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Pág. 226077 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 c) plan de ejecución propuesto; d) calendario de ejecución; e) dominio del idioma; y, f) sistemas de apoyo gerencial para garantizar el con- trol de calidad durante la ejecución de la consultoría (in- formes regulares, controles presupuestarios, etc.) 3.3Se hará referencia específica a los requisitos tri- butarios y procedimientos del BID que puedan ser perti- nentes para la selección y contratación de la firma con- sultora y, supletoriamente, a la legislación local. 3.4Adicionalmente al procedimiento a emplear en la contratación de firmas consultoras, el Coordinador debe- rá presentar: a) términos de referencia (especificaciones) que des- criban el trabajo que vaya a ser realizado por la firma y un cálculo de su costo; y, b) una lista con no menos de tres (3) ni más de seis (6) firmas a las que se invitará a presentar propuestas, incluyendo una explicación breve de las razones que sus- tentan la elección de dichas firmas e información general sobre éstas. Para este efecto, deberán tenerse en cuen- ta factores como antecedentes generales de la firma, tra- bajos similares realizados, experiencia previa en el país donde deben prestarse los servicios, o en países con un grado de desarrollo económico similar, dominio del idio- ma y utilización de consultores locales. 3.5Luego que el BID haya otorgado su no objeción, se invitará a las firmas seleccionadas a presentar pro- puestas de conformidad con los procedimientos y térmi- nos de referencia aprobados. 3.6Las formalidades para los procedimientos de se- lección y otorgamiento de buena pro a las firmas que califiquen se sujetarán a lo dispuesto en el presente Re- glamento subsidiariamente en los procedimientos del BID y, en lo no previsto, a la legislación local. 3.7El contrato será suscrito entre la firma selecciona- da y la UCPS, luego que el BID otorgue la correspondien- te no objeción. En el caso de contratos de consultorías especializadas, la UCPS podrá solicitar la intervención del respectivo Coordinador, para efecto del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades que competen al be- neficiario de los recursos asignados al Proyecto. 3.8Los contratos deberán prever la constitución de las garantías necesarias que respalden el fiel cumplimien- to de las obligaciones asumidas por las firmas consulto- ras. 3.9Es responsabilidad del Coordinador de cada com- ponente o beneficiario verificar el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por las firmas con- sultoras. 3.10Los pagos parciales acordados contractualmen- te serán realizados por la UCPS previa conformidad del Coordinador respecto a los servicios prestados e infor- mes presentados, si fuere el caso. El pago final se suje- tará a la aprobación del respectivo informe final, por el Coordinador, la UCPS y el BID. 3.11Al finalizar el período contractual, la firma con- sultora será evaluada por el respectivo Coordinador, utili- zando el formato “Evaluación de Desempeño de Firmas Consultoras”, el cual deberá ser remitido al BID conjun- tamente con el informe final. IV. Pasajes y Viáticos El otorgamiento de pasajes y viáticos, en los casos que estuvieran previstos, se sujetará a lo establecido en la legislación local aplicables y a los Procedimientos Ad- ministrativos de la UCPS. V. Encargos Con el objeto de facilitar la ejecución de los recursos asignados al componente o beneficiario, la UCPS podrá efectuar transferencias de fondos, bajo la modalidad de encargos, con sujeción a lo establecido en los Procedimien- tos Administrativos de dicha Unidad y a la normatividad aplicable. La utilización de esta modalidad deberá contar, en todos los casos, con la previa no objeción del BID. VI. Facturación e Impuestos Los aspectos relacionados con la facturación e im- puestos se sujetan a lo establecido sobre el particular enlos Procedimientos Administrativos de la UCPS. En cual- quier caso, los impuestos indirectos deberán ser asumi- dos con recursos propios de cada beneficiario. VII. Financiamiento provisional La utilización por la UCPS de recursos de otras fuen- tes para financiar provisionalmente el cumplimiento de las actividades del Proyecto se sujetará a las disposicio- nes del presente Reglamento. VIII. Seguimiento del Proyecto e informe de gas- tos al BID Corresponde a la UCPS efectuar el seguimiento del Proyecto e informar al menos semestralmente al BID so- bre el avance en su ejecución, así como el detalle de los gastos efectuados con cargo a los recursos asignados. IX. Auditoría del Proyecto “Reforma Fiscal” La UCPS dispondrá la realización del examen de los estados financieros y de la aplicación de los recursos del Proyecto, dentro de los plazos y de conformidad con las disposiciones aplicables a los proyectos que ejecuta con financiamiento del BID. El examen deberá realizarse anualmente y dentro de los tres meses siguientes al término de la aplicación de los recursos, por una firma de auditores independientes, elegibles conforme a las disposiciones sobre auditoría aplicadas por el BID. El gasto que demande la realización de la auditoría será atendido con recursos del MEF, no pudiendo utili- zarse al efecto recursos asignados al Proyecto. X. Disposición Final En todo lo no previsto en el presente Reglamento Ope- rativo se aplicarán las disposiciones, procedimientos y reglamentaciones dictadas por el BID y los Procedimien- tos Administrativos de la UCPS. 12101 EDUCACIÓN Exceptúan al Ministerio de lo dispues- to en el D.U. Nº 030-2002, en caso de viajes de integrantes del Proyecto Huas- carán y del Proyecto de Educación Ru- ral, uso de telefonía móvil y publica- ciones RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2002-ED Lima, 9 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se aprobaron las medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002; Que, por Decreto de Urgencia Nº 033-2002 se es- tablece la posibilidad de aprobación de excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto pú- blico para el año 2002 a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, con el propósito de promover programas de de- mocratización de la educación que permitan un mayor aprendizaje y actualización educativa y con el objeto de aumentar la calidad y competitividad de los individuos se han creado nuevos programas de envergadura nacional como el Proyecto Huascarán, y el Proyecto de Educa- ción Rural, los mismos que son prioridades de la política educativa del actual gobierno; Que para el cumplimiento efectivo de las metas traza- das por el Ministerio de Educación, resulta necesario exceptuarlo de la aplicación de lo dispuesto en los nume- rales 3.1, 3.2 y 3.4 del Artículo 3º del Decreto de Urgen- cia Nº 030-2002 y en el Artículo 1º de la Resolución Mi- nisterial Nº 264-2002-EF/10, para algunos supuestos de hecho;