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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (13/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 217247 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de febrero de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Establecen procedimiento sobre auto- rización para ocupar el jardín de aisla- miento como extensión comercial ORDENANZA Nº 0125-MDSL San Luis, 7 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de San Luis en Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2002, aprobó por unani- midad el Informe Nº 0010-2002-MDSL-GDU de la Geren- cia de Desarrollo Urbano, sobre autorización del jardín de aislamiento como extensión comercial en el distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Artículo 191º, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política y administrativa; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades en el Artículo 3º señala que las Municipalidades representan al vecinda- rio, promueven la adecuada prestación de servicios públi- cos, fomentan el bienestar de los vecinos, así como el de- sarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción; Que, el inciso 3) del Artículo 65º de la norma acotada establece como función de las Municipalidades, velar por la conservación de la flora y fauna locales y promover ante las entidades respectivas las acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento nacional y recuperación de los recursos naturales ubicados en el territorio de su jurisdic- ción, asimismo el inciso 9) del mismo artículo faculta a las Municipalidades aprobar las normas sobre ornato; Que, en el distrito de San Luis, existen comercios que por necesidad de extensión de su área comercial ocupan los jardines de aislamiento, manteniendo el área verde; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferi- das en la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con el Informe Nº 0010-2002-MDSL-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Acuerdo de Conce- jo Nº 0013-2002-CDSL, se expide la siguiente: ORDENANZA SOBRE LA AUTORIZACIÓN DEL JARDÍN DE AISLAMIENTO COMO EXTENSIÓN COMERCIAL EN EL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene por objeto establecer el procedimiento mediante el cual se otor- gará la autorización para la ocupación del jardín de aisla- miento como extensión comercial en el distrito de San Luis. Artículo Segundo.- Establecer los siguientes requisi- tos para la autorización respectiva: -Solicitud dirigida al Alcalde. -Copia de la Licencia de Funcionamiento. -Copia del último recibo de pagos de arbitrios y predial al día. -Carta de compromiso de mantenimiento del área ver- de a utilizar. -Dibujo o fotomontaje del jardín de aislamiento. Artículo Tercero.- Establecer las siguientes restric- ciones para la presente autorización: -No se podrá delimitar el área de extensión comercial con ningún tipo de material a excepción de cerco vivo, sien- do aplicable la Ordenanza Nº 102-MDSL de fecha 4 de mayo del 2001. -Sólo se permitirá la autorización en avenidas del dis- trito, en ningún caso en pasajes o calles interiores de las urbanizaciones. -Queda prohibido el techado del jardín de aislamiento, sólo se permitirán toldos, los cuales serán desmontados o retirados al cerrar el establecimiento.-Los giros permitidos sólo serán los de sanguchería, comidas de paso, restaurantes y cafeterías. -Las autorizaciones serán otorgadas por el Alcalde y tendrán una vigencia máxima de 6 meses. Artículo Cuarto.- Establecer los siguientes derechos en nuevos soles: - Carpeta de trámite S/. 5.00 - Pago por derecho: 1% de la Unidad Impositiva Tributaria por cada metro cuadrado Artículo Quinto.- Incorporar en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA) el presente procedimiento. Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Ge- rencia de Finanzas, División de Comercialización y Con- trol, División de Obras Privadas y Catastro, y a la Policía Municipal, en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde 2931 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Autorizan a la Asociación de Vivienda "Mutualista Sanitaria del Perú" ejecutar obras de habilitación urbana en terre- no ubicado en el distrito RESOLUCIÓN Nº 114-2002-RASS Expediente Nº 000738-2002 M-2 Santiago de Surco, 8 de febrero de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El petitorio de la Asociación de Vivienda "Mu- tualista Sanitaria del Perú" sobre Modificación de Proyecto de Habilitación Urbana con Fines de Vivienda, concernien- te a las Manzanas del Lote Unico D-10 y D-11 para Uso de Vivienda Unifamiliar con un área neta de 10,288.80 m², Urbanización Santa María de Surco, distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 131-94-MLM/SMDU-DMDU de fecha 23.8.94 (fs. 17 a 21) se aprobó de conformidad con los planos signados con el Nº 112-94-MLM/DGO-DHU los Proyectos referentes a Trazado y Lotización, pavimentación de calzadas y aceras de ornamentación de los parques que ha presentado la Asociación de Vivienda Mutualista Sanitaria del Perú, de acuerdo con la autorización conferida por la Resolución Nº 067-91-MLM/SMDU-DMDU del 4.6.91 y Resolución Nº 049-94-MLM/SMDU-DMDU del 14.2.94, correspondiente a la Habilitación Urbana para Uso de Vivien- da "R-4" del terreno de 54,113.86 m²; Que, la Subdirección de Obras Privadas emite el Infor- me Nº 025-2002-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 42 a 45) indi- cando que la Asociación recurrente ha cumplido con los requisitos del TUPA, que el nuevo diseño quedó plasmado en 4 nuevas Manzanas con las características y denomi- naciones siguientes: Mz. D-10 con28 lotes Mz. D-10A con28 lotes Mz. D-11 con28 lotes Mz. D-11A con28 lotes ---------------------------------------- Total: 112 lotes---------------------------------------- Area Total: 10,288.80 m²