Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2002 (03/05/2002)


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CAPITULO III De la Organizacion CAPITULO IV

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de MORDAZA de 2002 CAPITULO II

Del Programa SECIGRA DERECHO
Articulo 4º.- Programa SECIGRA DERECHO El Servicio Civil de Graduandos se presta mediante Programas denominados "Programa SECIGRA DERECHO" con indicacion del ano calendario que corresponda. Articulo 5º.- Direccion de Servicio Civil de Graduandos La Direccion de Servicio Civil de Graduandos de la Direccion Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia tiene a su cargo la organizacion y coordinacion del SECIGRA DERECHO, elaborando el Programa SECIGRA DERECHO, creando y manteniendo el registro de Estudiantes y el Registro de Unidades Receptoras de secigristas a nivel nacional. La Direccion a traves del Programa SECIGRA DERECHO organiza y ejecuta el mismo, realizando las coordinaciones pertinentes con las Universidades a nivel nacional y las Unidades Receptoras. Articulo 6º.- Asignacion de alumnos La asignacion de alumnos a las unidades receptoras esta a cargo de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos de la Direccion Nacional de Justicia y se realiza previa seleccion observandose lo siguiente: a.- Las unidades receptoras previamente inscribiran las plazas ofrecidas ante el Ministerio de Justicia, a mas tardar el 30 de noviembre del ano anterior al que se prestara el servicio. b.- Las plazas asignadas deberan contar con el presupuesto correspondiente, de acuerdo a los montos minimos senalados por el Ministerio de Justicia. c.- La calificacion de los postulantes debe sustentarse en el promedio ponderado correspondiente al ultimo periodo academico que las Facultades informen. Es tarea de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos efectuar dicha calificacion. En ningun caso se haran exigencias adicionales para cargos y funciones ordinarios de la Unidad Receptora, que esten previstos en el Cuadro de Asignacion de Personal. d.- Se tomara en cuenta la eleccion que haga el propio alumno al momento de inscribirse en el Programa. Articulo 7º.- Fichas de Inscripcion Durante los primeros quince dias del mes de diciembre de cada ano cada Facultad de Derecho, remitira a la Direccion de Servicio Civil de Graduandos de la Direccion Nacional de Justicia las fichas de inscripcion de los alumnos que prestaran el Servicio Civil de Graduandos en el Programa SECIGRA DERECHO respectivo. La ficha de inscripcion debe estar suscrita por el Jefe de la Oficina de SECIGRA DERECHO de la Facultad de origen y contendra: a) Los datos de identificacion del alumno (nombres, apellidos, edad, estado civil, documento de identidad y otros). b) La propuesta que el estudiante formula de la unidad receptora en donde desea realizar su SECIGRA DERECHO. c) La modalidad del servicio que desee cumplir y, d) Promedio ponderado del alumno debidamente acreditado. Articulo 8º.- Resolucion de Asignacion de secigristas Una vez que la Universidad remita las fichas de inscripcion como plazo MORDAZA hasta el 15 de diciembre de cada ano, la Direccion de Servicio Civil de Graduandos del Ministerio de Justicia formara el grupo de secigristas para cada Unidad Receptora, segun las plazas ofrecidas y cubiertas en los procesos de seleccion, expidiendo la resolucion correspondiente de asignacion, dicha resolucion la pondra en conocimiento de las Facultades de Derecho del MORDAZA, las que deberan presentar a sus alumnos como secigristas ante las unidades receptoras. La Resolucion Administrativa de asignacion contendra: a) La relacion de alumnos asignados a la Unidad Receptora. b) La modalidad de ejecucion del servicio. c) La fecha de inicio y terminacion del servicio; y d) El sistema de control y supervision con indicacion de los nombres de los responsables de parte de la universidad y de la Unidad Receptora.

De las Unidades Receptoras de secigristas CAPITULO V De los alumnos que prestaran el Servicio Civil de Graduandos en Derecho CAPITULO VI De las modalidades del SECIGRA DERECHO CAPITULO VII Del Estipendio CAPITULO VIII De los traslados CAPITULO IX De las obligaciones y responsabilidades CAPITULO X Premios CAPITULO XI Retiro del Programa SECIGRA DERECHO DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

REGLAMENTO DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL DE GRADUANDOS EN DERECHO CAPITULO I De la Naturaleza del Servicio Civil de Graduandos en Derecho
Articulo 1º.-Servicio Civil de Graduandos El Servicio Civil de Graduandos en Derecho es el aporte organizado, sistematico y supervisado del estudiante de Derecho a la comunidad. Tiene caracter facultativo y podra ser prestado por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las Universidades del MORDAZA, a partir del ultimo ano de estudios profesionales. Aquellos alumnos que no opten por hacer el SECIGRA DERECHO en su oportunidad, podran hacerlo en cualquiera de los Programas SECIGRA DERECHO posteriores; pero sin derecho a percibir estipendio. El SECIGRA DERECHO brinda al estudiante de Derecho, la oportunidad de conocer del quehacer en la administracion publica asi como de consolidar su perfil profesional asistiendo y realizando practicas propias de estudiantes de Derecho en instituciones que reunan las caracteristicas adecuadas para su completo y real desarrollo profesional. Articulo 2º.- Responsable de unidades receptoras Cada ano las Unidades Receptoras elaboraran al momento de su inscripcion en el Programa SECIGRA DERECHO un plan de practicas en Derecho para su inclusion en el Programa SECIGRA DERECHO, dicho documento contendra la relacion de las acciones y estudios conforme al articulo precedente. Este plan de practicas en Derecho sera objeto de supervision por la Direccion de Servicio Civil de Graduandos de la Direccion Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia. Articulo 3º.- Determinacion de vacantes Cada Unidad Receptora determinara el numero de vacantes de secigristas que ofrece y se MORDAZA cargo del estipendio correspondiente, siempre bajo la supervision de la Direccion de Servicio Civil de Graduandos del Ministerio de Justicia.

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