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Pág. 219817 NORMAS LEGALES Lima, domingo 24 de marzo de 2002 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 5606 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 110-2002-ED Lima, 22 de marzo de 2002 Visto, el Expediente Nº 00257-2002, y demás actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1084, de fe- cha 19 de julio de 1972, se otorgó pensión de cesantía a favor de doña Joaquina Heraclides Romero Milla de Oviedo; Que, doña Joaquina Heraclides Romero Milla Vda. de Oviedo, solicita la modificación de la Resolución Suprema Nº 1084, en lo que se refiere a su estado civil de viuda, de acuerdo con la Partida de Defunción expedida por el Con- cejo Distrital de La Victoria; Que, el Artículo 24º del Código Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agrega- do al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Artículo 26º de la invocada norma legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que doña Joaquina Heraclides Romero Milla Vda. de Oviedo debe ser identifi- cada conforme a Ley; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 081-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 1084, de fecha 19 de julio de 1972, en el sentido que el nombre correcto es Joaquina Heraclides Romero Milla Vda. de Oviedo, quedando subsistentes los demás extremos con- tenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 5607 Modifican resolución suprema median- te la cual se otorgó pensión de jubila- ción a favor de persona natural RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2002-ED Lima, 22 de marzo de 2002 Visto, el Expediente Nº 01433-2002, y demás docu- mentos que se adjuntan;CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 081, del 16 de enero de 1974, se otorgó pensión de jubilación a favor de doña Nísida Angélica Villasante Torres; Que, la recurrente solicita la modificación de la citada Resolución Suprema en lo que respecta a su Estado Civil; Que, de la Partida de Matrimonio, expedida por el Con- sejo Municipal del distrito de Matahuasi, se desprende que la recurrente contrajo matrimonio con don Abelardo Oros- co Ames; Que, en el Libro de Defunciones de la Sección de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad de Concep- ción del departamento de Junín, se registró la Partida de Defunción Nº 02321, la misma que señala que el 15 de mayo de 1998, falleció don Abelardo Orosco Ames; Que, de acuerdo al Documento Nacional de Identidad - DNI Nº 20404011, se aprecia que el nombre de la recu- rrente es Nísida Angélica Villasante Vda. de Orosco; Que, el Artículo 25º del Código Civil establece, que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; asimismo, el Artículo 26º de la invocada norma legal, señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 079-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER, remitido mediante Memorándum Nº 0244-2002-ME/SG-OA- UPER; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 081, del 16 de enero de 1974, en el sentido que el nombre co- rrecto de la recurrente es Nísida Angélica Villasante Vda. de Orosco, quedando subsistentes los demás extremos contenidos en la misma. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección Regional de Educación de Junín para su conoci- miento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 5608 ENERGÍA Y MINAS Designan representante del Ministerio ante la Comisión de Estudio de la Pro- blemática del Canon Petrolero del Departamento de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2002-EM/DM Lima, 20 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 004-2002-PRES se creó la "Comisión de Estudio de la Problemática del Canon Pe- trolero del Departamento de Loreto"; la que tendrá como funciones realizar los estudios e investigaciones para de- terminar si las asignaciones del canon petrolero respon- dieron a lo dispuesto por la normatividad y si su utilización se llevó a cabo dentro del marco legal establecido; Que, el Artículo 2º del mencionado Decreto Supremo dispone que dicha Comisión estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Energía y Minas, quien la presidirá; Que, en consecuencia es necesario designar al repre- sentante del Ministerio de Energía y Minas ante la mencio- nada Comisión;