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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2002 (10/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 226086 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO DE OFERTA DE PRECIOS Nº 01-2002-PE Artículo 1º.- Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente norma serán aplicables al Concurso Público de Oferta de Pre- cios Nº 01-2002-PE autorizada por Resolución Ministe- rial Nº 202-2002-PE y constituyen el marco legal para la elaboración de las Bases Administrativas y el desarrollo del proceso. Artículo 2º.- Del esfuerzo de pesca y cuota de cap- tura adjudicable. 2.1 Para efectos del Concurso Público de Oferta de Precios Nº 01-2002-PE, se establece como cuota total de captura nominal del recurso Calamar Gigante o Pota 15,000 TM. Asimismo, se establece como esfuerzo de pesca máximo 3,772 de Tonelaje Neto en total, para un período de pesca de tres (3) meses. Artículo 3º.- De la comisión de recepción y evalua- ción de concursos públicos para permisos de pesca. La recepción y evaluación de propuestas del Concur- so Público de Oferta de Precios Nº 01-2002-PE estará a cargo de la Comisión designada mediante Resolución Ministerial Nº 225-2002-PE, en adelante "La Comisión". Artículo 4º.- De las Bases Administrativas. 4.1 Las Bases Administrativas del Concurso Público de Oferta de Precios Nº 01-2002-PE serán propuestas por "La Comisión" y aprobadas por Resolución Ministerial y son de aplicación obligatoria para el Ministerio de Pes- quería y para los postores que intervienen. 4.2 Las Bases Administrativas deberán contener las siguientes disposiciones: a) El plazo de vigencia de permiso de pesca, la cual no será mayor al establecido en el Artículo 2º del presen- te reglamento; b) El esfuerzo total correspondiente a la temporada de pesca y la captura total adjudicable, de ser el caso; c) La unidad de medida del esfuerzo pesquero; para buques de bandera extranjera, deberá ser la consignada en el Certificado de Tonelaje Internacional; d) Valor base de los derechos de pesca por explota- ción del recurso por cada unidad de esfuerzo pesquero; y valor por cada tonelada de captura nominal trans- bordada; e) Condiciones para el pago de los derechos de pes- ca; f) Fecha de inicio del plazo de vigencia del permiso de pesca; g) La descripción de las cartas fianza que deberán presentarse para garantizar la propuesta por el equiva- lente al 10% del monto ofrecido por el postor, con vigen- cia hasta de 30 días calendario posteriores a la fecha de la apertura de sobres; h) La exigencia de la carta fianza que deberá pre- sentar el postor que obtenga la buena pro, por un valor equivalente al 25% del monto de ella, la que tendrá las características de solidaria, incondicional, irrevocable y de realización automática y sin beneficio de excusión; cuya vigencia se mantendrá, cuando menos, hasta los 30 días calendario posteriores al término de las opera- ciones del permiso de pesca, emitida por una entidad bancaria financiera o de seguros, reconocida por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú y a satis- facción del Ministerio de Pesquería. La formalidad para su presentación se regula en el Artículo 8º de la presente norma; i) Los demás requisitos y condiciones propios del Concurso, que se establezcan. Artículo 5º.- De la fijación del precio base. El valor base de los derechos de pesca por explo- tación del recurso Calamar Gigante o Pota por cada uni- dad de esfuerzo pesquero y valor por cada tonelada de captura nominal transbordada, será determinada por la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pes- quero del Ministerio de Pesquería, en base a un estudio técnico-económico realizado por dicha dependencia.Artículo 6º.- De la convocatoria. 6.1 La convocatoria se efectuará mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano y otro diario de circulación nacional por espacio de 2 días y, con una anticipación no menor de diez (10) días calendario a la fecha de recepción de las propuestas, así como deberá ser oficializada a través del Ministerio de Relaciones Ex- teriores a las embajadas peruanas en los principales países que disponen de flota especializada o con consu- midores de calamar gigante. 6.2 El aviso de convocatoria indicará lo siguiente: a) Objeto del concurso público, indicando el límite el esfuerzo de pesca y, de ser necesario, la captura total adjudicable para el período de vigencia de los permisos de pesca; b) Unidad de medida del esfuerzo pesquero motivo de la convocatoria; c) Duración de la temporada de pesca; d) Valor base del derecho de pesca por cada unidad de esfuerzo pesquero y el monto del derecho de pesca a pagar por cada tonelada métrica de captura nominal de calamar gigante o pota transbordada; e) Fecha, lugar de venta y precio de las bases ad- ministrativas; f) Lugar y fecha límite para presentación y absolución de consultas que efectúen los postores, entendiéndose por tales a quienes hubieran adquirido previamente las bases administrativas; y, g) Lugar, fecha y hora para la recepción de propuestas. 6.3 Las consultas que se efectúen deberán ser ab- sueltas por escrito y puestas a disposición de todos los postores a más tardar cinco (5) días calendario antes de la fecha de recepción de propuestas, en el mismo lugar en que se adquirieron las bases administrativas. 6.4 Por causas de fuerza mayor, "La Comisión" podrá postergar la fecha del acto de recepción de propuestas señalada en el aviso de convocatoria. En este caso, se comunicará la nueva fecha por el mismo medio por el cual se hizo la convocatoria o por escrito a todos y cada uno de los postores que hubieran adquirido las bases administrativas. 6.5 En caso de que el día señalado en la convoca- toria para el acto de recepción de propuestas resulte no laborable, éste se efectuará el primer día laborable si- guiente, de lo que se dejará constancia en el acta res- pectiva. Artículo 7º.- De los postores y sus propuestas. 7.1 Los postores podrán ser empresas o armadores nacionales y/o extranjeros que, a título propio o en repre- sentación, presenten una sola propuesta para el proceso de otorgamiento de permiso de pesca. 7.2 Los armadores extranjeros podrán participar directamente en el Concurso, debiendo acreditar el do- micilio y la representación legal con que cuentan en el país. 7.3 La presentación de las propuestas conlleva la ple- na aceptación, sin reservas ni limitaciones, de las nor- mas que regulan el Concurso, sin necesidad de declara- ción expresa por parte de los postores. 7.4 La presentación de propuestas requiere el previo cumplimiento de lo señalado en las Bases Administrati- vas del Concurso, así como los requisitos del Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministe- rio de Pesquería que resulten aplicables. 7.5 Un mismo buque no podrá estar incluido en más de una propuesta. En caso contrario, "La Comisión" po- drá, de estimarlo conveniente, solicitar a los postores su definición u optar por descartarla de las propuestas al referido buque. 7.6 Las propuestas se presentarán en sobre cerrado dirigido al Presidente de "La Comisión", según el formato establecido en las Bases Administrativas, adjuntando la documentación requerida en dichas Bases. Artículo 8º.- De las cartas fianza. 8.1 La carta fianza deberá estar incluida en el sobre en el cual se presente la propuesta. Las cartas conten- drán los términos a que se refiere el literal g) del numeral 4.2 del Artículo 4º del presente Reglamento.