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Pág. 224748 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de junio de 2002 VISTOS: El Informe Técnico GART/RGT Nº 036-2002 de la Ge- rencia Adjunta de Regulación Tarifaria (en adelante "GART") del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía (en adelante "OSINERG") y el Informe OSINERG-GART-AL- 2002-051 de la Asesoría Legal Interna de la GART; CONSIDERANDO: Que, con fecha 14 de enero de 2002, el OSINERG ex- pidió la Resolución OSINERG Nº 0003-2002-OS/CD que aprobó la norma "Procedimientos para Fijación de Precios Regulados", en cuyo Anexo "B" quedó asimismo aprobado el "Procedimiento para Fijación de Tarifas y Compensacio- nes para los Sistemas Secundarios de Transmisión"; Que, la fijación correspondiente a los Sistemas Secun- darios de Transmisión se inició con la presentación de los Estudios Técnico Económicos de sus propuestas por par- te de las empresas transmisoras, antes del 15 de marzo del presente año, en virtud de lo dispuesto por la Resolu- ción OSINERG Nº 0424-2002-OS/CD; Que, el procedimiento contenido en el Anexo "B" antes mencionado se ha venido desarrollando cumpliéndose cada una de las etapas previstas en el mismo, tales como la publicación de las citas propuestas, la realización de la Audiencia Pública para la presentación y sustento de las propuestas por parte de los titulares de los sistemas se- cundarios de transmisión, la formulación de observaciones a dichos Estudios por parte del OSINERG, la realización de una nueva Audiencia Pública para que el organismo re- gulador dé a conocer los criterios, metodología y modelos utilizados en el análisis de los Estudios Técnico Econó- micos, y para la absolución de las observaciones por parte de los agentes involucrados en dicha fijación tarifaria; Que, se han presentado situaciones imprevistas que hacen materialmente imposible que el organismo regula- dor cumpla oportunamente con las siguientes etapas del proceso regulatorio, dentro de las que se encuentran la si- multánea realización de dos procesos regulatorios de im- portancia como lo son la Fijación de Tarifas en Barra y la fijación de las Tarifas y Compensaciones del Sistema Se- cundario de Transmisión, dificultando aún más la labor de la administración la voluminosa información recibida por el OSINERG con las propuestas presentadas por los titula- res de los sistemas de transmisión que obliga realizar un minucioso análisis de la misma, lo que conlleva a la nece- sidad de postergar las fechas consideradas inicialmente para las siguientes etapas que contempla el procedimien- to; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM y sus modificatorias; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM y sus modifica- torias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Postérguese en 30 días naturales la fecha de publicación de la relación de información que sustenta las Tarifas y Compensaciones para los Siste- mas Secundarios de Transmisión, contemplada en el ítem "g" del Anexo "B" del Procedimiento para Fijación de Tarifas y Compensaciones para los Sistemas Se- cundarios de Transmisión; debiendo postergarse, asi- mismo, en la forma correspondiente las demás fechas establecidas para las siguientes etapas del menciona- do procedimiento. Artículo 2º.- Deróguese o déjese sin efecto las disposi- ciones que se opongan a lo dispuesto en la presente Re- solución. Artículo 3º.- La presente resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la página WEB de OSINERG. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 10771SUNARP Modifican resolución mediante la cual se declaró a los ganadores de la "Beca SUNARP" para asistir al "Diplomado en Derecho de la Empresa y Registro de Sociedades Comerciales" RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 236-2002-SUNARP/SN Lima, 12 de junio de 2002 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1348-2002-ORRG-JEF, 0604-2002- ORCH/JEF, 433-2002-SUNARP/ECR, 529-2002/ORNOM- JEF y 439-2002-SUNARP/ECR; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 229-2002-SUNARP/SN se dio a conocer la relación de los ocho ganadores de la “BECA SUNARP” para asistir al curso: “Diplomado en De- recho de la Empresa y Registro de Sociedades Comer- ciales”, en la cual consta, entre otros, el señor abogado Cipriano Purihuamán Leonardo, Registrador Público (e) de la Oficina Registral Nor Oriental del Marañón, depar- tamento de Cajamarca; Que, mediante el Oficio Nº 529-2002/ORNOM-JEF, de fecha 11 de junio de 2002, se informa que el señor Purihuamán ha dejado de prestar servicios a la institu- ción, debiéndose modificar la citada Resolución en su apartado correspondiente y asignar dicha beca a otro servidor de la Oficina Registral Nor Oriental del Mara- ñón que labore en el mismo departamento, de conformi- dad con la petición del Jefe de dicha Oficina y la opinión favorable de la Escuela de Capacitación Registral de la SUNARP; Que, de acuerdo al Oficio Nº 1348-2002-ORRG-JEF, de fecha 7 de junio de 2002, es factible que puedan participar otros diez servidores, en calidad de beca- dos, en el referido curso, teniendo en cuenta el Conve- nio celebrado por la SUNARP con la Universidad de Piura; Que, la SUNARP tiene como política reconocer el mé- rito de los servidores del Sistema, habiéndose tomado como referencia para otorgar dichas becas, los resulta- dos del Examen escrito de 28 de mayo último; Que, es atendible el pedido del Jefe de la Oficina Registral Chavín de autorizar una beca para un servi- dor de su Oficina en virtud al rendimiento satisfactorio que tuvo en el examen escrito de 28 de mayo último, de conformidad con el Oficio Nº 0604-2002-ORCH/JEF y el informe favorable de la Escuela de Capacitación Registral; Que, debe procederse a consolidar en una sola Re- solución los nombres de los ganadores de la “BECA SUNARP” para asistir al curso: “Diplomado en Dere- cho de la Empresa y Registro de Sociedades Comer- ciales”; De conformidad con lo señalado en el inciso v) del Artículo 7º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el Artículo Único de la Re- solución Nº 229-2002-SUNARP/SN de 4 de junio de 2002, y en consecuencia, declarar como ganadores de la “BECA SUNARP”, para asistir al “DIPLOMADO EN DERECHO DE LA EMPRESA Y REGISTRO DE SOCIEDADES CO- MERCIALES” organizado por la Superintendencia Nacio- nal de los Registros Públicos, en convenio con la Univer- sidad de Piura y a llevarse a cabo en la ciudad de Piura, entre los meses de junio y agosto del año en curso, a los servidores del Sistema Nacional de los Registros Públi- cos que a continuación se indica: