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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (16/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES Pág. 224795Lima, domingo 16 de junio de 2002 Comisión de Reestructuración Patrimonial Requisitos Calificación Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad Recurso Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de resuelve la Apelación que resuelve de que Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración Solicitud y la y/o la Revisión resuelve la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Reconsideración Adhesión Apelación Revisión b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad. Invocado, que hábiles Delegada de hasta 10% UIT Comisión de hasta Patrimonial dentro de los de la c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento fue verificado Reestructuración Procede dentro Reestructuración 10% UIT para el caso de 5 días de Competencia de identidad o reconocido Patrimonial de los 5 días de Patrimonial Procede Resoluciones notificada la 2Identificación de la Empresa Insolvente por el Fedatario u Notificada la dentro de Expedidas por el Resolución Tribunal del 3Copia de la documentación que acredite la existencia, origen, legitimidad y cuantía de los créditos, o la Comisión Oficina Resolución (Sede Central los 5 días de Secretario de la Indecopi distinguiendo capital, intereses y gastos, y de ser el caso, tasa aplicada Ad Hoc hasta Descentralizada (Nota 10) o Delegada) Notificada la Técnico Comisión 4Copia de la documentación que acredite existencia de garantías constituidas sobre los bienes del un máximo de Resolución o que conoce Insolvente. 50% UIT Sala de la Apelación 5Informar bajo Declaración Jurada que no mantiene ningún tipo de vinculación con la Empresa Por la diferencia Defensa de Interpuesta Insolvente, o, en caso contrario, informar de la Existencia de Vinculación con éste, en cualquiera de entre los créditos la Competencia contra el los casos a que se refiere el Artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley de Reestructuración invocados y los en el caso de Pronuncia- Patrimonial. ya reconocidos Resoluciones miento del 6Presentar copia de la documentación para la otra parte. en el PT el 3% Expedidas por Secretario de dicho monto la Comisión Técnico hasta completar (Nota 8) un máximo de 80% UIT (Los Créditos Laborales están Base Legal: Decreto Supremo Nº014-99-ITINCI, Texto Único Ordenado de la Ley de exonerados de Reestructuración Patrimonial, publicado el 1 de noviembre de 1999 éste pago) Decreto de Urgencia Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 (Nota 5) 18. Procedimiento Transitorio - Oposición al Reconocimiento de Créditos (Nota 3) 1.Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 50% UIT üSecretaría Técnica 10% UIT Comisión Ad Hoc 10% UIT Comisiones 30% UIT Sala de a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4) 30 días de la Procede Procede Delegadas de Procede Defensa b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad hábiles Comisión dentro de dentro de Reestructuración dentro de de la c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento Ad - Hoc los 5 días los 5 días Patrimonial los 5 días de Competencia de identidad de conocida de conocida Notificada la 2Identificación de la empresa deudora y del supuesto reconocimiento de Créditos Fraudulento. la la Resolución Tribunal de 3Copia de la documentación sustentatoria que acredite la existencia del fraude, así como de todos Resolución Resolución (Nota 9) Indecopi los aspectos relativos al mismo (Nota 6 y 10) (Nota 6) 4Adjuntar copia de toda la documentación presentada, a efectos de correr traslado a la otra parte, de ser el caso 5Adjuntar Copia del Comprobante de Pago del Derechos de Trámite correspondiente. Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 19. Procedimiento Transitorio - Impugnación del Convenio de Saneamiento (Nota 3) 1Solicitud dirigida a la Comisión Ad Hoc, consignando datos de identificación y domicilio. Para el 50% UIT üSecretaría Técnica 10% UIT Comisión Ad Hoc 10% UIT Comisiones 30% UIT Sala de caso de: 10 días de la Procede dentro Procede Delegadas de Procede Defensa a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4). hábiles Comisión de los 5 días de dentro de Reestructu- dentro de de la b. Personas Naturales deberán presentar copia simple de su documento de identidad Ad - Hoc Notificada la los 5 días ración los 5 días de Competencia c. Sociedades Conyugales , ambos conyugues deberán presentar copia simple de su documento Resolución de notificada Patrimonial Notificada la de identidad (Nota 10) la Resolución Tribunal de 2Fundamentación que sustente la Impugnación. Señalando que obligaciones resultan excesivamente Resolución (Nota 9) Indecopi onerosas para los Acreedores 3El recurso deberá presentarse dentro de los 3 meses de adoptado el Acuerdo correspondiente o celebrado el Convenio de Saneamiento. 4Adjuntar copia de toda la documentación presentada, a efectos de poner en conocimiento a la otra parte, de ser el caso 5Adjuntar Copia del Comprobante de Pago de los Derechos de Trámite correspondiente. Base Legal: Decreto de Urgencia.Nº064-99, publicado el 1 de diciembre de 1999 20. Procedimiento Transitorio - Impugnación de Acuerdos de Junta de Acreedores (Nota 3) 1.Solicitud consignando datos de identificación y domicilio. Para el caso de: 10% UIT üSecretaría Técnica 10% UIT Comisión Ad Hoc 10% UIT Comisiones 30% UIT Sala de a. Personas Jurídicas se deberá acreditar, además, la Existencia y los Poderes (Nota 4) 10 días de la Comisión Procede dentro Procede Delegadas de Procede Defensa