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Pág. 226076 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 c) Componente Fiscal, cuyos beneficiarios son el Vi- ceministerio de Economía, a través de la Dirección Ge- neral de Política de Ingresos Públicos y el Viceministerio de Hacienda, a través de la Dirección Nacional del Pre- supuesto Público; 1.4Cada componente o beneficiario deberá designar un Coordinador, con autoridad y capacidad suficientes para la toma de decisiones, quien se encargará de cana- lizar a la UCPS la documentación correspondiente. 1.5Cada componente o beneficiario tendrá la respon- sabilidad de llevar a cabo los procesos de contratación de los estudios, consultorías y demás actividades pre- vistas en el Proyecto, con sujeción a las normas y proce- dimientos del BID, a las disposiciones del presente Re- glamento y a los Procedimientos Administrativos de la UCPS. 1.6 La UCPS podrá, con la previa no objeción del BID, introducir modificaciones en la estructura, detalle y mon- to de los estudios, actividades y contrataciones compren- didos en el Proyecto, siempre que se encuentren dentro del marco de los objetivos previstos en el Programa Sec- torial de Reforma Fiscal. II. Procedimiento para la Contratación de Consul- tores Individuales 2.1Para la selección de un consultor individual, el Coordinador de cada componente o entidad beneficiaria deberá evaluar a los posibles candidatos tomando en cuenta los términos de referencia, formación académica y experiencia profesional. Para el referido proceso de evaluación y selección se requerirá por lo menos tres (3) candidatos de similar nivel técnico. 2.2La solicitud para la contratación del consultor se- leccionado deberá ser remitida a la UCPS con un mínimo de quince (15) días de anticipación a la fecha de inicio de la prestación de servicios, indicando el plazo, términos de referencia y honorarios propuestos. La UCPS remitirá al BID la documentación completa con un plazo mínimo de 5 días hábiles anteriores a la fecha de iniciación del contrato, la cual deberá estar debidamente sustentada y acompañada de la Declaración Jurada-Certificado de Ele- gibilidad. Conjuntamente con lo señalado en el párrafo anterior, se deberá adjuntar un cuadro de evaluación de los candi- datos preseleccionados, la puntuación considerada para cada variable indicada en dicha evaluación, así como el currículum vitae de los mencionados candidatos. El currículum vitae de un consultor no podrá ser pre- sentado más de dos veces en los procesos de selección que realice un beneficiario. 2.3Los términos de referencia deberán, necesaria- mente, contribuir al cumplimiento de los objetivos del Pro- yecto y encontrarse enmarcados en las actividades se- ñaladas en el Anexo I de Resolución Ministerial que aprue- ba el presente Reglamento. Estos términos deben con- tener: - los objetivos específicos de la consultoría; - el perfil profesional del consultor; - una descripción clara y pormenorizada del trabajo por realizar con el detalle de los productos específicos a entregar, en el caso de las consultorías por productos; - el lugar donde se llevará a cabo; - los plazos previstos durante el período de la consul- toría, específicamente para la entrega de informes/pro- ductos requeridos, en el caso de las consultorías por pro- ductos; - los requisitos en materia de informes; - las exigencias en materia de viajes, si las hay, indi- cando el tiempo aproximado de permanencia en cada lu- gar; y, - la unidad y funcionario directamente responsable de la supervisión del trabajo. 2.4El consultor individual estará sujeto a lo siguien- te: a) Deberá ser ciudadano o residente permanente “bona fide” de un país miembro del BID. b) No podrá iniciar sus labores sino después que el respectivo contrato haya sido firmado por la UCPS. c) De no ser consultor nacional, deberá dar cumpli- miento, según corresponda, a las normas de inmigración,autorización de trabajo o visas del país. d) No será elegible si pertenece a la planta regular o temporal de la entidad beneficiaria de los servicios a ser contratados o ha pertenecido a ella durante los seis me- ses anteriores a una de las fechas siguientes: (i) fecha en que se presentó la solicitud de financiamiento o co- operación técnica y (ii) fecha fijada para la selección del consultor. e) No será elegible si ha formado parte del personal estable integrante de la estructura orgánica del BID den- tro de los dos últimos años y participó directa y principal- mente en la operación a la que se encuentra vinculada la contratación de los servicios de consultoría, salvo acuer- do escrito con el BID. 2.5La UCPS evaluará la documentación recibida y, en caso de aprobarla, elaborará el borrador de contrato, los que serán remitidos al BID para su no objeción. 2.6Luego de la no objeción del BID sobre los térmi- nos de referencia, plazo, honorarios profesionales y de- más cláusulas del contrato, la UCPS procederá a suscri- bir el contrato con el consultor seleccionado y remitirá copia al BID, conjuntamente con el Certificado de Elegi- bilidad debidamente suscrito por el consultor. 2.7En todo contrato suscrito con los consultores in- dividuales, el respectivo Coordinador deberá velar por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que competen a los beneficiarios de los recursos asignados al Proyecto. 2.8Los consultores individuales nacionales recibirán sus honorarios profesionales en la moneda local. Para este efecto se aplicará el tipo de cambio compra publica- do en El Peruano, en cada oportunidad de pago, por la Superintendencia de Banca y Seguros. 2.9En los contratos que estipulen informes parcia- les, se establecerá como condición para el pago propor- cional de los honorarios correspondientes, la previa apro- bación del referido informe por el Coordinador y la UCPS. 2.10No menos del 10% del total de los honorarios pactados con cargo a recursos procedentes del financia- miento, serán retenidos por la UCPS hasta la aprobación del Informe Final del consultor por el respectivo Coordi- nador, la UCPS y el BID, luego de lo cual se efectivizará dicho pago. 2.11Asimismo, al finalizar el período contractual, el consultor será evaluado por el Coordinador respectivo, utilizando el formato “Evaluación de Desempeño de Con- sultor Individual”, el cual deberá ser remitido al BID con- juntamente con el Informe Final. 2.12Las renovaciones de contrato serán solicitadas por el Coordinador con el debido sustento, indicando los nuevos términos de referencia, si los hubiere, y el perío- do por el que se extiende la duración del contrato. De considerarla procedente, la UCPS solicitará al BID su no objeción a la renovación. Asimismo, adjuntará la Evalua- ción de Desempeño del Consultor Individual y el Informe de actividades realizadas por el consultor a dicha fecha, el mismo que deberá contar con la aprobación del Coor- dinador y de la UCPS, y la justificación de las razones específicas que respaldan la necesidad de la renovación solicitada. Las solicitudes de renovación deben en todo caso ser remitidas al BID antes de que el plazo de con- tratación expire. III. Procedimiento para la Contratación de Firmas Consultoras 3.1El Coordinador respectivo someterá a la conside- ración de la UCPS, para que a su vez solicite la no obje- ción del BID, el procedimiento a utilizar en la selección y contratación de la firma consultora, incluyendo las fun- ciones que desempeñará dicho Coordinador en materias de revisión y aprobación de documentos, selección de una lista corta de firmas, clasificación por orden de méri- to a las firmas de la lista corta y aprobación de la firma seleccionada de conformidad con los procedimientos del BID en los procesos de contratación de firmas consulto- ras. 3.2El sistema de puntaje que se utilice para la selec- ción de las firmas incluirá: a) calificación y experiencia del personal que vaya a ser asignado; b) metodología para llevar a cabo la evaluación, cuan- do sea aplicable;