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Pág. 219761 NORMAS LEGALES Lima, sábado 23 de marzo de 2002 Actualizan Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Ministerio en lo relativo a la DICSCAMEC DECRETO SUPREMO Nº 003-2002-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27444 de 10 de abril de 2001, Ley del Procedimiento Administrativo General se establece la re- gulación de las actuaciones de la función administrativa del Estado; Que, el Artículo 37º y el numeral 38.1 de la norma legal acotada establecen las normas generales sobre el conte- nido del Texto Único de Procedimientos Administrativos y el nivel de la norma legal de aprobación; Que, asimismo el segundo párrafo del Artículo 37º de dicha Ley establece que también se incluirán en el Texto Único de Procedimientos Administrativos los servicios pres- tados en exclusividad por las entidades, cuando el admi- nistrado no tiene la posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o dependencia; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Texto Actualizado y Modificado Actualizar y modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil (TUPA-IN/DICSCAMEC). Artículo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Derogación Deróguese, modifíquese o sustitúyase toda norma le- gal o administrativa que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 5520 Autorizan a procurador interponer acciones legales contra persona natu- ral por cobro indebido de pensión de orfandad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0360-2002-IN/PNP Lima, 7 de marzo del 2002 VISTO, el Expediente Administrativo Nº 9205 del Co- mandante Méd. PNP (F) Pompeyo SÁNCHEZ HUR- TADO; tramitado para autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del In- terior, relativos a la Policía Nacional del Perú; para que interponga las acciones legales correspondientes con- tra doña Elizabeth Roxana SÁNCHEZ PFENNIG por cobro indebido de Pensión de Orfandad en agravio del Estado;CONSIDERANDO: Que, mediante R.M. Nº 0038-89-IN/SA de 22.MAY.89, se otorgó Pensión de Orfandad Renovable a favor de doña Elizabeth Roxana SÁNCHEZ PFENNIG, por los TREINTA Y TRES (33) AÑOS, ONCE (11) MESES Y VEINTISIETE (27) DÍAS de servicios prestados al Esta- do por el causante en la Policía Nacional del Perú, hasta el 22.MAR.72, fecha en que pasó al Retiro por Límite de Edad en el Grado; Que, según Acta de Matrimonio Nº 467 expedida por la Municipalidad de Miraflores, está acreditado que doña Eli- zabeth Roxana SÁNCHEZ PFENNIG contrajo nupcias el día 11.ABR.94 con don Jorge Enrique LEO RAMÍREZ, in- curriendo en cobros indebidos de la Pensión de Orfandad desde el 11.ABR.94 hasta el 26.MAY.99, ascendente a la suma de SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CIN- CUENTA CON 77/100 NUEVOS SOLES (S/. 63,750.77), hecho corroborado por la DININCRI mediante Atestado Nº 609-IC-DIEF-06 de 20.ABR.2001; Que, mediante R.D. Nº 3659-DIPER-PNP de 10.ABR.2001 se ha Cancelado la Pensión de Orfandad Renovable otorgada a doña Elizabeth Roxana SÁNCHEZ PFENNIG mediante R.M. Nº 0038-89-IN/SA de 22.MAY.89; Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, la defensa de los intere- ses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos, dispositivo constitucional concordante con el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección de Personal de la Policía Nacional del Perú, en su Dictamen Nº 4061-2000-DIPER-DIPENS/OAL de 12.OCT.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policía Nacional del Perú; y, Lo opinado por el General PNP Director General de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relati- vos a la Policía Nacional del Perú, para que interponga las acciones legales correspondientes contra doña Elizabeth Roxana SÁNCHEZ PFENNIG, por los fundamentos ex- puestos en los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policía Nacional del Perú, los antecedentes del caso, para los fines a que se contrae el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI CAPURRO Ministro del Interior 4773 JUSTICIA Autorizan funcionamiento de Centros de Conciliación en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 092-2002-JUS Lima, 19 de marzo de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 001195, de fecha 15 de enero de 2002, de la ASOCIACIÓN SAN FRANCISCO SOLANO; CONSIDERANDO: Que la ASOCIACIÓN SAN FRANCISCO SOLANO es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada asociación civil ha solicitado auto- rización para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN SAN FRAN- CISCO SOLANO, con sede en la ciudad de Lima;