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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (13/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 217240 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de febrero de 2002 Que, el Artículo 7º de la citada norma establece los beneficiarios del régimen de inafectación de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Sere- nazgo; Que, en atención a la situación de acreedores tributa- rios de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardi- nes Públicos y Serenazgo a cargo de los centros educati- vos de la jurisdicción del distrito de Ate, es necesario in- cluir dentro del régimen de inafectación del pago de los referidos arbitrios a los predios de propiedad de los indica- dos; Que, para los efectos que el caso amerita, resulta necesario la modificación de la Ordenanza Nº 017-00-MDA; Estando a lo dispuesto por el numeral 3) del Artículo 36º y los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Munici- palidades Nº 23853, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión de la fe- cha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 7º DE LA ORDENANZA Nº 017-00-MDA, INAFECTANDO DEL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES A LOS CENTROS EDUCATIVOS Artículo Único.- Inclúyese el inciso e), dentro del Artí- culo 7º, de la Ordenanza Nº 017-00-MDA, según el siguiente detalle: "e) Ministerio de Educación, cuyos predios estén destinados al funcionamiento de Centros Educativos". POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 3004 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Modifican procedimientos establecidos en el TUPA de la Municipalidad, aproba- dos mediante Ordenanza Nº 027-MDCH ORDENANZA Nº 035/MDCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS El Concejo Distrital de Chorrillos, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 027-MDCH de fecha 28 de junio del 2001, se aprobó el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad de Chorrillos para el año 2001, donde se consigne los derechos y requi- sitos a seguir por cada Procedimiento iniciado en esta Municipalidad; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima ha plan- teado observaciones a ciertos Procedimientos en los ru- bros señalados como requisitos y calificaciones, los mis- mos que se encuentran consignados en los ITEMS 01.00, 05.00, 13.00, 14.00 de la Unidad de Registro Civil; ITEMS 01.00 al 08.00 de la Unidad de Personal; ITEMS 04.00, 06.00, 07.00 de la División de Obras Privadas, e ITEMS 01.00, 03.00, 04.00, 05.00 de la División de Obras Públi- cas, Procedimientos que deben modificarse de acuerdo a las observaciones planteadas a efectos de ser ratificada por la Municipalidad de Lima Metropolitana; Que, el inciso 3) del Artículo 192º de la Constitución Política del Estado, concordante con lo dispuesto en la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, esta- blece que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, ar- bitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;Que, estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 192º de la Constitución Política del Estado, y de acuerdo a las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se aprobó por mayoría lo siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Modificar los Procedimientos establecidos en TUPA 2001, aprobado mediante Ordenanza Nº 027- MDCH, que señalan ciertos requisitos y calificaciones para los ITEMS 01.00, 05.00, 13.00, 14.00 de la Unidad de Re- gistro Civil; ITEMS 01.00 al 08.00 de la Unidad de Perso- nal; ITEMS 04.00, 06.00, 07.00 de la División de Obras Privadas, e ITEMS 01.00, 03.00, 04.00, 05.00 de la Divi- sión de Obras Públicas conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento a la presente Ordenanza a la Oficina de Secretaría General. Regístrese, comuníquese y publíquese. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 2999 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Aprueban Reglamentos de la Comisión Técnica Calificadora y Dictaminadora y de aprobación de Habilitaciones Ur- banas para fines de vivienda en el dis- trito (La Ordenanza de la referencia se publica a solicitud de la Secretaría General de la Municipalidad de El Agustino mediante Oficio Nº 077-SG-2002-MDEA, recibido el 8 de febrero de 2002.) ORDENANZA Nº 099-MDEA El Agustino, 15 de febrero de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: El Concejo Municipal de El Agustino en Sesión Ordina- ria del 15 de febrero del año 2001, con dispensa de apro- bación de acta: CONSIDERANDO: Que, con la Ley Nº 26878 se aprueba la Ley de Habili- taciones Urbanas que norman el procedimiento simplificado para la aprobación de las habilitaciones urbanas, la regula- rización de aquellas ejecutadas y que no han culminado con los trámites municipales respectivos; Que, la Dirección de Desarrollo Urbano de esta Munici- palidad, con Informe Técnico Nº 356-2000-DDU-MDEA, ha propuesto el Reglamento de la Comisión Técnica Califica- dora y Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas de El Agustino, así como el Reglamento de la Aprobación de las Habilitaciones Urbanas para fines de Vivienda en el distrito de El Agustino, que regulan los procedimientos administra- tivos, para una mejor aplicación de la Ley Nº 26878 y que es conveniente aprobar; Por tanto, estando a lo expuesto y en uso de las faculta- des que le confiere la Ley Nº 23853 - Orgánica de Munici- palidades, por votación en mayoría, el Concejo Municipal, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de la Comisión Técnica Calificadora y Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas de El Agustino, cuyo documento consta de 22 ar-