Norma Legal Oficial del día 19 de febrero del año 2002 (19/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

N° de orden Automatico procedimiento Nº 72

DENOMINACION DE PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

Derecho de Pago y Forma

CALIFICACION Evaluacion Previa Positivo Negativo

Dependencia donde se inicia el tramite

Autoridad Competente para Aprobacion

Recursos Administrativos

Pag. 217768

Valuadores en el el Registro

1/6 de la UIT

NORMAS LEGALES

fecha de expiracion de la MORDAZA habilitacion vigente, adjuntando la siguiente informacion y documentacion: 1. Relacion de valuaciones efectuadas en el ultimo periodo de habilitacion, indicando por lo menos el MORDAZA de bien, solicitante, fecha y monto de la valuacion realizada; 2. Relacion del personal autorizado acreditado o que requiera ser acreditado como tal por los peritos que MORDAZA personas juridicas. En el ultimo caso, se debera sustentar el cumplimiento de los requisitos previstos en el numeral 1 del articulo 3º del Reglamento aprobado por la Resolucion SBS Nº 880-97; 3. Declaracion jurada del perito de acuerdo al Formato 2-A o 2-B establecidos en la Resolucion SBS Nº 880-97, segun corresponda; 4. Declaracion jurada del personal autorizado del perito persona juridica, de acuerdo al Formato 2-A establecido en la Resolucion SBS Nº 880-97; 5. Pago de la contribucion anual de renovacion equivalente a 1/6 de la U.I.T. vigente. 6. Otra informacion o documentacion que esta Superintendencia considere pertinente; 6.1 Declaracion jurada de encontrarse habilitado para el ejercicio de la profesion en el colegio correspondiente; 6.2 Declaracion jurada de no presentar protestos en la Camara de Comercio. 6.3 Otros. Los peritos que no hayan renovado su inscripcion dentro del plazo MORDAZA senalado, quedaran automaticamente excluidos del REPEV. Las renovaciones de inscripcion seran otorgadas mediante una «Constancia de Inscripcion y Habilitacion» por un periodo de un ano a partir del vencimiento de la habilitacion precedente. La Superintendencia rechazara las solicitudes de renovacion que no cumplan con los requisitos MORDAZA senalados o cuando luego de la evaluacion correspondiente los titulares de las solicitudes no garanticen la idoneidad necesaria para realizar valuaciones de bienes. Para tal efecto, se tendra en cuenta los antecedentes de las valuaciones realizadas.

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Autorizacion para inscripcion de promotores de las AFP en el Registro

Base Legal: Articulos 10º al 12º del Reglamento de los Peritos Valuadores que prestan servicios a las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por la Resolucion SBS Nº 880-97, publicada el 19/12/1997. Articulo 41º y MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 27444, publicada el 11/04/2001. 1. Presentar solicitud dirigida a la Superintendencia. 2. Remision de informacion via SPPRED de acuerdo con las disposiciones de la Superintendencia. Inafecto X

Tramite Documentario

Registrador

No aplicable

MORDAZA, martes 19 de febrero de 2002

Base Legal: Articulos 36º y 37º del Titulo III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Gestion Empresarial, aprobado por la Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP, publicada el 13/02/1998. Articulo 31º del Titulo VIII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Registro, aprobado por la Resolucion Nº 115-98-EF/SAFP, publicada el 26/03/1998. Resolucion SBS Nº 007-2002, publicada el 09/01/2002.

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