Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2002 (24/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2002

Articulo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento a que se refiere el articulo anterior, dentro del plazo senalado. Articulo 3º.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion por viaticos, costos del simulador, costos de pasajes e impuestos de salida, ascendentes a la suma de TRES MIL CIENTO CINCO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (US $ 3,105.00), seran sufragados por la empresa Transportes Aereos Nacionales de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US $ 220.00 x 1 Pers. x 4 dias Costos del simulador Costos de Pasajes US $ 550.00 x 1 Pers. Impuesto de Aeropuerto: US $ 25.00 x 1 Pers. Gasto Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru : : : : US $ US $ US $ US $ 880.00 Dolares 1,650.00 Dolares 550.00 Dolares 25.00 Dolares 3,105.00 Dolares

NOS (US $ 3,105.00), seran sufragados por la empresa Transportes Aereos Nacionales de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos: US $ 220.00 x 1 Pers. x 4 dias Costos del simulador Costos de Pasajes US $ 550.00 x 1 Pers. Impuesto de Aeropuerto: US $ 25.00 x 1 Pers. Gasto Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru : US $ : US $ : US $ : US$ : US $ 880.00 Dolares 1,650.00 Dolares 550.00 Dolares 25.00 Dolares 3,105.00 Dolares

: US $

Articulo 4º.- El citado Oficial Superior, debera cumplir con sustentar lo senalado en los Articulos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 de MORDAZA de 2001. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 5547

Articulo 4º.- El citado Oficial Superior, debera cumplir con sustentar lo senalado en los Articulos 5º y 9º del Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM de fecha 27 de MORDAZA de 2001. Articulo 5º.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 5546 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 575-DE/FAP-CP MORDAZA, 20 de marzo de 2002 Visto el Oficio IV-30-TANS-GADM-Nº 028 de fecha 15 de febrero de 2002 del Gerente General de Transportes Aereos Nacionales de Selva; referente a la propuesta de nombramiento en Comision del Servicio al extranjero del Comandante FAP MORDAZA CORBACHO MORDAZA Mariano; CONSIDERANDO: Que, el citado Oficial Superior cumple la funcion de Piloto de avion en la empresa Transportes Aereos Nacionales de MORDAZA y ha sido propuesto para ser nombrado en Comision del Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 1 al 4 de MORDAZA de 2002, para realizar el entrenamiento PROFICIENT, en el simulador de vuelo del avion B-737, en la CIA. PAN AM INTERNATIONAL FLIGHT ACADEMY, con sede en la MORDAZA de Miami, Florida; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 del 4 de enero de 2002, Decreto Supremo Nº 0482001-PCM del 27 de MORDAZA de 2001 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM del 8 de MORDAZA de 2001; y, Estando a lo opinado por el Comandante de Personal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la FAP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar, en Comision del Servicio a los Estados Unidos de MORDAZA, del 1 al 4 de MORDAZA de 2002, al Comandante FAP MORDAZA CORBACHO MORDAZA MORDAZA, para realizar el entrenamiento PROFICIENT, en el simulador de vuelo del avion B-737, en la CIA. PAN AM INTERNATIONAL FLIGHT ACADEMY, con sede en la MORDAZA de Miami, Florida. Articulo 2º.- El Comandante General de la Fuerza Aerea queda facultado para variar la fecha de inicio y termino del nombramiento a que se refiere el articulo anterior, dentro del plazo senalado. Articulo 3º.- Los gastos que irrogue la presente Resolucion por viaticos, costos del simulador, costos de pasajes e impuestos de salida, ascendentes a la suma de TRES MIL CIENTO CINCO CON 00/100 DOLARES AMERICA-

EDUCACION
Modifican resoluciones mediante las cuales se expidieron cedulas y pension de montepio
RESOLUCION SUPREMA Nº 104-2002-ED MORDAZA, 22 de marzo de 2002 Visto, el Expediente Nº 52911-2001, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 304, de fecha 23 de MORDAZA de 1953, se expidio cedula de Montepio a favor de MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Lanoire; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA de La Noire, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 304, en lo que se refiere a su primer nombre y su apellido de casada, de acuerdo con la MORDAZA de Bautismo expedida por la Parroquia San MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de la Prelatura de Caraveli, asi como conforme a su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 07271954; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA de La Noire debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 075-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;

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