Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2002 (03/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 9º.- Modificacion de la Asignacion Solo por razones justificadas, la Direccion de Servicio Civil de Graduandos de la Direccion Nacional de Justicia, podra modificar la asignacion del alumno en cuanto a lugar o modalidad de servicio. El alumno interesado en modificar su asignacion la solicitara ante su Universidad en el tiempo y modo establecido en el presente reglamento. El cambio de Unidad Receptora solo podra realizarse inmediatamente despues de culminado el primer semestre del Programa previa MORDAZA del informe parcial y contando con la visacion de la Unidad Receptora saliente, asi como el requerimiento expreso de la nueva Unidad Receptora. La Universidad de origen del alumno que solicite el cambio remitira la solicitud a la Direccion de Servicio Civil de Graduandos a fin que sea evaluada y de ser procedente se emitira la resolucion correspondiente.

Articulo 13º.- Funciones de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos Son funciones de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos: a) Formar el cuadro de alumnos y de unidades receptoras de secigristas, recabando la informacion de las Facultades y de las entidades correspondientes al inicio del Programa SECIGRA DERECHO a nivel nacional. b) Informar a las Facultades, asi como a las Unidades Receptoras de los requerimientos mutuos o reciprocos para elaborar sus planes de SECIGRA DERECHO. c) Elaborar en enero de cada ano, el programa SECIGRA DERECHO, poniendolo en conocimiento de las Facultades de Derecho del pais. d) Proyectar la Resolucion de Asignacion de alumnos a las Unidades Receptoras, en coordinacion con las Facultades cuidando que en cada una de ellas esten presentes alumnos de todas las Facultades. e) Recibir las denuncias sobre irregularidades cometidas por los alumnos secigristas o por los integrantes de las Unidades Receptoras respecto del servicio y remitir para su oportuno tramite a cada Universidad. f) Establecer coordinaciones del SECIGRA DERECHO con entidades nacionales o extranjeras para la captacion de fondos, concesion de becas, obtencion de asistencia tecnica, capacitacion, ampliacion y demas acciones analogas. g) Ejercer la representacion del SECIGRA DERECHO. h) Las demas que senala la Ley o el Reglamento.

CAPITULO III De la organizacion
Articulo 10º.- Oficina Responsable En cada Facultad de Derecho del MORDAZA donde se ejecuta el SECIGRA DERECHO se constituira una Oficina responsable del SECIGRA DERECHO. Articulo 11º.- Funciones de la Oficina Responsable Son funciones de la Oficina Responsable a que se refiere el articulo anterior: a) Inscribir a los alumnos que se matriculan en el Programa SECIGRA DERECHO. b) Proponer Unidades Receptoras ante el Ministerio de Justicia. c) Promover el Servicio Civil de Graduandos en las Unidades Receptoras. d) Remitir la proyeccion de alumnos que prestaran el SECIGRA DERECHO a la Direccion de Servicio Civil de Graduandos del Ministerio de Justicia. e) Preparar Programas de capacitacion previa para los estudiantes secigristas, conforme a las necesidades de las unidades receptoras. f) Recibir la informacion sobre la actuacion del secigrista; promoviendo, de ser el caso, el MORDAZA administrativo de responsabilidades de acuerdo a los estatutos y normas internas de cada Universidad. g) Establecer un sistema de supervision permanente del estudiante, en coordinacion con la Unidad Receptora, llevando el registro que corresponda. h) Las demas que senale el presente Reglamento. Articulo 12º.- Supervisores La Oficina Responsable de cada Facultad contara por lo menos con un supervisor por cada treinta alumnos. Cada supervisor es el encargado de realizar el seguimiento de la actuacion del grupo de estudiantes a su cargo; asi mismo es la persona que realizara las visitas de inspeccion a los secigristas en sus Unidades Receptoras, les prestara el apoyo que requieran y corregira adecuadamente al estudiante. De igual manera es el responsable de reportar a la Oficina de SECIGRA DERECHO de su Facultad las faltas que cometieran sus alumnos en el desempeno de sus labores como secigristas. Los supervisores presentaran informes bimensuales ante la Oficina de SECIGRA DERECHO de su Facultad, dando cuenta de los beneficios, asi como de las dificultades y problemas del Servicio Civil en cada Unidad Receptora. Dichos informes deberan ser remitidos a la Direccion de Servicio Civil de Graduandos de la Direccion Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia. La supervision del cumplimiento del Servicio Civil de Graduandos en provincias estara a cargo de los docentes ordinarios de cada Facultad de Derecho, sin perjuicio de la intervencion de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO de la Direccion Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia. En caso de existir irregularidades, los supervisores procederan a comunicar a la Facultad de Derecho de la Universidad de procedencia del secigrista para que MORDAZA las medidas pertinentes de conformidad con los estatutos de cada Universidad. Es de responsabilidad de los Supervisores verificar que las labores desarrolladas por los secigristas en cada unidad receptora sea exclusivamente de caracter juridico.

CAPITULO IV De las Unidades Receptoras de Secigristas
Articulo 14º.- Secigra Derecho en Dependencias Publicas El Servicio Civil de Graduandos se presta en las dependencias, entidades o instituciones de caracter publico, en las que se realicen actividades juridicas. Se consideran de caracter publico, las entidades que la ley senala y se comprenden tambien en esa denominacion, solo para los efectos del SECIGRA DERECHO, los consultorios juridicos gratuitos y organismos similares, dependientes de las Facultades de Derecho de las Universidades, de Parroquias o instituciones de promocion y apoyo social cualquiera que sea su denominacion. Las Unidades Receptoras determinaran el cuadro de vacantes que ofrecen teniendo en cuenta su presupuesto anual respetando los criterios de asignacion a cargo de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos. Las Unidades Receptoras controlaran la asistencia de sus secigristas. Deberan remitir mensualmente bajo responsabilidad a la Direccion de Servicio Civil de Graduandos en las fechas previstas para tal fin los partes de asistencia, y de ser el caso, un reporte sobre la conducta y particularidades de los secigristas a su cargo. Articulo 15º.- Actividades Juridicas Los secigristas deben desarrollar unicamente actividades juridicas, es decir, las que tengan por objeto la creacion, aplicacion, interpretacion, divulgacion y difusion del Derecho y de la ley, la capacitacion y formacion juridica, el estudio de titulos, documentos, contratos y demas; la orientacion al ciudadano respecto de problemas juridicos MORDAZA civiles, penales, administrativos o de otra especialidad; la ejecucion de resoluciones judiciales o administrativas y otras similares. Articulo 16º.- Cuadro de Subunidades Cada Unidad Receptora de secigristas elaborara un cuadro que contenga las subunidades receptoras en que puede dividirse y las actividades de indole juridico que realiza, senalando con precision su naturaleza y lo remitira a la Direccion de Servicio Civil de Graduandos del Ministerio de Justicia, durante el mes de diciembre previo al inicio del Programa, indicando los requerimientos, preparacion y experiencia a exigirse al estudiante inscrito o asignado.

CAPITULO V De los alumnos que prestaran el Servicio Civil de Graduandos en Derecho
Articulo 17º.- Servicio a cargo de estudiantes del ultimo ano El Servicio Civil de Graduandos en Derecho SECIGRA DERECHO, pueden realizarlo los estudiantes de Derecho

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