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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (15/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 83

Pág. 224749 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de junio de 2002 Nº APELLIDOS Y NOMBRES OFICINA REGISTRAL SEDE 1. Prescott Costa, Dina Grau Tumbes 2. Zavaleta Neyra, Robert La Libertad Trujillo 3. Pérez Huamanlazo, Genaro La Libertad Trujillo 4. Rubio Bernuy, David La Libertad La Libertad 5. Arispe Blanco, Julia Grau Piura 6. Huarcaya Rentería, Inés Grau Piura 7. Fong Maita, Alicia Karina Nor Oriental del Marañón Chiclayo 8. Huancahuire Aguilar, Tula Nor Oriental del Marañón Cajamarca 9. Chozo Sánchez, Freddy Nor Oriental del Marañón Chiclayo 10. Castillo Núñez, Mariela Nor Oriental del Marañón Chiclayo 11. Ramírez Maynetto, Jannette La Libertad Trujillo 12. Campos Fernández, Sonia La Libertad Trujillo 13. Arévalo León, Julio César Nor Oriental del Marañón Bagua 14. Ameghino Bautista, Carmen Nor Oriental del Marañón Chiclayo 15. Mujica Valencia, Ana La Libertad Trujillo 16. Alva Bazán, Elisa La Libertad Trujillo 17. Sánchez Alemán, Jenny Nor Oriental del Marañón Cajamarca 18. Peña García, Aldo Rommel Chavín Huaraz Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Públicos 10641 SUNAT Autorizan prórroga de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el departamento de Arequipa me- diante proceso de adjudicación de me- nor cuantía RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 066-2002/SUNAT Lima, 12 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación, Concurso Público o Adjudicaciones Directas las prórrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del índice general de pre- cios al por mayor; Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un proceso de adjudicación de menor cuantía, conforme lo estable- cido por el Artículo 20º de dicho Texto; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del T.U.O. de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Legal Nº 1569-2002-SUNAT/ IB0400 indica que se requiere prorrogar por cuarenta y cinco días el plazo del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en calle Piérola Nº 110-112, Cerca- do de Arequipa donde actualmente funciona la sede administrativa de la Intendencia Regional Arequipa en virtud a que se encuentra en pleno proceso de refac- ción el local principal de la citada Intendencia y el in- mueble de calle Piérola se encuentra acondicionado e implementado para operar como tal, por lo que es fac- tible exonerar del respectivo proceso de selección la prórroga de dicho contrato de conformidad con lo dis- puesto en los Artículos 19º y 20º del citado Texto;Que lo expuesto en dicho Informe justifica técnica y legalmente la exoneración del proceso de selección para la prórroga del contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del menciona- do Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 y en los Artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el inciso m) del Artí- culo 6º del Texto Único Ordenado del Estatuto de la SU- NAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por Resoluciones de Super- intendencia Nºs. 004-2001/SUNAT y 129-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de adjudicación di- recta selectiva la prórroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en calle Piérola Nº 100-102 Cercado de Arequipa, por el plazo de cuarenta y cinco días conta- dos a partir del 14 de junio del 2002 al 28 de julio del 2002, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Arequipa a suscribir la Addenda al Contrato con la empresa CONEMINSA mediante Adjudicación de Me- nor Cuantía y por una renta mensual de US$ 1,500.00 (Mil quinientos y 00/100 Dólares Americanos) incluido impuestos de ley. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calenda- rio siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto 10718 SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES Aprueban renuncia a la afectación en uso formulada por el INABIF respecto a predios ubicados en el distrito de Cho- rrillos, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 093-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 3 de junio del 2002 Visto el expediente Nº 017-2002/SBN-JAR, que con- tiene la renuncia a la afectación en uso formulada por el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, de los predios ubicados en la prolongación de la avenida Mariscal Castilla, prolongación de la avenida Paraguay y la entrada al túnel de La Herradura del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF - "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF - "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finali- dad incentivar el aprovechamiento económico de los bie- nes del Estado en armonía con el interés social, promo- viendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y es- tableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fis- calización;