Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2002 (20/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, jueves 20 de junio de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Aprueban el Plan de Fiscalizacion del Padron Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2002
RESOLUCION Nº 207-2002-JNE

MORDAZA, 19 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 021-2002-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo del presente ano, se ha convocado a elecciones regionales y municipales para el dia MORDAZA 17 de noviembre del ano 2002; Que como parte de las funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones se encuentra la de fiscalizar la elaboracion de los padrones electorales necesarios para la realizacion de los procesos electorales; de conformidad con lo establecido en el numeral 1) del Articulo 178º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con lo previsto en el inciso d) del Articulo 5º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que el padron electoral contiene la relacion de los ciudadanos habiles para votar en los procesos electorales, el cual es elaborado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; es necesario desarrollar mecanismos de control a fin de comprobar la veracidad de la informacion contenida en el padron electoral a utilizarse en las elecciones regionales y municipales del presente ano; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones constitucionales; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Plan de Fiscalizacion del Padron Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2002, el cual comprende el analisis de las nuevas inscripciones o cancelaciones de ciudadanos respecto del padron utilizado en las ultimas elecciones, asi como la realizacion de muestreos a nivel nacional para comprobar la informacion del domicilio y existencia de los ciudadanos inscritos en el padron. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente Resolucion para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 10957

Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, corresponde al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil preparar y mantener actualizado el padron electoral sobre la base del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, conforme a lo establecido por el inciso d) del Articulo 7º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y el Articulo 196º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones; Que, conforme lo dispuesto por el Art. 34º de la Constitucion Politica del Peru, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional, no pueden elegir ni ser elegidos; Que, la innovacion de los procedimientos del Registro, hace indispensable la adecuacion de las normas operativas, por lo que corresponde representar tal situacion en las disposiciones procedimentales; debiendo adaptarse el Manual de Procedimientos de Depuracion del Personal Militar y Policial en Actividad para la Elaboracion del Padron Electoral a estas circunstancias; y, Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el reformado "Manual de Procedimientos para la Actualizacion del Padron Electoral Respecto del Personal Activo de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru", que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las Fuerzas Armadas, Policia Nacional del Peru, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, participaran del procedimiento de actualizacion mediante dos (2) representantes debidamente acreditados. Articulo 4º.- Requerir, mensualmente, a las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru, la remision de la relacion del personal que se incorpora al servicio activo de esas instituciones, asi como la del personal que cesa en el servicio activo, con la respectiva MORDAZA de la resolucion que acredite la situacion referida. Esta informacion debera ser remitida, ademas, en medios magneticos dentro de los cinco dias habiles posteriores al vencimiento del mes al que corresponde la remision. Articulo 5º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ACTUALIZACION DEL PADRON ELECTORAL RESPECTO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y LA POLICIA NACIONAL DEL PERU I. OBJETIVO.Actualizar los lineamientos y mecanismos necesarios para la exclusion de los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru del padron electoral, en estricto cumplimiento del Articulo 11º de la Ley Nº 26859, Organica de Elecciones. II. ALCANCE.Este procedimiento es de aplicacion al MORDAZA de actualizacion del padron electoral, en lo que respecta a los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban "Manual de Procedimientos para la Actualizacion del Padron Electoral Respecto del Personal Activo de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 278-2002-JEF/RENIEC

MORDAZA, 18 de junio de 2002

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