Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

sidente y secretario; indicacion de las fechas de convocatoria; la forma y resultado de las votaciones y los acuerdos adoptados. Los requisitos anteriormente mencionados que figuren en la lista de asistentes, asi como, la forma y resultados de las votaciones y los acuerdos adoptados que figuren en los formatos de dictamen pueden ser obviados si estos forman parte del acta. Cualquier representante concurrente con derecho a asistir a la reunion esta facultado para solicitar que quede MORDAZA en el acta del sentido de sus intervenciones y de los votos que hallan emitido. El acta, incluido un resumen de las intervenciones referidas en el parrafo anterior, sera redactada por el secretario al finalizar la celebracion de la reunion. Cuando el acta es aprobada en la misma reunion, MORDAZA debe tener MORDAZA de dicha aprobacion y ser firmada, cuando menos, por el presidente, el secretario y un representante designado al efecto. Cuando el acta no se aprueba en la misma reunion, se designara a no menos de dos representantes para que, conjuntamente con el presidente y al secretario, la revise y apruebe. El acta debe quedar aprobada y firmada dentro de los cinco dias siguientes a la celebracion de la reunion y puesta a disposicion de los representantes que podran dejar MORDAZA de sus observaciones o desacuerdo mediante carta debidamente recepcionada por el secretario o por conducto notarial. Es obligatoria la suscripcion del acta por todos los representantes concurrentes a la reunion. Articulo15º.- Acuerdos impugnables.Pueden ser impugnados los acuerdos de la reunion de la Comision Tecnica cuyo contenido sea contrario a la Ley Nº 26878, se oponga al D.S. Nº 011-98-MTC, o MORDAZA en beneficio directo o indirecto de uno o varios representantes o lesione los intereses de la comunidad. Los acuerdos que incurran en causal de anulabilidad prevista en la ley o en el Codigo Civil, tambien seran impugnables en los plazos y forma que senala la ley. Articulo 16º.- Remocion.Los representantes pueden ser removidos por las entidades que los designaron en cualquier momento, a solicitud de la Comision Tecnica. Articulo 17º.- Vacancia.El cargo de representante vaca por fallecimiento, renuncia, remocion o por incurrir el representante en falta al contravenir la ley y reglamentos senalados o el presente reglamento de la Comision Tecnica. Articulo 18º.- Duracion de la Comision Tecnica.La vigencia de las representaciones ante la Comision Tecnica es por 1(un) ano. Articulo 19º.- Ejercicio del Cargo y Reserva.Los representantes desempenaran el cargo con la diligencia de un profesional responsable y de un representante MORDAZA y honesto. Estan obligados a guardar reserva respecto de los asuntos que trata la Comision Tecnica, y de la informacion social a que tengan acceso, aun despues de MORDAZA en sus funciones. Articulo 20º.- Responsabilidad.Los representantes responden, ilimitada y solidariamente, por los danos y prejuicios, que causen por los acuerdos o actos contrarios a la ley, su reglamento, reglamento interno o por los realizados con dolo, abuso de facultades o negligencia grave. Articulo 21º.- Extension de Responsabilidad.No es responsable el representante que habiendo participado en el acuerdo a que habiendo tomado conocimiento de el, MORDAZA cuidado que tal disconformidad se consigne en acta o halla hecho constar su desacuerdo por carta. Articulo 22º.- Los Representantes.Los representantes a la Comision Tecnica que establece la ley y su reglamento, Art. 3º y 4º respectivamente, deberan ser profesionales calificados con anos de expe-

riencia en materia de habilitacion MORDAZA, debidamente colegiados en el Colegio de Arquitectos del Peru y en el Colegio de Ingenieros del Peru, dada la especificidad del MORDAZA a tratar, relacionado con el diseno MORDAZA y arquitectonico diseno de pavimentos, de ingenieria sanitaria, ingenieria electrica y mecanica, de ingenieria civil y de suelos. 2877

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el periodo presupuestal 2002
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 14-2002-MDI Independencia, 17 de enero de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO, el Informe Nº 053-2001-GAR/MDI de la Gerencia de Administracion de Recursos solicitando la aprobacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el periodo presupuestal 2002. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 7º del TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado Nº 26850, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con el Articulo 6º del D.S. Nº 013-2001PCM, Reglamento de la MORDAZA citada, cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que prevera los bienes, suministros, servicios y obras que se requerira durante el ejercicio presupuestal; Que, conforme lo dispone el Articulo 7º del D.S. Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sera aprobado por el Titular del Pliego dentro de los 30 dias naturales siguientes de aprobado el Presupuesto Institucional, el mismo que debera ser publicado dentro de los 10 dias habiles siguientes a su expedicion; Que, mediante informe de vistos la Gerencia de Administracion de Recursos eleva el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Corporacion para el periodo presupuestal 2002 y al cumplir con los presupuestos senalados en la Ley, este debe aprobarse; Con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, TUO de la Ley Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES de la Municipalidad Distrital de Independencia para el periodo presupuestal 2002 el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer su publicacion, en el plazo de Ley, en el Diario Oficial El Peruano y su remision al CONSUCODE, encargando su cumplimiento a la Secretaria General. Articulo Tercero.- Establecer que el Plan Anual estara a disposicion de los interesados en la Subgerencia de Logistica de la entidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Administracion de Recursos, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA CHACALTANA YEREN MORDAZA 2880

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