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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2002 (10/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 226081 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de julio de 2002 cial a la persona del locador, ya sea por sus caracte- rísticas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, con Hoja de Coordinación Interna Nº 258-2002- ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto emite opinión favo- rable con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolución; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 699-2002-ME/SG-OAJ, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 113º del Reglamen- to de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en su Artículo 113º, dispone que las resoluciones o acuerdos que aprueben la exonera- ción de los procesos de selección, al amparo de las cau- sales contenidas en el Art. 19º de la Ley requieren obli- gatoriamente un informe técnico-legal previo, emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad; el mismo que contendrá la justificación técnica y legal de la adquisición o contratación y la necesidad de la exonera- ción, contemplará criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad; Que, de conformidad con el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones o adquisiciones que se realicen de conformidad con lo previsto en el Art. 19º de la misma ley, se aprobarán mediante Resolución del Titu- lar del Pliego de la Entidad y se publicará en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la copia de dicha Resolu- ción y el Informe que lo sustenta deberán remitirse a la Contraloría General de la República, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) días calen- dario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, teniendo en cuenta la calidad profesional de los señores Eduardo Manuel Escorza Hoyle y Osmar Gonza- les Alvarado y observando lo previsto en la ley, se hace necesaria la contratación de los mencionados profesiona- les, por servicios personalísimos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 012-2001-PCM, Nº 013-2001-PCM y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCO- DE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-2001-CON- SUCODE-PRE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonérese al Ministerio de Educación, de los procesos de selección de Adjudicación Directa Pública y Selectiva, respectivamente, y autorízase a con- tratar a través de la modalidad de Adjudicación de Menor Cuantía, a los señores Eduardo Manuel Escorza Hoyle y Osmar Gonzales Alvarado, por los valores referenciales de S/. 85 750,00 (Ochenticinco Mil Setecientos Cincuen- ta y 00/100 Nuevos Soles) y S/. 73 500,00 (Setentitrés Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), respectivamente. Artículo 2º.- Realícese a través de la Unidad de Abastecimiento del Ministerio de Educación, las contra- taciones que se efectúen en virtud de la presente Resolu- ción, de conformidad con las normas del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y su Reglamento, bajo responsabilidad del Titular aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- El egreso que irrogue la contratación de la exoneración a que se refieren los artículos preceden- tes, será con cargo a la cadena funcional: Fuente de Financiamiento 00; Función 03, Administración y Planeamiento; Programa 006, Planeamiento Guberna- mental; Subprograma 0005, Supervisión y Coordinación Superior; Actividad 100110, Conducción y Orientación Superior; Componente 30010, Acciones de la Alta Direc- ción (Correlativo de Meta 0001); de la Unidad Ejecutora 024; del Pliego 010 - Ministerio de Educación. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución y sus antecedentes a la Contraloría General de la Repúbli- ca dentro de los diez (10) días calendario, siguientes a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 12195Califican como prioritario el Proyecto de la Nueva Sede Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú y declaran viable su ejecución RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2002-ED Lima, 28 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-90-EF se declara de necesidad y utilidad pública y de preferente interés nacional, la construcción y equipamiento de la Nueva Sede Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2000-EF/ 10 que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva Nº 002-2000-EF/68.01, se- ñala a la Biblioteca Nacional del Perú como Entidad del Estado que puede ejecutar Proyectos de Inversión Pública; Que, es de necesidad sustentada la continuidad y culminación de la construcción de la Nueva Sede Institu- cional de la Biblioteca Nacional del Perú, contándose para el efecto, con el Expediente Técnico detallado; Que, la construcción de la Nueva Sede Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú se encuentra en el marco de los Planes Estratégicos del Sector; Que, la Ley del Sistema Nacional de Inversión Públi- ca, Ley Nº 27293, establece en su Artículo 10º que el Ministro constituye el órgano resolutivo de cada sector y autoriza la ejecución de Proyectos de Inversión Pública; Que, asimismo, el citado artículo dispone que las Ofi- cinas de Programación de Proyectos e Inversiones de cada Sector deben dar prioridad a los Proyectos de In- versión Pública que se encuentran en la fase de Inver- sión y que el Órgano Resolutivo de cada Sector autoriza- rá la priorización de los Proyectos de Inversión Pública; Que, el Artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 182- 2000-EF/10 delega la facultad de la Oficina de Inversio- nes del Ministerio de Economía y Finanzas para declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública que ejecuten las entidades y empresas señaladas en su Cua- dro Nº 01, entre las que se encuentra la Biblioteca Nacio- nal del Perú, a los Órganos Resolutivos de los Sectores a los que pertenecen; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; y Resolución Ministerial Nº 182- 2000-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Calificar como prioritario el Proyecto de la Nueva Sede Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú. Artículo 2º.- Declarar viable la ejecución de la Nueva Sede Institucional de la Biblioteca Nacional del Perú como Proyecto de Inversión Pública. Regístrese, comuníquese y publíquese. NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 12161 Autorizan viaje a la Jefa del INABEC para participar en Misión Técnica para estudiar posibles alianzas con Organis- mos Multilaterales e Internacionales, a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 428-2002-ED Lima, 9 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante documento Nº D.E./0590/2002, el Di- rector Ejecutivo de la Asociación Panamericana de