Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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ticulos en cuatro (4) paginas, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Aprobar el Reglamento para la Aprobacion de las Habilitaciones Urbanas para fines de vivienda en el distrito de El MORDAZA, documento que consta de III Capitulos, 20 articulos, una Disposicion Transitoria y seis Disposiciones Finales en (14) paginas, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA queda encargada del cumplimiento y debida aplicacion de esta Ordenanza. Articulo 5º.- La Secretaria General del Concejo diligenciara la publicacion de la presente Ordenanza por ante el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA RETES MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) REGLAMENTO PARA LA APROBACION DE HABILITACION MORDAZA PARA FINES DE VIVIENDA EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA CAPITULO I Articulo 1º.- Objeto de la Norma.La presente ordenanza regula el procedimiento administrativo de habilitaciones urbanas que a partir de su vigencia, soliciten las personas naturales o juridicas, asociaciones de vivienda o cualquier otra forma asociativa con fines de vivienda, incluyendo los casos de regularizacion de habilitaciones pendientes o en tramite. Articulo 2º.- Ambito de aplicacion.Se aplica a los siguientes procedimientos: 2.1 Habilitaciones Urbanas Nuevas. 2.2 Regularizacion de Habilitaciones que no han culminado los tramites municipales y cuentan con viviendas construidos sobre terrenos de propiedad de Asociaciones de Vivienda, Asociaciones Pro Vivienda, Cooperativas de Vivienda u otras formas asociativas con fines de vivienda. Articulo 3º.- Finalidad.El tramite o habilitacion MORDAZA tiene por fines los siguientes; a) Promover y propender el saneamiento fisico y legal de los inmuebles de propiedad de asociacion de vivienda, pro vivienda, y de otras formas de asociaciones con fines de vivienda que le permita acceder a los servicios basicos de agua, desague y luz. b) Velar por las condiciones urbanisticas minimas de acuerdo al Plan MORDAZA de la Municipalidad de El MORDAZA, dentro de su jurisdiccion. c ) Propiciar la inversion privada y la publica en proyectos de vivienda. Articulo 4º.- Obligados.Estan obligados a este procedimiento todas las personas naturales o juridicas que proyecten el cambio de uso del suelo en su propiedad, con el fin de convertirlo de eriazo o MORDAZA a urbano. En el caso que los obligados cuenten con Resolucion expedida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, debidamente inscrita en el Registro correspondiente, aprobando los Estudios Preliminares o Estudios Definitivos, se MORDAZA por cumplida esta etapa sin necesidad de presentar nuevos documentos, pronunciamientos o resoluciones, debiendo solicitar a la Municipalidad de El MORDAZA, la Recepcion de Obras cuando las culminen. Articulo 5º.- Organos Competentes.En los procedimientos de habilitaciones urbanas, seran competentes:

a .- La Unidad de Administracion Documentaria y Archivo. b.- La Direccion de Asesoria Juridica. c.- La Direccion de Desarrollo Urbano. d.- La Comision Tecnica Calificadora y Dictaminadora de Habilitacion MORDAZA de El Agustino. e.- La Alcaldia. f .- La Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo 6º.- Definiciones.- Para los efectos de la presente ordenanza, se entendera por: - Planes Urbanos: Instrumentos Tecnico Normativos para la prevision y promocion de las acciones de acondicionamiento en cada Centro Poblado del ambito provincial y segun su nivel se orientaran basicamente en los aspectos de vialidad y transporte, saneamiento ambiental e infraestructura de servicios basicos, normas de zonificacion de Uso de Suelo MORDAZA, Equipamiento de Educacion Salud - Seguridad y Recreacion, Renovacion y Habilitaciones Urbanas. - Proyecto de Habilitacion MORDAZA : MORDAZA de transformacion de areas rusticas y/o eriazos a urbanas, mediante la dotacion de servicios, areas de vias, areas utiles (lotes) y aportes para servicios complementarios y recreacion publica. - Habilitacion MORDAZA : Comprende la delimitacion de lotes individuales, para servicios comunales, de areas verdes y el diseno de vias. Debe aprobarse conforme a los Planes de desarrollo local, entre otros el Plan de Desarrollo Provincial, Plan de Acondicionamiento Territorial y el Plan MORDAZA del distrito. - Viviendas Construidas : las edificaciones que cuenten con cimientos, muros, coberturas y un area techada no menor a 25 m2. Se entendera que el terreno objeto de la habilitacion MORDAZA cuenta con viviendas construidas, si el 50% de su area total se encuentra ocupada por viviendas, cuyas caracteristicas cumplen los referidos requisitos. - Aporte Reglamentario: es la entrega forzosa de una determinada porcion de terreno ubicado en la correspondiente habilitacion MORDAZA, respondiendo al mandato del Reglamento Nacional de Construcciones que detalla los aportes de areas (en porcentajes de sus areas brutas) para fines de recreacion publica, MORDAZA zonales y servicios publicos complementarios, en los diferentes tipos de habilitacion para uso de vivienda, en funcion de su MORDAZA de densidad. - Redencion del deficit de Aporte : solo para el caso de procedimiento de regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas con inexistencia de areas reservadas, es factible sustituir la obligacion de entrega por una de orden pecuniario a modo de compensacion, a favor de la Municipalidad de El MORDAZA Distrital y sera el equivalente al 10% del valor del area objeto de regularizacion. - Area Objeto de Regularizacion: la diferencia existente entre el aporte normativo y el area realmente aportada. Su valorizacion sera establecida mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. El area objeto de regularizacion sera prorrateada entre todos los propietarios de los lotes de habilitacion. - Catastro Municipal : constituye el registro de la propiedad inmueble del area MORDAZA y area rural, con la indicacion de sus caracteristicas fisicas, situacion economica y legal. Constituye informacion basica para fines de tributacion local, asi como para la planificacion y renovacion urbana. Articulo 7º.- De la Comision Tecnica.La Comision Tecnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de El MORDAZA, es la encargada de estudiar y dictaminar las solicitudes y expedientes tecnicos de habilitaciones urbanas que la Municipalidad de El MORDAZA remita para tal efecto. 7.1. Los integrantes de la Comision Tecnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de El Agustino: 1.- El Director de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, quien la presidira. 2.- El representante del Colegio de Arquitectos. 3.- El representante del Colegio de Ingenieros.

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