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Pág. 218348 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de febrero de 2002 Carlos Orellana Sotelo, por los hechos expuestos en la par- te considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ Presidente 3979 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONTRALORÍA GENERAL Otorgan condecoración "Orden al Méri- to del Control" en la Clase de Gran Contralor a persona natural RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 028-2002-CG Lima, 25 de febrero de 2002 Visto el Acta Nº 002-2002-CONSEJO DE LA ORDEN de fecha 18 de febrero de 2002, mediante la cual se acordó el otorgamiento de las condecoraciones de la "Orden al Méri- to del Control"; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Contraloría Nº 032-89-CG de fecha 13 de enero de 1989, se creó la Condecoración "Or- den al Mérito del Control" como la más alta distinción hono- rífica de la Contraloría General de la República del Perú; y se aprobó el Reglamento de Condecoraciones, establecién- dose que la "Orden al Mérito del Control" se otorga en las clases de Gran Contralor, Gran Auditor y Auditor, a perso- nas naturales, nacionales o extranjeras, por su participa- ción en hechos importantes y servicios meritorios que hu- bieren contribuido destacadamente al cumplimiento de los objetivos del control; Que, el indicado reglamento precisa que el Consejo es el órgano Supremo de la Orden, tiene carácter permanente, lo preside el Contralor General y tiene entre sus facultades, la de acordar o denegar el otorgamiento de las condecora- ciones propuestas; Que, mediante Acta Nº 001-2002-CONSEJO DE LA ORDEN de fecha 29 de enero de 2002, el Consejo enco- mendó al Canciller de la Orden al Mérito del Control Sub- contralor General, la presentación de propuestas para el otorgamiento de la condecoración; Que, por el documento del visto, el Consejo de la Or- den, acordó el otorgamiento de la Condecoración "Orden al Mérito del Control" al señor César E. Salazar Souza-Fe- rreira, en la Clase de Gran Contralor, por su aporte en con- seguir que la Contraloría General de la República se trans- forme en el Organismo Superior de Control con arreglo a lo dispuesto por nuestra actual Constitución Política del Perú; En uso de las facultades otorgadas por el Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; y, de con- formidad con lo dispuesto por la Resolución de Contraloría Nº 032-89-CG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar la condecoración "Orden al Mérito del Control" en la Clase de Gran Contralor, al señor César E. Salazar Souza-Ferreira por las razones expuestas en parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución al interesado. Regístrese, comuníquese, publíquese, extiéndase el di- ploma y entréguese la medalla que correspondan GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 3970J N E Declaran que regidora del Concejo Pro- vincial de Tahuamanú continúa en ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 065-2002-JNE Lima, 26 de febrero de 2002 Expediente Nº 1096-2001 El expediente sobre vacancia del cargo de Regidor del Concejo Provincial de Tahuamanú, departamento de Ma- dre de Dios, que desempeña doña Mary Etna Jiménez Gó- mez, por la causal referida al impedimento de extranjeros de ejercer cargos municipales en circunscripciones de fron- tera; expediente que ha sido elevado el 22 de noviembre de 2001 por el Alcalde del Concejo Provincial de Tahuamanú, señor Celso Santiago Solís Lucero, por haber interpuesto la afectada recurso de revisión contra el Acuerdo de Sesión de Concejo Nº 004-2001 del 7 de septiembre de 2001 y la Resolución de Concejo Nº 25-MP/Tah-Alc-SG de la misma fecha, que declaran la vacancia en mención con el voto aprobatorio de cinco miembros del Concejo; Visto en sesión pública; CONSIDERANDO: Que doña Mary Etna Jiménez Gómez interpuso, en tiem- po hábil, recurso de revisión contra el acuerdo adoptado por el Concejo Provincial de Tahuamanú en la sesión extraordina- ria Nº 004-2001 celebrada el 7 de septiembre de 2001 y con- tra la Resolución de Concejo Nº 25-MP-Tah-Alc-SG de la mis- ma fecha que declaran la vacancia del cargo de Regidor que ejerce en dicha comuna; y, habiendo sido elevado el expe- diente municipal correspondiente, es menester analizar los fundamentos de la declaración de vacancia, la que invoca como causal sobreviviente la señalada en el inciso 10) del Artículo 23º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, a que nos remite el inciso 3) del Artículo 26º de la misma ley; Que dicha causal de vacancia está referida al impedi- mento que tienen los extranjeros de ejercer los cargos de Alcalde o Regidor en las Municipalidades Provinciales, Dis- tritales y Delegadas en zonas fronterizas; resultando en el presente caso, que se atribuye a doña Mary Etna Jiménez Gómez la calidad de extranjera, exhibiendo para tal efecto el documento obrante a fojas 27 que lleva por título "Certi- dao de Nascimento" extendido en la República del Brasil y que corresponde a la ciudadana brasileña de nombre Mary Etna Gomes Jimenez, afirmación que se efectúa no obstante que los apellidos consignados en este documento no coin- ciden con los de la Regidora de Tahuamanú; Que se ha efectuado la consulta en línea al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC consta- tándose que Mary Etna Jiménez Gómez tiene inscrito su nacimiento en la ciudad de Iñapari, provincia de Tahuama- nú, departamento de Madre de Dios, y por tanto, es ciuda- dana peruana por nacimiento, como lo son todos los naci- dos en el territorio de la República, tal como lo establece el Artículo 52º de la Constitución Política del Perú; Que, asimismo, a fojas 10 corre el Acta de Nacimiento Nº 24 extendida por el Concejo Provincial de Tahuamanú, donde quedó asentado el natalicio de la Regidora impugnante; no obrando en autos documento alguno expedido por autoridad competente que declare la falsedad de esta acta de nacimien- to, así como tampoco se acredita que Mary Etna Jiménez Gómez haya renunciado a la nacionalidad peruana; Que los fundamentos que sostienen el acuerdo del Con- cejo de la sesión extraordinaria Nº 004-2001 y la Resolu- ción de Concejo Nº 25-MP-Tah-Alc-SG sobre declaración de vacancia del cargo de la Regidora Mary Etna Jiménez Gómez han sido desvirtuados en los autos, resultando in- cuestionable la nacionalidad peruana que ésta ostenta, por lo que el recurso de revisión planteado por su parte debe ser declarado fundado; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de revi- sión interpuesto por doña Mary Etna Jiménez Gómez contra el acuerdo adoptado por el Concejo Provincial de Tahuamanú en la sesión extraordinaria Nº 004-2001 del 7 de septiembre de 2001 y contra la Resolución de Concejo Nº 25-MP-Tah-