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Pág. 224059 NORMAS LEGALES Lima, sábado 1 de junio de 2002 bano, la emisión de la presente Resolución, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VIOLETA ALZAMORA CHAMORRO Directora (e) Dirección de Estudios, Autorizaciones y Registros Dirección Municipal de Transporte Urbano 9799 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Declaran nulidad parcial de adjudica- ción de menor cuantía para la adquisi- ción de software RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 697-2002-DA-MDB Breña, 27 de mayo del 2002 VISTO: El Informe Nº 001-2002-CEP-MDB, presenta- do por la Presidenta del Comité Especial Permanente de la Municipalidad de Breña, que informa haberse detectado un Vicio de Nulidad dentro del procedimiento de la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 007-2002-CEP/MDB, convo- cada para la Adquisición de Software Autocad, Programa Corel Draw, Microsoft Front Page 2000 y Office Profesio- nal XP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1778-2001- DA/MDB, se designó al Comité Especial Permanente para los procesos de Adjudicaciones Directas y Adjudicaciones de Menor Cuantía; Que, de acuerdo al calendario del proceso de selec- ción se fijó como fecha de presentación de Propuestas, el 23 de abril del 2002, debiendo presentar los postores sus propuestas respectivas en la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales; Que, con el documento de vistos, los integrantes del Comité Especial Permanente manifiestan que al momento de la Evaluación Técnica y Económica, han podido adver- tir que las Especificaciones Técnicas de las Bases, han consignado en el Software Office Profesional XP la canti- dad de 01 cuando debería haber sido la cantidad de 5, se- gún requerimiento del área usuaria, lo que ha conllevado a que las propuestas técnicas y económicas de las empre- sas postoras: E & G Suministros S.A., 4 Net Corporation S.A., Clonica S.A.C. y Diseños Mecánicos Virdas S.R.L., presenten propuestas no sujetas al requerimiento técnico establecido; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (D.S. Nº 013-2001-PCM), el Titular del Pliego, puede declarar la NULIDAD de oficio del Proceso de Selección por cualquie- ra de las causales establecidas en el Art. 57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, hasta antes de la celebra- ción del contrato; Que, el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001/PCM, establece entre otros que se declaran nulos los actos administrativos expedidos, cuando prescindan las normas esenciales del procedimiento; Que, en el presente caso se ha cumplido el supuesto contenido de la norma en mención, por lo que resulta pro- cedente la Declaración de la Nulidad parcial de la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 007-2002-CEP/MDB, debien- do retrotraerse la misma, hasta el momento de la elabora- ción de las Bases; Que, de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, (aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM) y su Reglamento (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM); RESUELVE: Primero.- Declárese la NULIDAD PARCIAL de la Adju- dicación de Menor Cuantía Nº 007-2002-CEP/MDB, para la Adquisición de Software Autocad, Programa Corel Draw,Microsoft Front Page 2000 y Office Profesional XP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- Retrotraer el proceso, hasta la Etapa de Formulación de Bases, debiendo contener todas las carac- terísticas y condiciones a que se hace referencia el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Tercero.- Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral , en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado (aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM), en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de emitida. Cuarto.- Encargar al Comité Especial Permanente de- signado, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 9802 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban Planeamiento Integral de di- versas parcelaciones semirrústicas ORDENANZA Nº 103-MSS Santiago de Surco, 28 de mayo de 2002 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO; POR CUANTO: El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, en atención a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 273-MML de fecha 18.MAY.2000, que aprobó Normas Urbanísticas Metropolitanas en materia de Habilitaciones Urbanas para la provincia de Lima, Capítulo II, Artículo 9º, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita a la Munici- palidad de Santiago de Surco, la presentación del Planea- miento Integral de las Parcelaciones semirrústicas del dis- trito que permitan contar con parámetros definidos de tra- zo (continuidad urbana) y secciones viales normativas (de- rechos de vías), con los cuales ratificar las Resoluciones de Habilitación Urbana expedidas por la Municipalidad de Santiago de Surco, en estas áreas; Que, el Artículo 16º de la Ordenanza Nº 224-MML, que aprobó la Ordenanza Reglamentaria del Plan Urba- no Distrital de Santiago de Surco 1996-2010-PUDSS, señala que las modificaciones a la clasificación normati- va de vías, así como el trazo y derecho de vías conteni- dos en el Plan Urbano, sólo serán efectuados a propues- tas del Concejo Distrital de Santiago de Surco o de la Municipalidad Metropolitana de Lima y deberán ser apro- bados mediante Ordenanza Metropolitana, cuando resul- te de su competencia; Que, en atención a lo expuesto, la Dirección de Desa- rrollo Urbano, a través de la Subdirección de Obras Priva- das, elabora el Estudio "Planeamiento Integral para las Parcelaciones Semirrústicas "Las Casuarinas", "Lomas de Monterrico", "Laderas de Monterrico" y "Panedia", conte- niendo únicamente las vías locales que no están incluidas en el Plano Vial Nº PVD 001-98-MSS, aprobado con Orde- nanza Nº 199-MML y ratificada con Ordenanza Nº 224- MML, como parte del Plan Urbano Distrital, vías locales cuya aprobación es de competencia exclusiva de la Muni- cipalidad de Santiago de Surco; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 341-MML, que aprobó el Plano del Sistema Vial Metro- politano de Lima, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanzas Nºs. 199 y 224 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Decreto Supremo Nº 063-70-VI, que aprobó el Reglamento Nacional de Construcciones;