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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (10/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 224406 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de junio de 2002 Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 10330 Modifican disposición referida al tras- lado de bienes establecida en el Regla- mento de Comprobantes de Pago RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 062-2002/SUNAT Lima, 7 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que el Artículo 19º del Reglamento de Comprobantes de Pago aprobado por la Resolución de Superintenden- cia Nº 007-99/SUNAT, establece normas para el traslado y entrega de bienes; Que a fin de permitir el control por parte de la Adminis- tración Tributaria, resulta necesario incluir en dicho artí- culo una disposición referida al sustento del traslado de los bienes comprendidos en el Sistema de Pago de Obli- gaciones Tributarias con el Gobierno Central, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 917; Estando a lo dispuesto por el inciso k) del Artículo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SUNAT, apro- bado por la Resolución de Superintendencia Nº 041-98/ SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Incorpórese como numeral 12 del Artícu- lo 19º del Reglamento de Comprobantes de Pago, apro- bado por la Resolución de Superintendencia Nº 007-99/ SUNAT, el siguiente texto: "12. El traslado de bienes comprendidos en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Cen- tral, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 917, deberá es- tar sustentado con el comprobante de pago, la guía de remi- sión y el documento que acredite el depósito en el Banco de la Nación del porcentaje a que se refiere el referido decreto." Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen- cia a partir de la fecha de su publicación. DISPOSICIÓN FINAL Única.- MODIFICACIÓN DE LAS DISPOSICIONES RE- FERIDAS AL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD PARA LAS INFRACCIONES CONTENIDAS EN LOS NUMERALES 3 Y 6 DEL ARTÍCULO 174º DEL CÓDIGO TRIBUTARIO. Inclúyase en el numeral 4 del Anexo B de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 111-2001/SUNAT, el siguiente texto: Nº GUÍAS DE REMISIÓN REQUISITOS Y TIPOS DE COMPROBANTES DE PAGO 4.GUÍAS DE REMISIÓN (Arts. 17º y 19º del R.C.P.) En el caso del traslado de bienes comprendidos en el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 917, éste deberá estar sustentado ade- más del comprobante de pago y la guía de remisión, con el documento que acredite el depósito en el Ban- co de la Nación del porcentaje a que se refiere el referido decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 10331GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA Inician procedimiento disciplinario a ex Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto y a ex Director Municipal RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0233 Chimbote, 25 de abril de 2002 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Órgano de Auditoría Interna, en concordancia con las Normas de Auditoría Gubernamental - NAGU apro- bada por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG, modi- ficada por Resolución de Contraloría Nº 141-99-CG y Manual de Auditoría Gubernamental - MAGU, emite el In- forme Nº 004-2001-OAI-MPS; Que, con Informe Nº 006-2002-CPAD/E-MPS, la Comi- sión en pleno considera oportuno e imperativo el esclareci- miento de los actos administrativos observados por el Órga- no de Auditoría Interna respecto a la evaluación de las res- ponsabilidades funcionales de servidores que ejercieron y/o ejercen cargos en las Áreas: Dirección Municipal y la Of. de Planificación y Presupuesto, en los cuales se ha verificado la probable existencia de desviaciones administrativas que a continuación se detallan: 1.- Preparación de evaluación a información Anual - 2000, no muestra el desarrollo de sus tres (3) etapas establecidas en la Directiva Nº 003-00-EF. 2.- La Oficina de Planificación y Presupuesto de la Municipali- dad Provincial del Santa no ha preparado adecuadamente la Evaluación Presupuestaria Institucional Anual corres- pondiente al Ejercicio Fiscal 2002. 3.- Diferencias significati- vas entre el Presupuesto Institucional modificado y la Ejecu- ción Real - Ejercicio Fiscal 2000; por S/. 8'353,585.00 Nue- vos Soles. 4.- Ejecución de un gasto mayor de S/. 48,500.00 Nuevos Soles en la Fuente de Financiamiento Recursos Di- rectamente Recaudados. 5.- Ejecución de Egresos Mayor en el Rubro Gastos de Personal por S/. 1'658,927.90 Nue- vos Soles en el Ejercicio Fiscal 2000; Que, las observaciones encontradas y debidamente sus- tentadas en el Informe Nº 004-2001-OAI-MPS, se presume que comprometen el accionar de los siguientes funcionarios: Lic. Adm. JOSÉ DÍAZ AMAYA, en su condición de ex Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto, comprendido en las Observaciones Nº 01, 02, 03, 04 y 05 y el ex funcionario Lic. Adm. MARTÍN CHIA ESCUDERO, en su condición de ex Direc- tor Municipal, comprendido en las Observaciones Nº 01, 03, 04 y 05; la comisión determina que existen faltas graves de carác- ter administrativo disciplinario, tipificado en el Art. 21º Inc. d) y en el Art. 28º Inc. d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Que, estando a lo expuesto, de conformidad al Decre- to Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, en uso de las facultades conferidas en el Art. 47º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y con cargo a dar cuenta en Sesión de Concejo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al Lic. Adm. JOSÉ LUIS DÍAZ AMAYA, en su condición de ex Jefe de la Oficina de Planificación y Pre- supuesto y al ex funcionario Lic. Adm. MARTÍN CHIA ES- CUDERO, en su condición de ex Director Municipal, por los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- Conceder un plazo de Cinco (5) días útiles a los procesados para que cumplan con absol- ver los cargos que se les imputan en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Devolver los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que prosiga con el procedimiento conforme a sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIO C. VILLANUEVA FERRERO Alcalde 10273