Fondo MIVIVIENDA; h) Aprobar y/o reformular los diversos Planes Anuales del Fondo MIVIVIENDA, en concordancia con las disposiciones legales aplicables; i) Revisar y aprobar los Estados Financieros y la Memoria Anual del Fondo MIVIVIENDA, asi como disponer

auditorias y requerir informes especificos sobre asuntos financieros y contables, cuando lo considere necesario; j) Aprobar el Presupuesto Anual del Fondo MIVIVIENDA y sus modificaciones; k) Supervisar el funcionamiento de la Secretaria Ejecutiva; l) Emitir Directivas para el normal desarrollo de las actividades del Fondo MIVIVIENDA; m) Aprobar la designacion de la firma auditora que llevara a cabo la Auditoria Anual del Fondo MIVIVIENDA; n) Aprobar la politica de inversiones; o) Aprobar la estructura organica de la Entidad; p) Las demas funciones que MORDAZA necesarias para asegurar el normal desenvolvimiento del Fondo MIVIVIENDA, o las que le MORDAZA atribuidas por disposicion expresa. El Directorio podra delegar una o mas funciones en el Secretario Ejecutivo o en el Comite de Inversiones. Articulo 8º.- Comite de Inversiones El Fondo MIVIVIENDA cuenta con un Comite de Inversiones, cuyo nombramiento y numero de miembros es establecido por el Directorio. Lo integra, ademas, el Secretario Ejecutivo, quien actuara como Secretario del Comite. Articulo 9º.- Funciones del Comite de Inversiones El Comite de Inversiones es el organo dependiente del Directorio, encargado de las siguientes funciones: a) Aprobar las modalidades de colocacion de los recursos del Fondo MIVIVIENDA; b) Aprobar los criterios de elegibilidad de las entidades en las cuales se colocaran los recursos del Fondo MIVIVIENDA mientras no se destinen al financiamiento de la construccion y adquisicion de viviendas, asi como los limites de colocacion en cada entidad; c) Aprobar los criterios de elegibilidad de las IFIs que recibiran recursos del Fondo MIVIVIENDA para su utilizacion en la financiacion de la construccion y adquisicion de viviendas, asi como los limites de exposicion con cada institucion; d) Aprobar los terminos y condiciones bajo los cuales se pondran los recursos del Fondo MIVIVIENDA a disposicion de las IFIs para su utilizacion en la financiacion de la construccion y adquisicion de viviendas; e) Proponer al Directorio las condiciones financieras para las lineas de credito que se extenderan a las IFIs para financiamiento hipotecario; f) Aprobar el Reglamento de Credito y sus modificaciones; g) Proponer al Directorio las condiciones de la cobertura de riesgo; h) Otras que le asigne el Directorio. Articulo 10º.- Secretaria Ejecutiva La Secretaria Ejecutiva es la encargada de administrar el Fondo MIVIVIENDA, de acuerdo a los lineamientos que senale el Directorio. Goza de autonomia tecnica, economica, funcional y administrativa, siendo financiada por un porcentaje de los intereses que generen las colocaciones de los recursos e inversiones del Fondo MIVIVIENDA, sin exceder del 2% de los mismos. Para el cumplimiento de sus funciones, la Secretaria Ejecutiva cuenta con un Secretario Ejecutivo, designado por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Articulo 11º.- Funciones del Secretario Ejecutivo Son funciones del Secretario Ejecutivo: a) Ejercer la representacion del Fondo MIVIVIENDA ante toda clase de autoridades e instituciones publicas y privadas, nacionales o extranjeras; b) Ejercer la representacion legal del Fondo MIVIVIENDA de acuerdo a las facultades generales y especiales contenidas en los Articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil. En tal sentido, es competente para demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, desistirse del MORDAZA o de la pretension, allanarse a la pretension, conciliar, transigir y someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el proceso; c) Ejecutar las operaciones financieras de acuerdo con lo dispuesto por el Directorio. En tal sentido, esta facultado para abrir y cerrar cuentas bancarias y mercantiles, girar, aceptar y endosar letras de cambio y cheques, retirar depositos, contratar sobregiros y avances en cuentas corrientes y comprar y vender valores en general, del Fondo MIVIVIENDA;

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