Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2002 (24/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2002

Visto el Oficio Nº 189-DG-INR-2002 cursado por el Director General del Instituto Nacional de Rehabilitacion; De conformidad con lo previsto en el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Jefe de la Oficina de Economia del Instituto Nacional de Rehabilitacion, Nivel F3, a la CPC MORDAZA MORDAZA NUNEZ CAPILLO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 5579

Designan Director Adjunto de la Unidad Territorial de Salud "Eleazar MORDAZA Barron" de MORDAZA Chimbote, Direccion Regional de Salud MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 559-2002-SA/DM MORDAZA, 21 de marzo del 2002 Visto el Oficio Nº 0404-2002-CTAR-DIRES-A/DIPER, cursado por el Director General de la Direccion Regional de Salud Ancash; De conformidad con lo previsto en el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la presente Resolucion, en el cargo de Director Adjunto de la Unidad Territorial de Salud "Eleazar MORDAZA Barron" de MORDAZA Chimbote de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, Nivel F3, al doctor MORDAZA MORDAZA WONG ANGULO. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 5580

Privado de Pensiones con el Sistema Nacional de Pensiones, por lo que considera que estos cambios y modificaciones a la normativa del Sistema Privado de Pensiones va a requerir que esta Superintendencia emita normativa complementaria, la misma que necesariamente tiene que ser de conocimiento de los trabajadores afiliados o no afiliados a dicho sistema, por lo que solicita la renovacion del servicio de difusion radial con las emisoras Corporacion Gestion S.A y Radio Programas del Peru S.A.; Que, mediante Informe Tecnico Nº 008-2002-DL emitido por el Departamento de Logistica, senala que del analisis efectuado a las emisoras de radio que tienen el mayor nivel de audiencia en programas de consultas especializadas se encuentran las emisoras de radio Radio Programas del Peru y Corporacion Gestion S.A; Que, conforme a lo dispuesto en el literal h) del Articulo 19º Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las contrataciones de servicios personalisimos estan exoneradas de los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que les correspondan, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, conforme lo establece el Articulo 111º del Reglamento de la precitada MORDAZA, asi como su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM, senala que son servicios personalisimos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; considerandose dentro de esta calificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion; Por lo expuesto, en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001, las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y, contando con la opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Administradoras de Fondos de Pensiones, Asesoria Juridica, Administracion General; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de la contratacion de los servicios referidos en la parte considerativa de la presente Resolucion, y, consecuentemente autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los indicados servicios mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- El valor referencial total de los servicios mencionados, por el periodo de 6 meses, asciende a la suma de US$ 73 278,00 (Setenta y tres mil doscientos setenta y ocho y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America), que incluye todo concepto, gastos y/o tributos a que hubiere lugar; y comprende la contratacion de las siguientes empresas: - Radio Programas del Peru S.A., por US$ 46 020,00 (Cuarenta y seis mil veinte y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America). - Corporacion Gestion S.A., por US$ 27 258,00 (Veintisiete mil doscientos cincuenta y ocho y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America). Dichos pagos, segun lo senalado en el Articulo 11º del T.U.O., cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente, cuya fuente de financiamiento son recursos propios de la institucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del T.U.O. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (e) 5583

ORGANISMOS AUTONOMOS
SBS
Autorizan contratar servicios de difusion radial mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 273-2002 MORDAZA, 22 de marzo de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca y Seguros es un organismo constitucionalmente MORDAZA que tiene como finalidad defender los intereses del publico, cautelando la solidez economica y financiera de las empresas del Sistema Financiero, de Seguros y Sistema Privado de Pensiones tal como lo senala la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; Que, mediante Informe Tecnico Nº 048-2002-SAAFP emitido por la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, senala que con la dacion de la Ley Nº 27617, publicada el 1 de enero de 2002 introduce una serie de cambios en el Sistema Privado de Fondos de Pensiones con el objetivo de mejorar los beneficios para el afiliado y equiparar los beneficios del Sistema

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