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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (20/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 225031 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de junio de 2002 Estación :BC-OM Frecuencia :1150 KHz Indicativo :OCY-2E Potencia :0.5 Kw Emisión :10A3E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Jr. Leoncio Prado Nº 324, distrito de Pedro Gálvez, provincia de San Marcos y departamento de Cajamarca. Ubicación de la Planta :Zona La Huaylla, distrito de Pe- dro Gálvez, provincia de San Mar- cos y departamento de Cajamar- ca. Coordenadas :L.O. 78° 09' 44" L.S. 07° 19' 11" Artículo 2º. - El plazo de la autorización a que se re- fiere el artículo precedente incluye el período de instala- ción y prueba de un (1) año otorgado por Resolución Ministerial Nº 558-91-TC/15.17, por tanto se otorga en períodos sucesivos que vencerá el 7 de agosto del 2011. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 10925 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 419-2002-MTC/15.03 Lima, 14 de junio de 2002 VISTA, la solicitud presentada por la COMPAÑÍA UNI- VERSAL DE RADIODIFUSIÓN S.A., sobre autorización por el plazo de diez (10) años, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Fre- cuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y depar- tamento de Tacna; así como se le autorice la disminu- ción de potencia y el cambio de ubicación de la esta- ción; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 438-91-TC/15.17 del 27 de junio 1991, se concedió a la COMPAÑÍA UNI- VERSAL DE RADIODIFUSIÓN S.A., autorización en pe- ríodo de prueba por el plazo de un (1) año, para instalar y operar una estación del servicio de radiodifusión sono- ra comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distri- to, provincia y departamento de Tacna; Que, según el Artículo 50º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para ope- rar un servicio de radiocomunicación autorizado; Que, el Artículo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la ins- pección y a mérito del informe técnico respectivo el Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción podrá expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Artículo 56º del Texto Único Or- denado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendrán un plazo máximo de diez (10) años para los servicios de radiodifusión, re- novables a solicitud del interesado; Que, el Artículo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modi- ficables las características de instalación y operación autorizadas para el uso o explotación de frecuencias y otros parámetros técnicos si antes no se obtiene la co-rrespondiente aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los términos del Informe Nº 1001-2001-MTC/15.19.03.2 señala que habiéndose efectuado la inspección técnica a las instalaciones de la referida estación de radiodifu- sión sonora en Frecuencia Modulada, se constató que cuenta con el equipamiento necesario y han sido satis- factorias las pruebas de funcionamiento; por lo que emi- te su conformidad técnica para que se le otorgue la auto- rización por diez (10) años, incluyéndose la disminución de potencia y el cambio de ubicación de la estación; Que, la Dirección de Asesoría Técnica de la Direc- ción General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1097-2001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operación de la citada estación de radiodifu- sión por el plazo de diez (10) años, en períodos sucesi- vos, que incluye el período de instalación y prueba otor- gado por la Resolución Ministerial Nº 438-91-TC/15.17; así como también es procedente autorizar el cambio de características técnicas antes indicados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomuni- caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93- TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el TUPA del Ministerio; y, Con la opinión favorable del Director General de Te- lecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) años a la COMPAÑÍA UNIVERSAL DE RADIODIFUSIÓN S.A., la operación de una estación del servicio de radiodifu- sión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tacna, de acuer- do a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :95.5 MHz Indicativo :OBW-6B-FM Potencia :1 Kw Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios :Jr. San Martín Nº 558, distrito, pro- vincia y departamento de Tacna. Ubicación de la Planta :Cerro Inti Horco, distrito, provin- cia y departamento de Tacna. Coordenadas :L.O. 70° 14' 53.4" L.S. 17° 58' 42" Artículo 2º. - El plazo de la autorización a que se re- fiere el artículo precedente incluye el período de instala- ción y prueba de un (1) año otorgado por Resolución Ministerial Nº 438-91-TC/15.17, por tanto se otorga en períodos sucesivos que vencerá el 27 de junio del 2011. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ TÁVARA MARTÍN Viceministro de Comunicaciones 10926 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 422-2002-MTC/15.03 Lima, 14 de junio de 2002 VISTA, la solicitud presentada por la EMPRESA DE RADIO Y TELEVISIÓN MELÓDICOS F.M. E.I.R.L., so-