Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

sentar todos los requisitos solicitados en los Arts. 9º y 10º de la presente ordenanza. Articulo 14º.- De los Aportes Reglamentarios.Las areas de aportes de las Habilitaciones Urbanas, destinadas para fines de recreacion publica y areas de servicios publicos complementarios destinados a otros fines corresponden su administracion a la Municipalidad de El Agustino. Las areas reservadas para los servicios publicos de salud, educacion corresponden al Ministerio de Salud y Ministerio de Educacion respectivamente. La Municipalidad de El MORDAZA comunicara al Ministerio de Salud y Ministerio de Educacion la existencia de las areas de aportes a favor de dichas entidades, como consecuencia de los tramites de Habilitacion MORDAZA administrados y para tal efecto los solicitantes de las habilitaciones extenderan en el Formulario Registral del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA o del Registro Predial MORDAZA, segun el caso, la transferencia del aporte correspondiente al Ministerio de Salud y Ministerio de Educacion, correspondiente. Solo para los casos del procedimiento de Regularizacion de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, debidamente comprobada la inexistencia de areas reservadas total o parcialmente para Aportes Reglamentarios, el solicitante procedera al pago de una compensacion en efectivo a favor de la Municipalidad de El MORDAZA, que sera el equivalente al valor del area objeto de regularizacion, pago a efectuarse en forma prorrateada entre todos los propietarios de los lotes de la habilitacion y de acuerdo a la valorizacion establecida por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, mediante Resolucion Ministerial. Articulo 15º.- De la Aprobacion de Recepcion de Obras.El solicitante presentara por Mesa de Partes de la Unidad deTramite Documentario la comunicacion escrita informando de la conclusion de las obras, suscrita por el y por el profesional responsable de las mismas. La Unidad de Tramite Documentario remitira la documentacion a la Direccion de Desarrollo MORDAZA para el tramite siguiente: a) Verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Articulo 9º, numeral 9.2, en el plazo no mayor de 10 dias calendario, disponiendo lo siguiente: a.1. fiscalizacion de las obras, si se cumplen los requisitos. a.2. devolucion de la solicitud, si falta alguno de los requisitos, con la indicacion expresa del requisito no cumplido. b) Realizar la fiscalizacion de las obras ejecutadas, las que deberan ajustarse a la Resolucion de Alcaldia de Aprobacion de Habilitacion MORDAZA, a los Planes de Desarrollo MORDAZA y a los requisitos tecnicos establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones. c) En caso de encontrarse conforme, remitira los actuados administrativos a la Oficina de Asesoria Juridica para que esta proyecte la Resolucion de Alcaldia aprobando la Recepcion de Obras. d) En caso de no encontrarse conforme, se remitira la Oficina de Asesoria Juridica para que proyecte la Resolucion de Alcaldia desaprobando la Recepcion de Obras, con la indicacion expresa de la no adecuacion a los Planes de Desarrollo o incumplimiento de los requisitos establecidos en el Articulo 9º, numeral 9.2. La fiscalizacion y las Resoluciones mencionadas en los numerales c) y d) deberan ser expedidas en el plazo no mayor de 30 dias calendario, contados desde la recepcion de la solicitud, caso contrario operara el silencio administrativo positivo. Articulo 16º.- De la Aprobacion de Recepcion de Obras con Modificacion.Se procedera de acuerdo a lo previsto en el Articulo precedente y en caso de expedirse Resolucion de Alcaldia aprobado la Recepcion de Obras con Modificacion, se remitira en plazo no mayor de 5 dias calendario, MORDAZA de dicha Resolucion a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA para que verifique si la

modificacion de las obras se adecuan a los Planes de Desarrollo Urbano. La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, emitira y notificara al solicitante y a la Municipalidad de El MORDAZA, la Resolucion en plazo no mayor de 30 dias utiles, resolviendo: a) Confirmar la Resolucion de Alcaldia de la Municipalidad de El MORDAZA, en caso de que las obras modificadas se adecuen a los Planes de Desarrollo Urbano. b) Rectificar de la Resolucion de Alcaldia de la Municipalidad de El MORDAZA, en caso de haberse determinado la falta de adecuacion de las obras modificadas. El solicitante podra optar por cumplir con los requisitos omitidos o impugnarla de acuerdo a lo previsto en el TUO de la Ley de Normas Generalmente de Procedimientos Administrativos. Las Resoluciones Metropolitanas, a que se refiere los literales a)y b), agotan la via administrativa. Articulo 17º.- De la Inscripcion Registral de Resolucion Aprobatoria de Recepcion de Obras.Para Declarar la Conformidad de Obra, el solicitante debera presentar la Resolucion aprobatoria emitida por la Municipalidad de El MORDAZA Metropolitana de MORDAZA, en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA o Registro Predial MORDAZA, segun corresponda. CAPITULO III DE LAS SANCIONES Articulo 18º.- De las Declaraciones Juradas.En caso que la Direccion de Fiscalizacion y Control compruebe la falsedad de la Declaracion (es) Jurada (s) presentada (s) por el solicitante, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 25035 de Simplificacion Administrativa y su Reglamento, a traves de la Oficina de Asesoria Juridica se procedera a efectuar la denuncia penal correspondiente contra este y comunicara al Colegio Profesional respectivo para que sancione al profesional que la suscribe. Independientemente de la denuncia penal, se procedera tambien a aplicar la multa pertinente y en el caso de no pagar se ejecutara el pago de la misma por la Oficina de Ejecutoria Coactiva. Articulo 19º.- Fiscalizacion Posterior.Solo procedera la fiscalizacion posterior de las Habilitaciones Urbanas Nuevas o Habilitaciones Urbanas Ejecutadas, aprobadas en aplicacion del silencio administrativo positivo. Para tal efecto la Direccion de Fiscalizacion y Control, en el plazo de 6 meses de realizada la inscripcion Registral, procedera a la fiscalizacion posterior y en caso de verificar que no es conforme legal y tecnicamente, informara a la Oficina de Asesoria Juridica para que este solicite judicialmente la anulacion del registro respectivo e informe al Colegio del Profesional responsable para que le imponga la sancion del caso. Articulo 20º.-De las Infracciones previstas en el Reglamento Nacional de Construcciones.A traves de la Direccion de Fiscalizacion y Control se efectuara la fiscalizacion y control en las habilitaciones urbanas nuevas, verificando el cumplimiento de la normatividad contenida en el Titulo I, Capitulo XX del Reglamento Nacional de Construcciones y se procedera a aplicar las sanciones establecidas en el acotado Reglamento. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Disponer la inclusion de los procedimientos administrativos aprobados en la presente Ordenanza, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de El MORDAZA, mediante la Ordenanza correspondiente. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

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