Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2002 (13/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de febrero de 2002

de Concurso Oferta, las cuales no consideraron como factor tecnico de evaluacion, el plazo de ejecucion y el precio ofertado, conforme lo establece el numeral 1) del Articulo 70º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM; Que, por tales consideraciones, PRONAMACHCS procedio mediante Resolucion Gerencial Nº 114-2001AG-PRONAMACHCS-GG a declarar la nulidad de oficio de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2001AG-PRONAMACHCS, por considerar que las bases administrativas han sido aprobadas en contravencion con las normas legales, causal tipificada en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que adicionalmente a ello, es necesario precisar que de conformidad con el ultimo parrafo del literal c) del numeral 2) del Articulo 46º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, CONSUCODE, emitira las disposiciones complementarias para los procesos de seleccion que se convoquen mediante las diferentes modalidades, como es la de Concurso Oferta, disposiciones que hasta la fecha no se han emitido y por ende su ejecucion resultaria inaplicable; Que, en el presente caso la convocatoria del MORDAZA de seleccion MORDAZA aludido se encuentra destinado a la elaboracion del expediente tecnico y construccion del tercero piso de PRONAMACHCS, situacion que actualmente conllevaria a un imposible juridico al no haber CONSUCODE reglamentado la modalidad de Concurso Oferta, conforme lo preve la precitada MORDAZA, siendo este otro sustento juridico para la declaracion de nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2001-AG-PRONAMACHCS; Que, mediante documentos de vistos CONSUCODE ha solicitado se indique a la etapa a la que se retrotrae el MORDAZA de seleccion al MORDAZA del Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y el Articulo 26º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, por lo que es procedente modificar la Resolucion Gerencial Nº 114-2001-AGPRONAMACHCS-GG, en el sentido que la nulidad se retrotraera a la etapa de la elaboracion de las bases; En uso de las atribuciones conferidas en el literal e) del Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del PRONAMACHCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2001-AG y de conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la parte Resolutiva de la Resolucion Gerencial Nº 114-2001-AG-PRONAMACHCS, en los siguientes terminos: "Declarar la nulidad de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2001-AG-PRONAMACHCS destinada a la elaboracion del expediente tecnico y construccion del tercer piso de PRONAMACHCS, bajo la modalidad de Concurso Oferta, por haberse dictado contraviniendo las normas legales vigentes y contener un imposible juridico, las mismas que constituyen causales previstas en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, retrotrayendose el MORDAZA a la etapa de la elaboracion de las bases". Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. IVANOE MORDAZA GATTI Gerente General Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos 2954

SECRETARIA DE DEFENSA NACIONAL
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2002
RESOLUCION JEFATURAL Nº 004-SDN-2002/E.1 MORDAZA, 15 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, es necesario contar con un documento de gestion que formalice y permita la adquisicion de Bienes y Servicios y otros gastos de capital, a fin de garantizar el normal funcionamiento de todos los Organos que conforman la Secretaria de Defensa Nacional y dar cumplimiento a las metas para el ano 2002; Que, el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Articulo 7º del Reglamento aprobados mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM respectivamente, establecen que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones en donde se prevean los bienes, servicios y obras que requiera la Entidad durante el ejercicio presupuestal, el mismo que debera ser aprobado por la MORDAZA autoridad administrativa; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Secretaria de Defensa Nacional propuesto para el ano 2002, ha sido formulado en funcion a la asignacion presupuestal para el referido ejercicio presupuestal; Que, estando a lo dispuesto en el Articulo 11º inciso "d" del D.S. Nº 058.1-92-PCM/SDN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Secretaria de Defensa Nacional para el Ejercicio Presupuestal correspondiente al ano 2002, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, debera estar a disposicion del publico interesado en la Oficina General de Administracion de esta Entidad de conformidad con el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA M. MORDAZA VALDIVIESO Jefe de la Secretaria de Defensa Nacional 2994

Designan Director General del Centro de Altos Estudios Militares
RESOLUCION JEFATURAL Nº 008-SDN-2002/F.1 MORDAZA, 22 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, habiendose producido cambios de colocacion de Oficiales Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas, se encuentra vacante el cargo de Director General del Centro de Altos Estudios Militares, organismo dependiente de la Secretaria de Defensa Nacional; Que, en consecuencia es necesario designar, al Funcionario que desempenara el mencionado cargo, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de la gestion Institucional; De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Decreto Supremo Nº 058.1-92-PCM/SDN; Estando a lo acordado;

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