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Pág. 7 PROYECTO Lima, lunes 10 de junio de 2002 cumplimiento de las obligaciones asumidas en los contratos de concesión, lo que, junto con la política de transpa- rencia que debe primar en la actuación del Estado, hace necesaria la formalización de las citadas facultades de inspección. Asimismo, se ha considerado necesario precisar el concepto de inicio de la prestación del servicio, al tratarse de un tema materia de verificación y debido a las constantes consultas recibidas. Base legal -Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Supremo Nº 013-93-TCC). -Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones (Decreto Supremo Nº 06-94-TCC modificado por los Decretos Supremos Núms. 005-98-MTC, 022-98-MTC, 002-99-MTC, 003-99-MTC, 043-2000-MTC y 029-2001- MTC). -Decreto Supremo Nº 007-97-MTC. -Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de las Telecomunicaciones en el Perú (Decreto Supremo Nº 020-98-MTC). -Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444). Objetivo Es importante la precisión realizada en el punto “I. Objetivo” respecto a las materias sobre las cuales el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción (en adelante MTC) tiene competencia, pues sus funcio- nes y las funciones del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (en adelante OSIP- TEL) en materia de supervisión suelen ser confundidas debido a los cambios realizados primero por la delegación de facultades, luego por la recuperación de éstas, las sucesivas modificaciones al Reglamento General y por las normas publicadas respecto a los organismos reguladores. Se entiende que el órgano competente del MTC se encarga de la verificación y control de todas las actividades y obligaciones relacionadas al otorgamiento de concesiones, la modificación de cualquier aspecto de éstas y su vigencia, así como también del correcto uso del espectro radioeléctrico en la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, mientras que el OSIPTEL se encarga de la supervisión del cumplimiento de las demás obliga- ciones contractuales y legales, referidas principalmente a la actuación en el mercado de los operadores de servi- cios públicos de telecomunicaciones. Algunos temas importantes objeto de la supervisión por parte del MTC y del OSIPTEL se presentan a continua- ción: ASPECTOS A SER SUPERVISADOS POR MTC OSIPTEL Inicio de operaciones Calidad y eficiencia en la prestación de los servicios Metas de uso de espectro radio- Interconexión eléctrico Control del espectro radioeléctrico Plan Mínimo de Expansión Interferencias Competencia en el mercado Cancelación de concesiones Relaciones de empresas operadoras con los usuarios De la misma manera, y en base a la transparencia que debe primar en el actuar del Estado, se ha considerado importante incluir el concepto de inicio de la prestación del servicio, cuyo incumplimiento ocasiona la cancelación de la concesión, pues ello no está claramente definido por la normatividad. Alcance Las facultades de inspección, verificación y control se ejercen sobre los operadores de telecomunicaciones, en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones, y sobre aquellas personas que presten servicios públicos de teleco- municaciones sin contar con la correspondiente concesión o registro. Disposiciones generales Se enfatiza la obligación de los operadores de telecomunicaciones y de cualquier otro que realice actividades sujetas a la supervisión del órgano competente del MTC, de brindar todas las facilidades para el ejercicio de las