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Pág. 225045 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de junio de 2002 aplicación de lo dispuesto en este artículo la Geren- cia de Personas Naturales debe disponer mediante resolución el inicio del trámite de cierre de partidas y ordenar la publicación de la duplicidad existente me- diante anotaciones en las respectivas partidas, lle- vando a consecución el procedimiento establecido en dicho artículo. Debe tenerse en cuenta que el cierre de partidas, no implica en modo alguno declaración de invalidez de los asientos registrados, correspondiendo al ór- gano jurisdiccional declarar el derecho que corres- ponde en caso de inscripciones incompatibles, de conformidad con el segundo párrafo del Artículo 57º del Reglamento. Esta competencia exclusiva de la función jurisdiccional se encuentra cautelada a tra- vés del mecanismo de oposición al cierre contempla- do en los Artículos 60º y 61º del Reglamento, por ello el presente Informe solamente recomienda el inicio del procedimiento establecido en dichos artículos, tomando como presupuesto, la identificación de un caso de duplicidad. VII. CONCLUSIÓN Por tanto es opinión de esta Sala del Tribunal Regis- tral, que se disponga que la Gerencia de Personas Natu- rales, mediante resolución, dé inicio al procedimiento re- gistral de cierre de partida por duplicidad de partidas con inscripciones incompatibles. Atentamente; WALTER POMA MORALES Presidente de la 4ta. Sala del Tribunal Registral MIRTHA RIVERA BEDREGAL Vocal del Tribunal Registral PEDRO ÁLAMO HIDALGO Vocal del Tribunal Registral 10870 OSITRAN FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 010-2002-CD/OSITRAN Mediante Oficio Nº 071-02-PD-OSITRAN el Organis- mo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Trans- porte de Uso Público solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo Nº 010-2002-CD/ OSITRAN, publicada en la edición del 17 de junio de 2002, en la página 224845. DICE: "Artículo Primero.- Quedando dichos artículos redac- tados de la siguiente manera:" DEBE DECIR: "Artículo Primero.- Modificar los Artículos segundo y cuarto de la Resolución de Consejo Directivo Nº 007- 2002-CD/OSITRAN quedando dichos artículos redac- tados de la siguiente manera:" 10924SENCICO Incluyen en el Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones para el ejerci- cio fiscal 2002, la contratación de un servicio de laboratorio para el desa- rrollo de un Sistema de Estructura Com- puesta Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 042-2002-02.00 Lima, 14 de junio del 2002 VISTO: El Informe Nº 158-2002-05.00, de la Gerencia Gene- ral solicitando la ampliación del Plan Anual de Contrata- ciones y Adquisiciones del Servicio Nacional de Norma- lización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción - SENCICO, para el Ejercicio Presu- puestal 2002; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Investigación y Normalización mediante Informe Nº 042-2002-MTC/SENCICO/GIN so- licita a la Presidencia Ejecutiva la contratación de un Ser- vicio de Laboratorio para el Desarrollo de un Sistema de Estructura Compuesta - Evaluación y Análisis de Resul- tado; Que, la Presidencia Ejecutiva del SENCICO con Au- torización C.D.N. Nº 419, aprueba la contratación del Ser- vicio de Laboratorio para el Desarrollo de un Sistema de Estructura Compuesta - Evaluación y Análisis de Resul- tado; Que, el Artículo 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, y el Artículo 6º de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE- PRE aprobada con Resolución Nº 200-2001-CONSUCO- DE/PRE, de fecha 7 de diciembre del 2001 establece que toda modificación del Plan Anual sea por inclusión o exclusión de procesos de selección, deberá ser aproba- da por el Titular del Pliego o máxima autoridad adminis- trativa de la Entidad; Que, es necesario modificar el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones del SENCICO, para el año 2002, adecuándose a lo dispuesto por las Normas antes seña- ladas, y a fin de satisfacer las necesidades que deman- de el servicio y mantener el nivel de eficiencia alcanza- do, asimismo existe disponibilidad presupuestal según lo expresado por la Oficina de Planificación y Presupues- to. Con la visación de la Oficina de Administración y Fi- nanzas y de la Gerencia General y en uso de las faculta- des que les confiere la normatividad señalada en el ter- cer considerando que regula el procedimiento para la in- clusión de procesos de selección; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INCLUIR en el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones del Servicio Nacional de Nor- malización, Capacitación e Investigación para la Indus- tria de la Construcción - SENCICO, para el Ejercicio Pre- supuestal 2002, la Contratación de un Servicio de Labo- ratorio para el Desarrollo de un Sistema de Estructura Compuesta - Evaluación y Análisis de Resultado deta- llado en el Anexo Nº 01, el mismo que adjunto forma parte de la presente Resolución.