Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2002 (09/01/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 215373

palidades Nº 23853, las resoluciones que dicta el MORDAZA Nacional de Elecciones en materia electoral son irrevisables y no procede contra las mismas recurso alguno; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de reconsideracion y rectificacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA de Saga MORDAZA contra la Resolucion Nº 779-2001-JNE; debiendo estar el recurrente a lo resuelto por la acotada resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 0405

diente Vamos Vecino, segun la relacion de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de San Martin; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA Ketty MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de Regidora en el Concejo Distrital de Cacatachi, provincia y departamento de San Martin; debiendosele otorgar la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 0406

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Distritales de Cacatachi y Huancaspata
RESOLUCION Nº 014-2002-JNE
MORDAZA, 4 de enero de 2002 VISTO, el Expediente Nº 1380-2001 recibido el 11 de diciembre del 2001, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Paz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Lindaura MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA y Regidores del Concejo Distrital de Cacatachi, provincia y departamento de San MORDAZA, respectivamente, mediante el cual solicitan la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Becerra; CONSIDERANDO: Que corresponde al Concejo Municipal declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y Regidor con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, conforme lo disponen los Articulos 27º y 36º numeral 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, del Acta Nº 18 que obra de fojas 6 a 8, se advierte que el Concejo Distrital de Cacatachi, que esta integrado por un MORDAZA y cinco Regidores, en sesion ordinaria de fecha 25 de setiembre del ano 2001, acordo con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros declarar la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por no concurrir injustificadamente a tres sesiones ordinarias de Concejo, causal prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, con los cargos de las citaciones a sesiones de Concejo que obran de fojas 39 a 41, se acredita fehacientemente que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, fue notificada a traves de su hermano don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que concurra a las sesiones de Concejo de fechas 8, 18 de agosto y 1 de setiembre del ano en curso, y no habiendo concurrido a las sesiones segun se prueba de las actas que obran de fojas 9 a 34, el MORDAZA le solicito informe el motivo de su inasistencia, sin obtener respuesta alguna; Que, con el cargo de notificacion que obra a fojas 4, se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 26 de setiembre del ano 2001 tomo conocimiento del acuerdo declaratorio de vacancia de su cargo de Regidora, por lo que habiendo transcurrido en exceso el termino para solicitar la revision que faculta el Articulo 27º de la Ley Nº 23853, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que, de conformidad con el numeral 2) del Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los Concejos Municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, esto es, del Movimiento Indepen-

RESOLUCION Nº 015-2002-JNE
Expediente Nº 1396-2001 MORDAZA, 4 de enero de 2002 Visto, el Oficio Nº 140-2001-MDH-P, recibido el 19 de diciembre de 2001, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Huancaspata, provincia de Pataz, departamento de La MORDAZA, comunicando la declaratoria de vacancia del cargo del Regidor correspondiente a MORDAZA MORDAZA Flores; solicitando se nombre a la reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: 1º. Que, del analisis de autos se establece que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue notificado personalmente para la convocatoria a las sesiones de concejo del 9, 23 de junio y 16 de MORDAZA de 2001, como consta a folios 14, 17 y 20, respectivamente; sesiones que se realizaron y a las cuales inasistio el referido Regidor, conforme se aprecia de fojas 21 a 25; 2º. Que el Concejo Distrital de Huancaspata en sesion ordinaria del 21 de MORDAZA de 2001, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, 5 votos a favor, de un total de 6 integrantes, acordo declarar la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por abandono de cargo; 3º. Que el referido Regidor fue notificado personalmente con el acuerdo que declaro la vacancia de su cargo, por intermedio del juez de paz de primera nominacion del distrito de Huancaspata, conforme aparece de fojas 28; asimismo, obra a fojas 32 la certificacion de fecha 6 de septiembre de 2001, en la cual consta que el acuerdo que declara la vacancia del citado regidor ha quedado consentido, al no haberse interpuesto recurso impugnatorio alguno; 4º. Que, se encuentra acreditado que el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en causal de vacancia establecida por el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, al inasistir injustificadamente a tres sesiones ordinarias de concejo; 5º. Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de regidores, estos cargos son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Pataz, corresponde asumir el cargo de Regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista de candidatos del Partido "Accion Popular"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.