Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MAYO DEL AÑO 2002 (03/05/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 222267 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de mayo de 2002 zación tendrán como contraparte a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Fi- nanzas y el Ministerio del sector involucrado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Programa Piloto de Modernización en el Sector Presidencia del Consejo de Ministros . El Convenio de Gestión que celebre la Presidencia del Consejo de Ministros se referirá únicamente a aspectos presupuestales y tendrá como contraparte, al Ministerio de Economía y Finanzas. Mediante Resolución Ministerial se establecerán los resultados tangibles y verificables a los que se compromete la Presidencia del Consejo de Minis- tros, así como los beneficios de tipo administrativo-geren- cial, presupuestal y económico derivados de su cumpli- miento. Los Convenios que celebren los organismos públicos descentralizados del Sector Presidencia del Consejo de Ministros, se formalizarán de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4º del presente reglamento. Segunda.- Rol subsidiario de instituciones y entida- des de la Administración Pública Central . La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros podrá solicitar informes al INDECOPI, sobre el rol subsidiario de las instituciones y entidades de la Administración Pública Central, que brinden servicios contra una contraprestación específica, a cargo de los ciu- dadanos usuarios de los mismos. Para realizar dichos informes, INDECOPI deberá tomar en cuenta lo siguiente: a. Las condiciones de competencia en el mercado. b. La situación de la oferta privada en la provisión y/o prestación de los bienes y/o servicios de que se trate. c. La subsistencia de un alto interés público o mani- fiesta conveniencia nacional para el suministro de los bie- nes y/o servicios. Esta última condición solamente se veri- ficará con la existencia de una ley específica; que expre- samente autorice dichas actividades.INDECOPI deberá remitir el informe requerido, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la solicitud enviada por Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Con- sejo de Ministros. 7938 Designan integrantes del Consejo Direc- tivo del Consejo Nacional de la Competi- tividad RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2002-PCM Lima, 2 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM se creó el Consejo Nacional de la Competitividad como ins- tancia encargada de desarrollar e implementar el Plan Na- cional de Competitividad con el objeto de mejorar la capa- cidad del Perú para competir frente a sus socios comercia- les; Que, el Consejo Nacional de la Competitividad cuenta con un Consejo Directivo que constituye la máxima instan- cia deliberativa y resolutiva, cuyos integrantes son desig- nados mediante Resolución Suprema; Que, es pertinente designar a los integrantes del Consejo Directivo del Consejo Nacional de la Competiti- vidad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nºs. 006-2002-PCM y 024-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, como integrantes del Con- sejo Directivo del Consejo Nacional de la Competitividad, a los funcionarios siguientes: COLOCAR AVISO