Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones
ANO: RUC:
FECHA PROB. CONV. VALOR MO- ESTIMADO MORDAZA UNIDAD MEDIDA CANTIDAD FUENTE NIVEL DE DESCENTRADE LIZACION Y DESCONFINANC. CENTRACION

Pag. 217231
2002 20131366371
UBIGEO Depart. Prov. Dist.

NOMBRE DE LA ENTIDAD SIGLAS
Nº REF MORDAZA DE MORDAZA OBJETO

OFICINA NACIONAL DE COOPERACION POPULAR COOPOP
CIIU SINTESIS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS

OBSERVACIONES

1

7

Servicio

6603 Contratacion de seguros de vehiculos y bienes patrimoniales 5190 Adquisicion de utiles de oficina 6200 Adquisicion de pasajes aereos mediante agencia de viajes 6410 Servicio de courier

Febrero

Soles

116,725.00

5

1

0

Organo descentralizado

15

01

01

2

8

Bien

Marzo

Soles

90,000.00

5

1

0

Organo descentralizado Organo descentralizado

15

01

01

3

7

Servicio

Marzo

Soles

145,000.00

5

1

0

15

01

01

4

8

Servicio

Marzo

Soles

24,000.00

5

1

0

Organo descentralizado Organo descentralizado Organo descentralizado

15

01

01

5

8

Servicio

1720 Elaboracion de uniformes para personal y SNP 5150 Adquisicion de Equipos de Computo, Computadoras e Impresoras 7412 Auditoria Externa al Ejercicio 2001 9300 Inventario de bienes patrimoniales 5122 Adquisicion de viveres para la Canasta Navidena

MORDAZA

Soles

96,000.00

5

1

0

15

01

01

6

8

Bien

MORDAZA

Soles

170,000.00

5

1

0

15

01

01

7

8

Servicio

MORDAZA

Soles

20,000.00

10

1

0

Organo descentralizado Organo descentralizado Organo descentralizado

15

01

01

8

8

Servicio

Octubre

Soles

70,000.00

10

1

0

15

01

01

9

8

Bien

Noviembre Soles

65,000.00

5

1

0

15

01

01

2950

OSINERG
Declaran fundado en parte recurso de reconsideracion interpuesto por Hidrandina S.A. contra la Res. OSINERG Nº 3079-2001-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 0306-2002-OS/CD MORDAZA, 5 de febrero de 2002 VISTOS: El recurso de reconsideracion interpuesto por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte Medio Sociedad Anonima - Hidrandina S.A. (en adelante "HIDRANDINA") contra la Resolucion OSINERG Nº 3079-2001-OS/CD publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de diciembre de 2001, que establecio la separacion del Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transporte (en adelante "CBPSL") y del Cargo Base de Peaje MORDAZA por Transformacion (en adelante "CBPST"), en sus respectivos componentes basicos; el Informe Tecnico GART/RGT Nº 006-2002 de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG"); el informe OSINERG-GART-AL2002-005 de la Asesoria Legal Interna y el Informe ALDC-005-2002 de la Asesoria Legal Externa. CONSIDERANDO: A.- EXTREMOS DEL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, HIDRANDINA en el recurso de reconsideracion solicita al OSINERG:

1. Se precise que los cargos CBPSL y CBPST remuneran la totalidad de las instalaciones de transmision (lineas de transmision, celdas de lineas de transmision, transformadores y celdas de transformacion) y no solo a una linea de transmision y/o sistema de transformacion, ya que estos sistemas equivalentes en realidad corresponden a un modelo que representa un sistema de transmision mas complejo, para cuya remuneracion se calcularon los cargos anteriormente senalados. 2. Que, cuando exista mas de un propietario de instalaciones de transmision (lineas de transmision, celdas de lineas de transmision, transformadores y celdas de transformacion), los ingresos por aplicacion de los cargos CBPSL y CBPST deberan repartirse de comun acuerdo entre las partes utilizando para ello el mejor criterio posible. B.- ANALISIS DEL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, en lo que respecta al primer extremo del recurso de reconsideracion, conforme a lo dispuesto por la Ley de Concesiones Electricas, la regulacion de los sistemas de transmision debe basarse sobre la configuracion de un Sistema de Transmision Economicamente Adaptado (en adelante "STEA"). En este sentido los cargos Base de Peaje MORDAZA por Transporte y de Peaje MORDAZA por Transformacion han sido estructurados para remunerar un sistema eficiente de transmision, o STEA, equivalente a los sistemas de transmision que existen en la realidad. Que, el sistema de peajes por transmision secundaria ha sido desarrollado de tal modo que todas las instalaciones de transmision se representan en terminos unicamente del modelo equivalente de lineas de transmision y/o sistemas de transformacion. Los cargos de peaje incluyen, en el caso del transporte, tanto las lineas de transmision como sus celdas de conexion a la subestacion. Tratandose de sistemas de transformacion, en el cargo de peaje se incluye, igualmente, tanto los transformadores asi como sus respectivas celdas de conexion. Que, para un mejor entendimiento, se muestran los sistemas de transmision equivalentes de transporte y transformacion:

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