Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2002 (10/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2002

c) Componente Fiscal, cuyos beneficiarios son el Viceministerio de Economia, a traves de la Direccion General de Politica de Ingresos Publicos y el Viceministerio de Hacienda, a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; 1.4 Cada componente o beneficiario debera designar un Coordinador, con autoridad y capacidad suficientes para la toma de decisiones, quien se encargara de canalizar a la UCPS la documentacion correspondiente. 1.5 Cada componente o beneficiario tendra la responsabilidad de llevar a cabo los procesos de contratacion de los estudios, consultorias y demas actividades previstas en el Proyecto, con sujecion a las normas y procedimientos del BID, a las disposiciones del presente Reglamento y a los Procedimientos Administrativos de la UCPS. 1.6 La UCPS podra, con la previa no objecion del BID, introducir modificaciones en la estructura, detalle y monto de los estudios, actividades y contrataciones comprendidos en el Proyecto, siempre que se encuentren dentro del MORDAZA de los objetivos previstos en el Programa Sectorial de Reforma Fiscal. II. Procedimiento para la Contratacion de Consultores Individuales 2.1 Para la seleccion de un consultor individual, el Coordinador de cada componente o entidad beneficiaria debera evaluar a los posibles candidatos tomando en cuenta los terminos de referencia, formacion academica y experiencia profesional. Para el referido MORDAZA de evaluacion y seleccion se requerira por lo menos tres (3) candidatos de similar nivel tecnico. 2.2 La solicitud para la contratacion del consultor seleccionado debera ser remitida a la UCPS con un minimo de quince (15) dias de anticipacion a la fecha de inicio de la prestacion de servicios, indicando el plazo, terminos de referencia y honorarios propuestos. La UCPS remitira al BID la documentacion completa con un plazo minimo de 5 dias habiles anteriores a la fecha de iniciacion del contrato, la cual debera estar debidamente sustentada y acompanada de la Declaracion Jurada-Certificado de Elegibilidad. Conjuntamente con lo senalado en el parrafo anterior, se debera adjuntar un cuadro de evaluacion de los candidatos preseleccionados, la puntuacion considerada para cada variable indicada en dicha evaluacion, asi como el curriculum vitae de los mencionados candidatos. El curriculum vitae de un consultor no podra ser presentado mas de dos veces en los procesos de seleccion que realice un beneficiario. 2.3 Los terminos de referencia deberan, necesariamente, contribuir al cumplimiento de los objetivos del Proyecto y encontrarse enmarcados en las actividades senaladas en el Anexo I de Resolucion Ministerial que aprueba el presente Reglamento. Estos terminos deben contener: - los objetivos especificos de la consultoria; - el perfil profesional del consultor; - una descripcion MORDAZA y pormenorizada del trabajo por realizar con el detalle de los productos especificos a entregar, en el caso de las consultorias por productos; - el lugar donde se llevara a cabo; - los plazos previstos durante el periodo de la consultoria, especificamente para la entrega de informes/productos requeridos, en el caso de las consultorias por productos; - los requisitos en materia de informes; - las exigencias en materia de viajes, si las hay, indicando el tiempo aproximado de permanencia en cada lugar; y, - la unidad y funcionario directamente responsable de la supervision del trabajo. 2.4 El consultor individual estara sujeto a lo siguiente: a) Debera ser ciudadano o residente permanente "bona fide" de un MORDAZA miembro del BID. b) No podra iniciar sus labores sino despues que el respectivo contrato MORDAZA sido firmado por la UCPS. c) De no ser consultor nacional, debera dar cumplimiento, segun corresponda, a las normas de inmigracion,

autorizacion de trabajo o visas del pais. d) No sera elegible si pertenece a la planta regular o temporal de la entidad beneficiaria de los servicios a ser contratados o ha pertenecido a MORDAZA durante los seis meses anteriores a una de las fechas siguientes: (i) fecha en que se presento la solicitud de financiamiento o cooperacion tecnica y (ii) fecha fijada para la seleccion del consultor. e) No sera elegible si ha formado parte del personal estable integrante de la estructura organica del BID dentro de los dos ultimos anos y participo directa y principalmente en la operacion a la que se encuentra vinculada la contratacion de los servicios de consultoria, salvo acuerdo escrito con el BID. 2.5 La UCPS evaluara la documentacion recibida y, en caso de aprobarla, elaborara el borrador de contrato, los que seran remitidos al BID para su no objecion. 2.6 Luego de la no objecion del BID sobre los terminos de referencia, plazo, honorarios profesionales y demas clausulas del contrato, la UCPS procedera a suscribir el contrato con el consultor seleccionado y remitira MORDAZA al BID, conjuntamente con el Certificado de Elegibilidad debidamente suscrito por el consultor. 2.7 En todo contrato suscrito con los consultores individuales, el respectivo Coordinador debera velar por el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que competen a los beneficiarios de los recursos asignados al Proyecto. 2.8 Los consultores individuales nacionales recibiran sus honorarios profesionales en la moneda local. Para este efecto se aplicara el MORDAZA de cambio compra publicado en El Peruano, en cada oportunidad de pago, por la Superintendencia de Banca y Seguros. 2.9 En los contratos que estipulen informes parciales, se establecera como condicion para el pago proporcional de los honorarios correspondientes, la previa aprobacion del referido informe por el Coordinador y la UCPS. 2.10 No menos del 10% del total de los honorarios pactados con cargo a recursos procedentes del financiamiento, seran retenidos por la UCPS hasta la aprobacion del Informe Final del consultor por el respectivo Coordinador, la UCPS y el BID, luego de lo cual se efectivizara dicho pago. 2.11 Asimismo, al finalizar el periodo contractual, el consultor sera evaluado por el Coordinador respectivo, utilizando el formato "Evaluacion de Desempeno de Consultor Individual", el cual debera ser remitido al BID conjuntamente con el Informe Final. 2.12 Las renovaciones de contrato seran solicitadas por el Coordinador con el debido sustento, indicando los nuevos terminos de referencia, si los hubiere, y el periodo por el que se extiende la duracion del contrato. De considerarla procedente, la UCPS solicitara al BID su no objecion a la renovacion. Asimismo, adjuntara la Evaluacion de Desempeno del Consultor Individual y el Informe de actividades realizadas por el consultor a dicha fecha, el mismo que debera contar con la aprobacion del Coordinador y de la UCPS, y la justificacion de las razones especificas que respaldan la necesidad de la renovacion solicitada. Las solicitudes de renovacion deben en todo caso ser remitidas al BID MORDAZA de que el plazo de contratacion expire. III. Procedimiento para la Contratacion de Firmas Consultoras 3.1 El Coordinador respectivo sometera a la consideracion de la UCPS, para que a su vez solicite la no objecion del BID, el procedimiento a utilizar en la seleccion y contratacion de la firma consultora, incluyendo las funciones que desempenara dicho Coordinador en materias de revision y aprobacion de documentos, seleccion de una lista corta de firmas, clasificacion por orden de merito a las firmas de la lista corta y aprobacion de la firma seleccionada de conformidad con los procedimientos del BID en los procesos de contratacion de firmas consultoras. 3.2 El sistema de puntaje que se utilice para la seleccion de las firmas incluira: a) calificacion y experiencia del personal que vaya a ser asignado; b) metodologia para llevar a cabo la evaluacion, cuando sea aplicable;

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