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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (01/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 224058 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de junio de 2002 promovidas por doña V ICTORIA ICHACCAYA HUAYBAS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 330-2001-A/MDC la Munici- palidad Distrital de Carabayllo, remite copia simple del Ex- pediente Administrativo Nº 3482-2000-I, por el cual doña VICTORIA ICHACCAYA HUAYBAS ha obtenido las Reso- luciones de Alcaldía Nºs. 392-99-MDC y 331-2000-A/MDC, de fechas 1 de setiembre de 1999 y 19 de octubre de 2000, respectivamente, por las que se aprueban los Proyectos de Habilitación Urbana Nueva, de conformidad con el Pla- no signado con el Nº 005-99-MDC/CDHU, del terreno de 30,000.00 m2 para Uso Residencial de Densidad Media "R-4", ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y de- partamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 301-2001-MML/DMDU/DHU/ DRD, de fecha 26 de noviembre de 2001, se señala que el Certificado de Zonificación y Vías Nº 104-95-MLM/SMDU- DMDU, de fecha 14 de marzo de 1995, califica al terreno del recurso para Uso Residencial de Densidad Media "R- 4", en su mayor extensión y como Comercio Sectorial "C- 3"; asimismo, se ha verificado en la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano que la zonificación vigente al mo- mento de emitirse el Informe Técnico e inclusive la Resolu- ción de Alcaldía que aprueba los Proyectos era Vivienda Taller "I1-R4" y Comercio Sectorial "C-3", la cual se man- tiene vigente hasta la fecha; de igual modo, conforme al certificado aludido el terreno materia de habilitación se en- cuentra afectado por la Sección Vial A-26 con 68.00 mts., correspondiente a la Av. Universitaria, la misma que forma parte del Plan del Sistema Vial Metropolitano, habiéndose verificado que, de acuerdo a dicho Plan vigente, la sección vial de la Av. Universitaria en el sector involucrado es Sec- ción A 50d con 66.00 mts., la misma que corresponde al tramo Av. Metropolitana - Av. Túpac Amaru. Finalmente se señala que existen lotes menores a las áreas reglamenta- rias no cumpliendo con lo establecido en el Artículo II.4.4.1 del Reglamento Nacional de Construcciones; Que, la Comisión Metropolitana de Habilitación Urba- na, mediante Acuerdo Nº 04, tomado en Sesión Nº 023- 2001, de fecha 3 de diciembre de 2001, recomendó No Ratificar las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 392-1999-MDC y 331-2000-A/MDC, de fechas 1 de setiembre de 1999 y 19 de octubre de 2000, respectivamente, por no cumplir con los planes urbanos respecto a la zonificación y área de lo- tes normativos para Comercio Sectorial "C-3" y Vivienda Taller "I1-R4"; Con el visto bueno de la Dirección de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Técnico Legal, con lo recomen- dado por la Dirección de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica Nº 23853, Ordenanzas Municipales Nºs. 133 y 273 y Edicto Metropolitano Nº 021; RESUELVE: Artículo Primero.- NO RATIFICAR las Resoluciones de Alcaldía Nºs. 392-1999-MDC y 331-2000-A/MDC, de fechas 1 de setiembre de 1999 y 19 de octubre de 2000, respectivamente, emitidas por la Municipalidad Distrital de Carabayllo, pro lo expuesto en el segundo y tercer consi- derando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la devolución de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Dis- trital de Carabayllo a efecto de levantar la observación for- mulada por la Comisión Metropolitana de Habilitaciones Urbanas. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolu- ción a la Municipalidad Distrital de Carabayllo, y al Registro Predial Urbano de Lima, para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de la Secretaría General de Concejo, dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma. Comuníquese, regístrese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 9798Cancelan en forma definitiva a persona natural autorización de conductor del Servicio de Taxi Metropolitano DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 184-02-MML/DMTU-DGTE-DEAR Lima, 26 de marzo de 2002 VISTO, el Informe Nº 24-02-MML/DMTU-DGTO de fe- cha 21 de marzo del 2002 de investigación de accidentes de tránsito de la Dirección General de Tránsito, el Informe Nº 18-02-MML/DMTU-DGTE-DSCS-DIS de fecha 21 de marzo del 2002 de la División de Investigación y Sanciones de la Dirección de Supervisión, Control y Sanciones y la Ocurrencia Policial Nº 28 de fecha 19 de marzo del 2002 de la Comisaría de Surquillo, sobre el accidente de tránsito ocurrido el día 19 de marzo del 2002 en el que participara el vehículo de taxi de placa AIQ-134, autorizado a prestar servicio mediante Certificado de Operación Nº 001639 y conducido por el Sr. BRUNO ÑAHUI MARTÍNEZ, autoriza- do con Credencial Nº 1021637; CONSIDERANDO: Que, de los informes y documento policial señalados en la parte expositiva de la presente resolución, se conclu- ye en que, la acción negligente del Sr. BRUNO ÑAHUI MARTÍNEZ, conductor del vehículo de taxi AIQ-134, dio como producto de la misma, el atropello a 4 efectivos de la Policía Nacional del Perú encargados del control del Trán- sito, con la consecuencia de uno de ellos fallecido y los otros tres heridos de gravedad; Que, el conducir vehículos de uso particular y en espe- cial vehículos de servicio público habiendo bebido licor, constituye un acto de negligencia inexcusable, máxime si como producto de esta irresponsable acción, ha fallecido una persona y tres de ellas han resultado heridas de consi- deración; Que, es prioridad de esta autoridad municipal el velar por que el servicio de transporte que se brinda en nuestra ciudad capital sea ordenado y seguro; razón por la cual, es necesario imponer las sanciones que por la comisión de infracciones o de las disposiciones legales vigentes corres- ponde; Que, el Artículo 23º de la Ordenanza Municipal Nº 196 (Reglamento del Servicio de Taxi Metropolitano), señala que la autorización para conducir vehículos de taxi en la pro- vincia de Lima, es un documento que otorga la Municipali- dad Metropolitana de Lima para prestar el servicio de taxi, dicha autorización recibe la denominación de Credencial del Conductor de Taxi; Que, la Ordenanza Municipal Nº 360, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Muni- cipalidad Metropolitana de Lima, establece que el órgano encargado de otorgar la autorización del conductor del Servicio de Taxi Metropolitano, es la Dirección de Estudios, Autorizaciones y Registros; Que, el Artículo 27º, inciso 3) de la Ordenanza Mundial Nº 196, señala que, la credencial del conductor será can- celada en forma definitiva, por registrar accidentes graves causados por NEGLIGENCIA; De conformidad, con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la Ley General de Transporte y Tránsito Nº 27181, la Ordenanza Municipal Nº 196 y demás disposiciones per- tinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CANCELAR en forma definitiva la Autorización de Conductor del Servicio de Taxi Metropoli- tano, otorgada al Sr. BRUNO ÑAHUI MARTÍNEZ, con Cre- dencial Nº 1021637. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, al Ministerio Público, a la Policía Nacio- nal del Perú y a la Dirección de Supervisión, C ontrol y Sanciones de la Dirección Municipal de Transporte Ur-