TEXTO PAGINA: 64
Pág. 224062 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de junio de 2002 Modifican artículo del Acuerdo de Concejo Nº 66-2001-ACSS ACUERDO DE CONCEJO Nº 37-2002-ACSS Santiago de Surco, 28 de mayo de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco en Sesión Extraordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 009-2002- CDU/MSS de la Comisión de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que, con fecha 15.NOV.2001 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Acuerdo de Concejo Nº 66-2002-ACSS mediante el cual se autorizó a llevar a cabo la rehabilita- ción de la urbanización La Capullana, disponiendo que la Dirección de Desarrollo Urbano elabore el proyecto perti- nente; asimismo, se dispuso suspender por el plazo de seis (6) meses la imposición y ejecución de las sanciones de demolición ordenadas contra inmuebles ubicados en la ur- banización La Capullana, plazo que empezó a regir el 16.NOV.2002; Que, a la fecha la formulación del proyecto de Rehabili- tación y Adecuación Urbanística de la urbanización La Ca- pullana se ha concluido, encontrándose pendiente la valo- rización de las áreas ocupadas, la que se encuentra a car- go del Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y contar con la opinión vecinal respecto del mismo, siendo por ello necesario ampliar el plazo dispuesto en el Acuerdo de Con- cejo Nº 66-2001-ACSS, a fin de concluir satisfactoriamente con dicho procedimiento; Que, asimismo, también resulta necesario prorrogar la suspensión de la imposición y ejecución de las sancio- nes administrativas contra inmuebles ubicados en la urbanización La Capullana, en tanto la aplicación de las mismas constituye contrasentido con la expedición de norma que dispondrá la rehabilitación, adecuación urbanística y regularización de obras ejecutadas en vía pública en dicha urbanización y a su vez porque, conforme lo señala la Subdirección de Obras Privadas, el objeto y fin de la imposición de multas administrati- vas es el de la demolición de obras ejecutadas en vía pública, por cuanto carece de sentido aplicar dichas multas, sin que se pueda ejecutar la demolición corres- pondiente; De conformidad con lo establecido en los Artículos 109º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, luego del debate se aprobó por UNANIMIDAD y con dis- pensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el si- guiente: ACUERDO Artículo 1º.- Modificar el Artículo 2º del Acuerdo de Concejo Nº 66-2001-ACSS de fecha 12.NOV.2001, el mis- mo que quedará redactado de la siguiente manera: "2. Suspender por el plazo de doce (12) meses la impo- sición y ejecución de las sanciones administrativas de mul- ta y demolición ordenadas contra inmuebles ubicados en la urbanización La Capullana del distrito de Santiago de Sur- co, plazo que empezará a regir a partir del día siguiente de la publicación del presente Acuerdo". Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 9807MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Ratifican resolución que autorizó viaje de regidor para participar en la X Asam- blea Nacional de Municipalidades del Sur de Ecuador - Norte del Perú RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 53-2002-A/MPP San Miguel de Piura, 24 de mayo del 2002 Vista, la R. Nº 455-2002-A/MPP sobre viaje de regidor Hernán Velásquez; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 010-2002-, del 3 de mayo del año en curso, la Asociación Binacional de Municipalidades del Sur del Ecuador invitan a esta Municipalidad a partici- par en la X ASAMBLEA BINACIONAL DE MUNICIPALIDA- DES DEL SUR DE ECUADOR - NORTE DEL PERÚ y en tal sentido la Comisión de Planificación y Desarrollo mani- fiesta que dada la importancia de los temas que serán tra- tados en cada una de las conferencias recomiendan la asis- tencia como representante de este Concejo Provincial del regidor Hernán Velásquez Labán; Que, el Despacho de Alcaldía con fecha 21 de mayo y con cargo a dar cuenta al Concejo, emite la Resolución Nº 455- 2002-A/MPP autorizando el viaje del regidor a la ciudad de Tena - provincia de Napo - Ecuador, otorgándole los pasajes correspondientes y un día de viáticos conforme a Ley; Que, sometida a votación fue aprobada por unanimidad la ratificación de la Resolución de Alcaldía referida; Que, en mérito a lo expuesto, a lo acordado en Sesión de Concejo de fecha 23 de mayo, de conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 048-2001-PCM, modificado por D.S. Nº 053-2001-PCM, y en uso a las atribuciones confe- ridas por la Ley Orgánica de Munici palidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar la R.A. Nº 455-2002-A/MPP de fecha 21 de mayo del 2002, autorizando el viaje a la ciudad de Tena - provincia de Napo - Ecuador, del Sr. Regi- dor HERNÁN VELÁSQUEZ LABÁN, a fin de que participe como representante de esta Municipalidad en la X ASAM- BLEA NACIONAL DE MUNICIPALIDADES DEL SUR DE ECUADOR - NORTE DEL PERÚ, que se realizará los días 24 y 25 del presente mes de mayo. Artículo Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el D.S. Nº 048-2001-PCM, modificado por D.S. Nº 053- 2001-PCM, publíquese en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Dése cuenta a Dirección Municipal, Dirección General de Administración, Dirección de Tesore- ría, Dirección General de Auditoría Interna, para los fines legales consiguient es. Regístrese, comuníquese, cúmplase, publíquese y ar- chívese. FRANCISCO HILBCK EGUIGUREN Alcalde 9826 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Convenio Inter- nacional sobre Cooperación, Prepara- ción y Lucha contra la Contaminación por Hidrocarburos De acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/136 comunica que el referido Con- venio, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de no- viembre de 2001 conjuntamente con la Resolución Legislati- va Nº 27554 que lo aprobó, entrará en vigencia para el Perú el 24 de julio de 2002 . Fue ratificado por Decreto Supremo Nº 091-2001-RE del 3 de diciembre de 2001, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 4 de diciembre de 2001. 9894