TEXTO PAGINA: 18
Pág. 224400 NORMAS LEGALES Lima, lunes 10 de junio de 2002 Cisneros como Secretario Técnico del Consejo Directivo de los Programas "A Trabajar"; Que, en virtud a lo señalado en los considerandos an- teriores, procede efectuar la contratación del Sr. Miguel Ángel Beretta Cisneros bajo la modalidad de servicios personalísimos prevista en el Artículo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y modifcatorias, por cuanto para su designación como Secretario Técnico del Conse- jo Directivo de los Programas "A Trabajar" se ha tenido como requisito esencial a la persona del locador; Que, mediante Informe Nº 141-2002-FONCODES/ GPyS de fecha 27 de mayo del 2002, concordado con el Memorando Nº 286-2002-FONCODES/GG de fecha 22 de mayo del 2002, se emite la disponibilidad presupuestaria respectiva para la contratación de los servicios personalí- simos del Sr. Miguel Ángel Beretta Cisneros, precisándo- se que el financiamiento se efectúa con cargo a Recursos del Programa de Emergencia Social Productiva "A Traba- jar" PESP RURAL siendo éstos de la fuente Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con lo previsto por el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y concor- dado con los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Con- curso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las contrataciones de servicios personalísimos, proce- diendo su contratación mediante una adjudicación de menor cuantía conforme a lo establecido por el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Sistemas, Subgerencia de Logística y Gerencia de Ase- soría Legal; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y en uso de las atribuciones establecidas en los literales q) y o) del numeral 4.2.2 del Manual y Reglamento de Organi- zación y Funciones de FONCODES respectivamente y el Art. 24º literal n) del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar durante el ejercicio 2002, la contratación del Sr. Miguel Ángel Beretta Cisneros como Secretario Técnico del Consejo Directivo de los Progra- mas "A Trabajar", del proceso de selección correspon- diente, precisando que la contratación de los servicios del referido profesional tienen el carácter de personalísimos. La contratación se efectuará conforme a lo previsto en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordado con los Artículos 105º y 116º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, y demás normas concordantes. Artículo 2º.- El valor referencial de la contratación será hasta por un monto máximo de S/. 129,500.00 Nuevos So- les, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logísti- ca, efectúe la publicación de la presente Resolución, y asimismo, remita una copia de la misma y de los Informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación, conforme lo esta- blece el Artículo 115º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM y el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM que aprueba el Reglamento y el Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respectivamente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO NARVAEZ LICERAS Director Ejecutivo 10272INDECOPI Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre artefactos de refrigeración domés- tica y cueros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0049-2002/INDECOPI-CRT Lima, 17 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técni- cos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen- dables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben reali- zarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Téc- nicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Norma- lización, del cual forman parte el Reglamento de Elabo- ración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 0072-2000/INDECO- PI-CRT, respectivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben reali- zarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Uso Racional de Energía y Eficiencia Energética, y b) Cuero, Calzado y Derivados, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización indica- dos, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Perua- nas (PNTP) en las fechas siguientes: 1. Uso Racional de Energía y Eficiencia Energética, 1 PNTP, el 26 de diciembre del 2001. 2. Cuero, Calzado y Derivados, 6 PNTP, el 1 de marzo del 2002. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas indica- dos fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Ela- boración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopción, y sometidos a Discu- sión Pública por un período de treinta días calendario, el primer grupo contados a partir del 15 de abril del 2002 y el segundo grupo a partir del 8 abril del 2002, respecti- vamente; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Pro- yectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la eva- luación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Co- misión recomendó su aprobación, como Normas Técni- cas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDE- COPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 17 de mayo del 2002; RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las si- guientes: NTP-ISO 7371:2002 ARTEFACTOS DE REFRIGE- RACIÓN DOMÉSTICA. Refri- geradores con o sin compar- timentos de baja temperatura. Características y métodos de ensayo. 1ª Edición.