Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2002 (24/03/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 219818

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de marzo de 2002

De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA Touzett Gianello, Director General de Hidrocarburos, como representante del Ministerio de Energia y Minas ante la "Comision de Estudio de la Problematica del Canon Petrolero del Departamento de Loreto", quien la presidira. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 5578

Aprueban Normas Complementarias de Implementacion del Arancel de Fiscalizacion Minera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 091-2002-EM/DGM MORDAZA, 21 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 541-2002-EM/VM se aprobo el Arancel de Fiscalizacion Minera el mismo que forma parte del Arancel General de Mineria aprobado por Resolucion Ministerial Nº 225-93-EM/VM y sus modificatorias; Que, el Arancel de Fiscalizacion Minera determina los montos que deben abonar los titulares mineros por las acciones de fiscalizacion y examenes especiales que realizan los fiscalizadores externos por disposicion de la Direccion General de Mineria; Que, de acuerdo a lo establecido en la Cuarta Disposicion Final del Arancel de Fiscalizacion Minera, las normas complementarias a dicho arancel seran dictadas por la Direccion General de Mineria; Que, es necesario dictar las normas complementarias para una correcta aplicacion del Arancel de Fiscalizacion Minera; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del Articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Normas Complementarias de Implementacion del Arancel de Fiscalizacion Minera conformada por nueve numerales y dos Anexos. Articulo 2º.- Los gastos generales correspondientes a inspecciones que se hayan realizado con anterioridad a la dacion de la presente MORDAZA seran reajustados, de ser necesario. Articulo 3º.- Los contratos referidos a inspecciones llevadas a cabo con anterioridad a la presente Resolucion, seran suscritos en via de regularizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Director General de Mineria NORMAS COMPLEMENTARIAS DE IMPLEMENTACION DEL ARANCEL DE FISCALIZACION MINERA 1. Profesionales.- El numero de profesionales que participen dependera del requerimiento expreso de la autoridad minera. 2. Dias efectivos de la accion de fiscalizacion.- Los dias de trabajo en MORDAZA y trabajo en gabinete seran determinados por la autoridad minera. 3. Dias de viaje.- Tratandose de transporte terrestre, cada ocho horas de transporte equivale a un dia de viaje. Tratandose de transporte aereo, el dia de vuelo constituye un dia de viaje, aun cuando coincida con la fecha de inicio de la inspeccion in situ. 4. Honorarios por Fiscalizacion.- Tratandose de personas naturales, comprende el monto correspondiente por los honorarios profesionales del fiscalizador externo. Tratandose de personas juridicas, comprende el monto por los servicios que brinda la empresa como fiscalizador externo. Este rubro no comprende los gastos generales, ni los costos administrativos. 5. Gastos Generales.- Comprenden los gastos que por razon de las acciones de fiscalizacion, realizan los fiscalizadores externos relacionados a uso de instrumentos, de transporte, muestreos, alimentacion y alojamiento, los que tienen caracter de reembolsables. Estos gastos deben ser acreditados con los correspondientes comprobantes de

Constituyen Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios encargada de procesar a funcionarios del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 157-2002-EM/DM MORDAZA, 22 de marzo de 2002 Visto el Informe Interno Nº 08-2002-EM/IG, emitido por la Oficina de Inspectoria General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 165º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que para el MORDAZA administrativo disciplinario de funcionarios se constituira una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, la cual estara integrada por tres (3) miembros acordes con la jerarquia del procesado; Que, asimismo, dicho articulo senala que la Comision Especial tendra las mismas facultades y observara similar procedimiento que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, de acuerdo con el Informe Nº 08-2002-EM/IG los senores: MORDAZA MORDAZA Huyhua y MORDAZA MORDAZA MORDAZA habrian incurrido en faltas disciplinarias tipificadas en el inciso d) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, en consecuencia, es necesario constituir una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios destinada a llevar adelante el MORDAZA administrativo disciplinario de los funcionarios mencionados; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 y el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Constituir la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Energia y Minas, encargada de llevar a cabo el MORDAZA administrativo disciplinario a los funcionarios: MORDAZA MORDAZA Huyhua y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la misma que estara integrada por los siguientes miembros: - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretario General, quien la presidira. - Econ. MORDAZA Eslava MORDAZA, Director Ejecutivo de Proyectos. - Econ. MORDAZA Labo Fossa, Asesor del Viceministro de Minas. - La Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Abogado III de la Oficina General de Asesoria Juridica actuara como Secretaria de la Comision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 5576

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.