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Pág. 226091 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 d) Administrar los ingresos y las reservas financieras, conjugando criterios de rentabilidad y riesgo. e) Evaluar y ejecutar las acciones financieras nece- sarias para la concertación de créditos a corto, mediano y largo plazo. f) Coordinar con las instituciones del sistema finan- ciero nacional sobre los términos de negociación para optimizar la rentabilidad de los fondos institucionales. g) Administrar los sistemas de inversiones financie- ras, tesorería, contabilidad, presupuesto, costos y segu- ros. h) Presentar los Estados Financieros al Directorio del FISSAL. i) Ejercer por delegación del Directorio la representa- ción legal del FISSAL. j) Organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de los Órganos de Línea de la institución. k) Proponer modificaciones a la estructura orgánica y funcional del FISSAL. l) Elaborar el Reglamento de Organización y Funcio- nes del FISSAL y los demás reglamentos internos para proponerlos al Directorio. m) Presentar el Presupuesto Anual, el Balance Gene- ral, la Memoria Anual y el Plan Operativo al Directorio para su aprobación. n) Coordinar las relaciones del FISSAL con los Pode- res del Estado, Organismos Públicos, Privados, Nacio- nales o del Exterior. o) Designar y remover a los funcionarios de los Órganos de Línea del FISSAL, con conocimiento del Directorio. p) Celebrar Convenios de Cooperación Técnica o de cualquier otra índole, con entidades nacionales o extran- jeras, previa aprobación del Directorio. q) Efectuar las demás funciones que le confiera el Di- rectorio y otras normas legales. TÍTULO III DEL RÉGIMEN LABORAL Artículo Décimo Sexto.- Régimen Laboral.- Los tra- bajadores del FISSAL están comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada. Artículo Décimo Sétimo.- Política de Personal.- La política de personal del FISSAL y sus remuneraciones serán aprobadas por el Directorio. TÍTULO IV DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO Artículo Décimo Octavo.- Recursos.- Son recursos del FISSAL: a) Las donaciones y otras contribuciones no reem- bolsables de los Gobiernos, Organismos Internaciona- les, Fundaciones y otros, así como los provenientes de la Cooperación Técnica Internacional. b) Los aportes de Instituciones Públicas o Privadas. c) Los aportes de Personas Naturales. d) Los ingresos financieros que genere la administra- ción de sus propios recursos. e) Otros recursos financieros que se establezcan a través de la norma legal respectiva. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los aspectos que no estén previstos en este Estatuto serán resueltos por el Directorio. Segunda.- En caso que por ley se disuelva el FISSAL, sus recursos pasarán al Seguro Integral de Salud o a la entidad que lo substituya en sus finalidades y objetivos. ANEXO 3 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL ÍNDICE TÍTULO I NATURALEZA Y FINES, OBJETO, ÁMBITO Y FUNCIONES GENERALES CAPÍTULO I De la Naturaleza y Fines CAPÍTULO II Del ObjetoCAPÍTULO III Del Ámbito CAPÍTULO IV De las Funciones Generales TÍTULO II DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, FUNCIO- NES Y ATRIBUCIONES CAPÍTULO I De la Estructura Orgánica CAPÍTULO II Del Directorio CAPÍTULO III Del Órgano de Control CAPÍTULO IV Del Órgano de Asesoramiento CAPÍTULO V De los Órganos de Línea TÍTULO III DE LAS RELACIONES ORGANIGRAMA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL TÍTULO I NATURALEZA Y FINES, OBJETO, ÁMBITO Y FUNCIONES GENERALES CAPÍTULO I DE LA NATURALEZA Y FINES Artículo Primero .- El Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL, es una persona jurídica de derecho pri- vado, de duración indeterminada, adscrita al Ministerio de Salud. Los recursos y bienes del fondo son intangi- bles y no serán destinados a fines distintos a los previs- tos. Artículo Segundo .- El FISSAL tiene por finalidad com- plementar la financiación de las prestaciones de salud de calidad para los grupos poblacionales excluidos de las formas de seguro de salud existentes. CAPÍTULO II DEL OBJETO Artículo Tercero .- El objeto del FISSAL es obtener y administrar los recursos que permitan cofinanciar las ac- tividades del Seguro Integral de Salud (SIS). Artículo Cuarto .- La organización y gestión del FIS- SAL, cuyos fines y objetivos se encuentran reconocidos por Ley, están orientados permanentemente al financia- miento oportuno, integral, eficaz y de calidad de los ser- vicios y beneficios que corresponden a los pobladores que se encuentran comprendidos en los alcances del SIS. Artículo Quinto .- El presente Reglamento de Orga- nización y Funciones es el documento de gestión que define la estructura orgánica del FISSAL y específica las funciones generales de sus Órganos de Dirección, de Control, de Asesoramiento y de Línea. Artículo Sexto .- La aplicación de este Reglamento abarca a toda la organización del FISSAL. CAPÍTULO III DEL ÁMBITO Artículo Sétimo .- El ámbito del FISSAL es de carác- ter nacional y tiene su sede principal en la ciudad de Lima. CAPÍTULO IV DE LAS FUNCIONES GENERALES Artículo Octavo .- El FISSAL tiene las funciones ge- nerales siguientes: a) Formular los lineamientos de política institucional en materia de captación y administración de fondos, fi- nanciamiento, presupuesto, inversiones financieras, con- tabilidad, costos y seguros. b) Promover la captación de recursos para el cumpli- miento de sus fines c) Normar, supervisar y evaluar los procesos técnicos de formulación, ejecución y evaluación del presupuesto institucional. d) Administrar, supervisar y controlar los ingresos de la institución, conjugando la rentabilidad y el riesgo. e) Evaluar y ejecutar las acciones financieras nece- sarias para la concertación de créditos a corto, mediano y largo plazo.